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Pág. 188433 NORMAS LEGALES Lima, domingo 25 de junio de 2000 Además:En caso de transferencia de Autorización de Incremento de 9. Copia simple del Documento que acredita la transferencia de AutorizaciónFlota (Art. 50° del Reglamento de la Ley General de Pesca) de Incremento de flota. 4Permiso de pesca de embarcaciones 1. Solicitud dirigida al Director Nacional de Extracción o al Director X 30Of. Adm. Doc. DNE o Dirección Regionalartesanales marítimas y de menor Regional de Pesquería . del MIPE o Dirección DNEescala en el ámbito continental 2. Copia simple de Certificado de Matrícula vigente. Dirección Regional de DVM 3. Características técnicas de la embarcación de acuerdo a Formato Regional de Pesquería 1 ó 2 según corresponda, con carácter de Declaración Jurada. Pesquería. Además, para el ámbito marítimo: 4. Ser calificado como armador artesanal por la Dirección Nacional de Pesca Artesanal del MIPE o por la Dirección Regional de Pesquería correspondiente. 5Ampliación de Permiso de Pesca de 1. Solicitud dirigida al Director Nacional de Extracción. (Hacer referen- X30Of. Adm. Doc. DNE DNEembarcaciones pesqueras de mayor cia a la Resolución Autoritativa de Permiso de Pesca). del MIPE DVMescala de bandera nacional del ámbito 2. Personas Naturales: Copia simple del documento de identidad.marítimo Personas Jurídicas : Copia simple de la Escritura de Constitución Social inscrita en el registro correspondiente. 3. Copia simple del Certificado de Anotación Preventiva de Dominio o Certi- ficado Compendioso de Dominio, con vigencia de 30 días calendario. 4. Copia simple del Certificado de Matrícula vigente. 5. Pago de derechos por explotación de recursos hidrobiológicos, de acuerdo a lo establecido para cada pesquería. (1) 6. Certificado de Inspección de Condición (CIC) que demuestre la operatividad de la embarcación, emitido por una Sociedad de Clasificación reconocida por el IACS, cuya fecha de emisión no exceda el período de un (01) año de la fecha de inicio del trámite o Constancia de pago por servicios de Inspección Técnica de la Dirección Nacional de Extracción (5) 0.05 UIT 7. Constancia del pago por derechos de trámite 0.50 UIT 8. Constancia de pago por publicación de Resolución (1ra. Instancia o por cada recurso impugnativo que se interponga). 0.25 UIT TOTAL0.80 UIT (ConInspección DNE)0.75 UIT (ConCIC)Además:Para acceder a Recursos Hidrobiológicos plenamen-te explotados: A. Por sustitución de embarcación operativa 9. Copia simple del Certificado Compendioso de Dominio con vigencia de (Incluida en listados de embarcaciones 30 días calendario, de cada embarcación a sustituir. sujetas a ser materia de sustitución). 10. Certificado de Inspección de Condición que demuestre la operati- vidad de la embarcación, emitido por una Sociedad de Clasifica- ción reconocida por el IACS, cuya fecha de emisión no exceda el período de un (01) año de la fecha de inicio del trámite. B. Por sustitución de embarcación siniestra- 9. Copia simple del Certificado Compendioso de Dominio con vigencia de da con pérdida total. 30 días calendario, de cada embarcación a sustituir. (Incluida en listados de embarcaciones 10. Copia simple de la resolución de Capitanía de Puerto que declara el siniestro. sujetas a ser materia de sustitución). (La fecha de ocurrencia del siniestro no debe ser mayor a 01año de la fecha de inicio de trámite).11. Copia simple del Certificado de Matrícula Cancelado por siniestro con pérdida total que incluya el número de la Resolución de Capitanía. 6Cambio del titular del permiso de pesca 1. Solicitud dirigida al Director Nacional de Extracción. X 15Of. Adm. Doc. DNE DNEde embarcación de bandera nacional 2. Personas Naturales: Copia simple del documento de identidad. del MIPE DVMde mayor escala, del ámbito marítimo. Personas Jurídicas : Copia simple de la Escritura de Constitución Social inscrita en el registro correspondiente. 3. Copia simple del Certificado de Anotación Preventiva de Dominio o Certificado Compendioso de Dominio, con vigencia de 30 días calendario. 4. Copia simple del Contrato de Arrendamiento Financiero, de ser el caso. 5. Constancia del pago por derechos de trámite. 0.20 UIT 6. Constancia de pago por publicación de Resolución (1ra. instancia 0.25 UIT TOTAL o por cada recurso impugnativo que se interponga). 0.45 UITDENOMINACION PAGO CALIFICACION PLAZODEPENDENCIAAUTORIDADAUTORIDAD QUE N° DEL REQUISITOS DERECHOS EVALUACIONENINICIAQUE APRUEBARESUELVE RECUR. PROCEDIMIENTO TRAMITEAUT.POS.NEG.DIASTRAMITE TRAMITE IMPUGNATIVOS