Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2000 (12/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, miercoles 12 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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mediante la presente directiva, en la forma senalada a continuacion: a) El recurso de reconsideracion se presenta ante la Comision de Reestructuracion, sustentado en nueva prueba instrumental. b) El recurso de apelacion se presenta ante la Comision de Reestructuracion quien elevara los actuados al Tribunal. TITULO VII QUEJAS E INCUMPLIMIENTOS FUNCIONALES Articulo 25º.- QUEJAS E INCUMPLIMIENTOS FUNCIONALES.- Las quejas interpuestas al MORDAZA de lo establecido en el Texto Unico de la Ley General de Procedimientos Administrativos, seran resueltas por la Comision Ad Hoc de acuerdo a lo previsto en dicha MORDAZA y a la Directiva Nº 001-1999/TRI-INDECOPI. Las denuncias interpuestas por el incumplimiento de las normas relativas a las responsabilidades administrativas previstas en el Decreto Legislativo Nº 807 y en el Texto Unico de la Ley General de Procedimientos Administrativos, seran tramitadas por el Organo de Control Interno del Indecopi, siendo de aplicacion lo dispuesto en la Directiva Nº 001-1999/TRI-INDECOPI. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- APLICACION DE LAS DISPOSICIONES DE LA PRESENTE DIRECTIVA.- La presente directiva se aplicara a los procesos en tramite bajo el Decreto de Urgencia Nº 064-99, en la etapa que se encuentren. Segunda.- CELEBRACION DE LOS CONVENIOS DE NOMBRAMIENTO DE FEDATARIOS.- De conformidad con lo dispuesto en la Resolucion de la Presidencia del Directorio de Indecopi Nº 029-2000-INDECOPI/DIR publicada el 1 de junio del 2000, a partir de la vigencia de la presente directiva, la Comision de Reestructuracion Patrimonial es el organo competente para nombrar Fedatarios, resolver los convenios de nombramiento, asi como para fiscalizar y sancionar la actuacion de los mismos. Esta disposicion es aplicable tambien a los convenios de nombramiento de Fedatarios celebrados a la fecha.

Tercera.- VIGENCIA DE DIRECTIVAS ANTERIORES.- De conformidad con lo dispuesto en la SE RESUELVE: Resolucion de la Presidencia del Directorio de Indecopi Nº 029-2000-INDECOPI/DIR publicada el 1 de junio del Primero.- Aceptar la renuncia al cargo de Fedatario 2000, las facultades previstas a favor del Indecopi o su presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Revilla. Directorio, en las Directiva Nº 002-1999-INDECOPIDIR y Directiva Nº 003-1999/TRI-INDECOPI, se entenSegundo.- Resolver el convenio celebrado por el deran referidas a la Comision de Reestructuracion. Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual con el senor MORDAZA 7920 MORDAZA MORDAZA MORDAZA a efectos de desempenar el cargo de Fedatario. Tercero.- Disponer la cancelacion de la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Registro de Fedatarios. Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Comision de Reestructuracion Patrimonial Con la intervencion de los senores miembros MORDAZA MORDAZA Avendano MORDAZA, MORDAZA Ferreyros RESOLUCION Nº 1371-2000/CRP-INDECOPI Pena, MORDAZA MORDAZA Cortes Carcelen y MORDAZA Pancorvo Corcuera. SOLICITANTE : MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

crear las condiciones necesarias para el desarrollo de programas de saneamiento y fortalecimiento patrimonial en las empresas, a traves de un procedimiento denominado Procedimiento Transitorio; Que, el referido Decreto establece que el Procedimiento Transitorio se desarrollara ante cualquier Fedatario domiciliado en la provincia en la que el solicitante tenga su sede social, pudiendo ser estos, Notarios Publicos, entidades publicas o privadas o personas naturales registradas en el INDECOPI, previa suscripcion del convenio correspondiente; Que, en atencion a la MORDAZA MORDAZA citada, por Resolucion Nº 005-2000-INDECOPI-DIR de fecha 31 de enero del 2000, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 3 de febrero del mismo ano, se nombro como Fedatario al senor Alarcon; Que, el citado Decreto de Urgencia Nº 064-99 faculta al INDECOPI a normar, via directivas, aspectos relacionados al nombramiento, registro, requisitos, cancelacion y demas asuntos concernientes a los Fedatarios; Que, con la finalidad de facilitar la labor de fiscalizacion asignada a la Comision de Reestructuracion Patrimonial del INDECOPI por el Articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 064-99, asi como para que dicha Comision integre sistematicamente las normas sobre nombramiento, registro, requisitos, cancelacion y demas aspectos administrativos relacionados con los Fedatarios, el Directorio del INDECOPI ha expedido la Resolucion Nº 029-2000-INDECOPI/DIR de fecha 30 de MORDAZA del 2000 mediante la cual se resuelve delegar en la Comision de Reestructuracion Patrimonial del INDECOPI la facultad de dictar directivas por las que se regule las materias mencionadas precedentemente; Que, con fecha 27 de junio del 2000, la Comision de Reestructuracion Patrimonial del INDECOPI aprobo la Directiva Nº 001-2000/CRP-INDECOPI, la misma que regula en el inciso b) del Articulo 14º la posibilidad de resolver el Convenio celebrado por el INDECOPI con los respectivos Fedatarios, como consecuencia de la renuncia al cargo presentada por uno de ellos, la misma que, segun senala la mencionada MORDAZA, produce efectos desde que esta es aceptada por la Comision; Que, mediante Memorandum Nº 0099-2000/PRE de fecha 31 de MORDAZA del 2000, la Presidencia del INDECOPI dispuso se remita a la Comision de Reestructuracion Patrimonial MORDAZA de la renuncia presentada por el senor MORDAZA, con la finalidad de que sea dicho organo el que resuelva la renuncia planteada;

Disponen cancelacion de inscripcion de diversos fedatarios

MATERIA

(SENOR ALARCON) : RENUNCIA AL CARGO DE FEDATARIO

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 7921 Comision de Reestructuracion Patrimonial RESOLUCION Nº 1372-2000/CRP-INDECOPI
SOLICITANTE : MORDAZA MORDAZA MORDAZA TIJERO (SENOR FLORES) MATERIA : RENUNCIA AL CARGO DE FEDATARIO

MORDAZA, 27 de junio del 2000 VISTO: El escrito presentado el 11 de MORDAZA del 2000, por el cual el senor MORDAZA comunica su decision de renunciar al cargo de Fedatario; CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 064-99 se han establecido normas transitorias de excepcion destinadas a

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