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Pág. 187747 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de junio de 2000 II, Director de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la entonces Dirección Subregional Agraria Pasco, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al Abog. Nery Yover Pereda Rubio en la plaza de Director Sistema Administrativo II, Director de la Oficina de Asesoría Jurí- dica, de la Dirección Regional Agraria Pasco. Artículo 3º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, será aplicado a las asignaciones genéricas y específicas del Pliego respectivo del Presu- puesto del Sector Público para el año 2000. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 6551 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban inafectación de derechos arancelarios y del IGV a importación realizada por universidad RESOLUCION SUPREMA Nº 163-2000-EF Lima, 7 de junio del 2000 Visto, el Expediente Nº 06074-2000 presentado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, sobre Inafecta- ción de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas por la importación de bienes que se encuen- tran en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; CONSIDERANDO: Que, los Artículos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882, "Ley de Promoción de la Inversión en la Educación", establecen que la transferencia o importación de bienes y la prestación de servicios que efectúen las instituciones educativas públicas o particulares para sus fines propios están inafectas de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modi- ficado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobó la relación de bienes y servicios inafectos al pago de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ven- tas aplicables a las instituciones educativas públicas o particulares, estableciéndose, asimismo, el procedimiento para la aplicación del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modifi- cado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo 1º.- APRUEBASE la Inafectación de los De- rechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas, a la importación realizada por la Pontificia Universidad Católica del Perú según consta en el Expediente Nº 06074- 2000, por un valor total de US$ 4 099,60 (Cuatro Mil Noventa y Nueve y 60/100 Dólares Americanos) de los siguientes bienes que se encuentran incluidos en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF: Cantidad Partida Arancelaria Descripción Arancelaria 02 9016.00.12.00 Balanzas electrónicas sensibles a un peso inferior o igual a 5 CG, incluso con pesas. Artículo 2º.- La inafectación a que se refiere el artículo anterior procederá siempre que la importación de los bienes se ajusten a la cantidad, valor y demás características declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Pontificia Universidad Católica del Perú según Expediente Nº 06074-2000, y que dichos bienes sean destinados al cumplimiento de los fines propios de la referida institución educativa. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalización que correspondan efectuar según el caso, al Ministerio de Educación, así como a la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, in- cluyendo la verificación de la clasificación arancelaria de los bienes cuya inafectación se solicita. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 6552 Cronograma de pago de pensiones y remuneraciones en la Administración Pública, correspondiente al mes de junio del ejercicio fiscal 2000 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 016-2000-EF/77 Lima, 7 de junio del 2000 COMUNICADOCOMUNICADO Nº 001-2000-CONAM/PCDNº 001-2000-CONAM/PCD