Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2000 (08/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de junio de 2000

Que es necesario garantizar la distribucion de los recursos del Tesoro Publico, por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Obligaciones Previsionales (Pensiones) mediante un riguroso Cronograma de Pagos, formulado sobre la base de los ingresos efectivos a la MORDAZA Fiscal; De acuerdo a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 325-92-EF/11; SE RESUELVE: Articulo 1º.- El pago de Obligaciones Previsionales (Pensiones) y de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) en la Administracion Publica en lo correspondiente al mes de JUNIO - 2000 se sujetara al siguiente Cronograma: OBLIGACIONES PREVISIONALES (PENSIONES): 12 DE JUNIO Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la Republica Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economia y Finanzas Ministerio de Energia y Minas Universidades Poder Judicial Ministerio de Justicia Ministerio Publico Ministerio de la Presidencia Consejo Nacional de la Magistratura Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil Salud de los Consejos Transitorios de Administracion Regional 13 DE JUNIO Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano Ministerio de Pesqueria Corporacion de Desarrollo de MORDAZA y Callao Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion Ministerio de Agricultura Ministerio de Salud Ministerio de Industria,Turismo,Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales Ministerio de Trabajo y Promocion Social Consejos Transitorios de Administracion Regional, excepto unidades ejecutoras de Educacion y Salud. 14 DE JUNIO Educacion: USES 01, 02, y 03 Educacion de los Consejos Transitorios de Administracion Regional 15 DE JUNIO Ministerio de Educacion, excepto USES 01, 02 y 03 Ministerio del Interior PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES (Remuneraciones): 19 DE JUNIO Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la Republica Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economia y Finanzas Contraloria General Ministerio de Energia y Minas Universidades Poder Judicial Ministerio de Justicia Ministerio Publico Consejo Nacional de la Magistratura Tribunal Constitucional MORDAZA Nacional de Elecciones Oficina Nacional de Procesos Electorales Defensoria del Pueblo Ministerio de la Presidencia Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil Ministerio de Agricultura 20 DE JUNIO Educacion de los Consejos Transitorios de Administracion Regional Ministerio de Educacion: USES 01,02 y 03

21 DE JUNIO Ministerio de Educacion, excepto USES 01, 02 y 03 Transportes de los Consejos Transitorios de Administracion Regional Agricultura de los Consejos Transitorios de Administracion Regional Salud de los Consejos Transitorios de Administracion Regional 22 DE JUNIO Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion Ministerio de Trabajo y Promocion Social Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales Ministerio de Pesqueria Corporacion de Desarrollo de MORDAZA y Callao Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano Consejos Transitorios de Administracion Regional, excepto Unidades Ejecutoras de Educacion, Transportes, Agricultura y Salud Ministerio de Salud 23 DE JUNIO Ministerio del Interior Articulo 2º.- La Direccion General del Tesoro Publico emitira las Autorizaciones de Pago con anticipacion de un dia habil a la fecha indicada en el Articulo 1º; en los casos de Unidades Ejecutoras que esten aplicando lo dispuesto en el Articulo 17º del D.S.Nº 347-90-EF les otorgara dichas Autorizaciones con anticipacion de dos dias habiles al programado; para el efecto las unidades ejecutoras requeriran sus habilitaciones con la antelacion necesaria. Articulo 3º.- La entrega de Cartas-Ordenes y/o cheques de los mencionados conceptos se efectuara hasta por los montos limites de las correspondientes Autorizaciones de Pago, bajo responsabilidad del Director General de Administracion o quien haga sus veces. El diskette que detalla los montos a ser abonados en las cuentas de ahorro de los trabajadores debera ser exactamente igual al monto considerado en la Carta Orden o Cheque y deberan ser presentados al Banco con dos dias de anticipacion. Articulo 4º.- Lo dispuesto en los Articulos 2º y 3º precedentes, no es de aplicacion por las dependencias a que se refiere la Duodecima Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27212, las mismas que en tal sentido se rigen por las normas que emite la Oficina de Normalizacion Previsional-ONP. Registrese y comuniquese. MORDAZA JALILIE AWAPARA Viceministro de Hacienda 6525

EDUCACION
FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 061-2000-ED Mediante Oficio Nº 193-2000-SCM-PR se solicita la publicacion de Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 061-2000-ED, publicada en nuestra edicion del dia 25 de MORDAZA de 2000, en la pagina 186973. DICE: "Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolucion, al senor MORDAZA IZAGA MORDAZA, como Vicepresidente del Instituto Peruano del Deporte - IPD, cargo considerado de confianza." DEBE DECIR: "Articulo Unico.- Designar a partir de la fecha de la presente Resolucion, al senor MORDAZA Yzaga MORDAZA, como Vicepresidente del Instituto Peruano del Deporte - IPD, cargo considerado de confianza." 6562

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