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Pág. 190152 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de julio de 2000 regula el traslado de un Fedatario a una Comisión Ad Hoc distinta a la que está adscrito; Que, en atención a la solicitud formulada por el señor Dannon y a lo señalado por la Comisión Ad Hoc de la Cámara de Comercio de Lima; SE RESUELVE: Primero.- Declarar procedente el cambio del Feda- tario señor Luis Dannon Brender de la Comisión Ad Hoc de la Cámara de Comercio de Lima a otra Comisión Ad Hoc. Segundo.- Adscribir al Fedatario señor Luis Dannon Brender a la Comisión Ad Hoc del Colegio de Contadores Públicos de Lima. Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Con la intervención de los señores miembros Juan Luis Avendaño Valdez, Manuel Ferreyros Peña, Juan Carlos Cortés Carcelén y Jorge Pan- corvo Corcuera. JUAN LUIS AVENDAÑO VALDEZ Presidente 7925 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban modificación de plano de zonificación de usos de suelo de Lima Metropolitana a mediano plazo, corres- pondiente al distrito de San Miguel ORDENANZA Nº 267 Lima, 13 de abril de 2000 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA En Sesión Extraordinaria de fecha 13 de abril de 2000; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los Artícu- los 65º inciso 2), 70º inciso 1) y 134º inciso 2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, corresponde a las Municipalidades Provinciales a través de sus Conce- jos Municipales, aprobar los planes urbanos, que en el caso de la provincia de Lima se denomina Plan de Desarrollo Metropolitano; Que, en cumplimiento del procedimiento establecido en el Art. 13º de la Ordenanza Nº 134 del 19 de diciembre de 1997, la Municipalidad Distrital de San Miguel y el Instituto Metropolitano de Planificación han emitido los Informes técnicos respecto al cambio de zonificación solicitado; Que, la Comisión de Desarrollo Urbano mediante Dictamen Nº 021-2000 de fecha 16 de marzo del 2000, ha emitido opinión favorable al cambio de zonificación seña- lado en el considerando anterior, y en la medida que en el inmueble se ha construido un edificio de 8 pisos de altura recomienda la aplicación de las sanciones admi- nistrativas de multa, correspondientes; De conformidad con lo establecido en el Artículo 134º incisos 2º y 4º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, los Artículos 18º, 24º, 26º y 30º del Reglamento deAcondicionamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-85-VC y la Ordenanza Nº 134 del 19 de diciembre de 1997; Aprobó la siguiente: ORDENANZA DE MODIFICACION DEL PLANO DE ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE SAN MIGUEL Artículo Unico.- Aprobar la modificación del Plano de Zonificación de los usos del Suelo de Lima Metropoli- tana a Mediano Plazo, correspondiente al distrito de San Miguel, a solicitud y mediante el documento que se especifica, en los siguientes términos: Nº Expediente Solicitante Cambio Opinión 04669-99/ Instituto Cultural Peruano R3 a CE PROCEDE Oficio Nº 100-99- Norteamericano Se recomienda MDSM/DIDU la aplicación de la sanción -multa- que corresponda POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 7869 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Crean Programa de Viviendas Produc- tivas ORDENANZA Nº 30 Jesús María, 23 de junio del 2000 LA ALCALDESA DE JESUS MARIA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de Jesús María, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, es rol fundamental de las municipalidades ser el promotor del desarrollo local y, por tanto, fomentar el incremento de las oportunidades económicas a través de incentivar el desarrollo empresarial, específicamente la generación de empleo, la construcción de la infraestruc- tura y equipamiento, gestión de servicios locales y pro- moción de capacidades humanas; Que, es función de los gobiernos locales promover y estimar la creación de fuentes de trabajo, así como incentivar el ahorro personal y familiar en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 67º, numerales 13) y 14) de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, es objetivo de esta Municipalidad elevar el nivel de la calidad de vida de los vecinos del distrito de Jesús María, fomentando la formación de vivien- das productivas, es decir, que la tradicional vivienda se convierta en un núcleo productivo, generando así ingresos económicos a las familias a través de la producción y comercialización de productos o la pres- tación de servicios; De conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 36º y 109º de la Ley Orgánica de Munici- palidades - Ley Nº 23853 y con la votación UNANIME del Concejo se expide la siguiente: