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Pág. 188429 NORMAS LEGALES Lima, domingo 25 de junio de 2000 afectando su sostenibilidad en el tiempo, esto puede ser una de las razones para ciertas exigencias mayores en ciertos procedimientos, como se verá más adelante. • Promoción de la pesca artesanal como medio de subsistencia de determinados ámbitos de la población. Así, si bien se necesita cierto nivel de control, son los pequeños pescadores artesanales los que más se pueden ver afectados con requisitos exagerados, por lo que deben usarse trámites simples que contribuyan a su formaliza- ción. Finalmente las grandes empresas pueden solven- tar tramites costosos en tiempo y dinero. Pero el pequeño pescador podría no tener la misma suerte. • Promoción de la actividad pesquera y de acuicultu- ra, para lo cual la simplificación contribuye a crear un régimen más predecible, ordenado y claro para el desa- rrollo de estas actividades. Estos criterios que definen la política pesquera resul- tan de suma importancia en la creación de normas y, sobre todo, en la reglamentación de los procedimientos que se desarrollan, para buscar la solución más adecuada que abarque y beneficie no sólo a los sujetos de la actividad pesquera, industriales, de menor escala y artesanales, sino también el desarrollo del objeto mismo de la activi- dad, la pesca y la acuicultura, lo que finalmente beneficia a los consumidores y a las exportaciones peruanas. Otro elemento que se ha tomado especialmente en cuenta es la protección del medio ambiente. Sólo tenemos un mar y nuestros recursos, una vez destruidos, pueden ser difíciles o imposibles de recuperar o renovar. Cuidar el medio ambiente ha sido por tanto una de las razones que ha justificado algunas de las exigencias que se han coloca- do en el TUPA en algunos procedimientos, en especial los relacionados con actividades que puedan tener impactos importantes en nuestros recursos naturales. En ese sentido la diferencia del TUPA de este año, en relación al de años anteriores, radica en haber profundi- zado aún más los esfuerzos de simplificación pero sin descuidar la tutela de nuestros recursos pesqueros y naturales, dándole una mayor transparencia y apertura a la discusión. Así, el TUPA como herramienta jurídico-administra- tiva persigue reducir los costos para el desarrollo de la actividad pesquera, en particular los llamados costos de transacción o costos de funcionamiento del mercado pesquero, pero protegiendo ciertos bienes esenciales, constituidos por los recursos pesqueros y naturales invo- lucrados y que son de todos los peruanos. V. Criterios utilizados A continuación se señalan algunos criterios referidos a la actividad pesquera que han influido en la elabora- ción del TUPA y que se desprende, principalmente, de los Lineamientos de Política Pesquera. a) Protección de los Recursos Pesqueros. Uno de los principales problemas de toda política pesquera viene a ser el mantenimiento del ecosistema marino, y en particular, de la biomasa. Sin embargo como todo recurso natural que genera beneficios econó- micos es importante conciliar o encontrar el punto de equilibrio entre la importancia de generar beneficios económicos y el mantenimiento del recurso. Por ello, tanto el Artículo 1º y el 11º de la Ley General de Pesca Decreto Ley 25977 cuidan en establecer lo que se deno- mina el Principio de Pesca Responsable. La presión del esfuerzo pesquero que se puede ejercer sobre la biomasa puede generar graves perjuicios sobre el recurso para generaciones futuras. Por ello se ha prestado especial cuidado sobre el otorgamiento de los permisos de pesca para la operación de embarcaciones pesqueras, mante- niéndose un silencio negativo a 30 días, ante la dificultad de lograr un control posterior adecuado sobre tales embarcaciones. Así, si la aprobación fuera automática, se podrían obtener permisos con la simple solicitud y los mimos podrían ser utilizados sin considerar el carácter limitado del recurso. Esta ha sido la razón para colocar un nivel mayor de exigencia aquellos procedimientos que involucren un aumento posible del esfuerzo pesquero. b) Control Posterior Hay una característica importante que se ha venido reforzando en los controles que ejercen las institucionesdel Estado, y que en el presente TUPA se ha tratado de recoger. Esto es el privilegio de las acciones ex post sobre las acciones ex ante, es decir privilegiar el control poste- rior al previo. Las acciones ex ante son aquéllas que toma el Estado antes de que un problema ocurra, a fin de prevenir precisamente su ocurrencia. Ejemplos de ello son los sistemas de control de precios, control de calidad, nor- mas técnicas obligatorias, aprobación previa de condicio- nes contractuales en contratos estándares. Por el contra- rio, los sistemas de actuación ex post actúan luego de ocurrido el problema, a fin de sancionar a quien ha infringido las normas o resultados que la Ley persigue. Dentro de ese marco se ha considerado que las accio- nes ex post son más efectivas, eficientes y mejores para las empresas y para el Estado. Las acciones ex ante establecen controles y barreras de acceso al mercado que, además de reducir la competencia al elevar los costos de acceso al mercado, elevan los precios al impli- car mayores costos para las empresas que, a su vez, son trasladados a los consumidores o reducen los costos de operación. Adicionalmente, reducen las opciones de los consumidores para elegir determinadas calidades o tipos de producto o diversas combinaciones precio-calidad. Esto sin considerar que los controles previos elevan el costo de actuación del Estado al exigir aparatos adminis- trativos más complejos y grandes y fomentan la corrup- ción. c) Protección del Medio Ambiente. Sin perjuicio de la protección del recurso, la actividad pesquera tiene una serie de efectos ambientales adicio- nales que deben ser vigilados y controlados. Ello ha llevado a que se coloquen ciertos niveles de exigencia mayor a procedimientos que impliquen mayores niveles de afectación ambiental, como podría ser el caso de la instalación de plantas de procesamiento pesquero. En estos casos se ha justificado la existencia de procedi- mientos sujetos a silencios administrativos. d) Promoción de la actividad de acuicultura Se desea incentivar la inversión privada en el desa- rrollo de actividades de acuicultura facilitando al admi- nistrado la obtención de la autorización correspondiente. Ello implica que el administrado sea una persona dili- gente, responsable que antes de realizar una inversión determine correctamente el lugar donde desea realizar una inversión, realizando dicha actividad. Significa tam- bién el alejamiento de posiciones paternalistas en las que la Administración Pública intervenía en una suerte sustituto de la decisión privada. Esta vez el Estado vigila que dicha actividad no afecte a terceros o no deteriore el recurso pesquero. Por ello el inverso tiene la posibilidad de elegir e ntre desarrollar la acuicultura en área del Estado o en área privada. Para el primer caso se requiere una concesión, sujeta a un silencio negativo a 30 días por la necesidad de evaluar las especies y condiciones que se introducen en dicha área al tratarse de bienes del Estado. e) Servicios En la prepublicación del TUPA aparecían una serie de temas que estaban regulados como procedimientos. Sin embargo dichos casos no eran propiamente procedi- mientos administrativos, sino simplemente servicios brindados por el Estado, pues no tenían carácter vincu- lante. Tal es el caso, por ejemplo, de la Calificación de Declaración Jurada Ambiental para proyectos de inver- sión de Programas Multisectoriales de Crédito-BID (pro- cedimiento Nº 55 de acuerdo al texto prepublicado), las Inspecciones Técnicas a pedido de parte (procedimiento Nº 23 del texto prepublicado), Reporte emitido por el Sistema de Seguimiento Satelital de embarcaciones pes- queras, entre otros. Se ha establecido que la relación y el costo de estos servicios no irán en el TUPA por no tratarse de procedimientos, sino simplemente en un tarifario aprobado por Resolución Ministerial. VI. Descripción de los Principales Cambios en los Procedimientos. Antes de pasar a señalar brevemente cuáles han sido las principales modificaciones introducidas, conviene