Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2000 (26/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, lunes 26 de junio de 2000

NORMAS LEGALES
Objetivos

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban ordenanza que regula el otorgamiento de Licencia de Apertura de Establecimiento, Certificados de Aptitud del Local y de Calidad del Negocio
ORDENANZA Nº 282 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA EN SESION DE 21 DE JUNIO DE 2000: CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 7) del Articulo 68º de la Ley Organica de Municipalidades, es funcion de los gobiernos locales en materia de abastecimiento y comercializacion de productos, el otorgamiento de licencias de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales, asi como el control de su funcionamiento de acuerdo a ellas; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene como objetivo lograr el desarrollo economico y crecimiento comercial del Cercado de MORDAZA, para tal efecto brinda orientacion a los agente economico en los diferentes niveles de ejecucion armonizando, actualizando y simplificando el MORDAZA normativo, especificamente en lo que se refiere al procedimiento administrativo referido al otorgamiento de licencias de apertura de establecimientos; Que, el abastecimiento y comercializacion de productos esta estrechamente vinculado a la promocion y el desarrollo empresarial de los agentes economicos que requieren de una autorizacion para su funcionamiento; siendo por tanto proposito de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA brindar apoyo y asesoramiento para la inversion y lograr eficiencia en el servicio al usuario; Que, dentro de un MORDAZA estructural acorde con la actual politica de gestion administrativa, es necesario aprobar la normatividad MORDAZA para el otorgamiento de la Licencia de Apertura de Establecimientos en la jurisdiccion del Cercado de MORDAZA, acorde a los principios de simplicidad y celeridad en su tramite y los requisitos exigibles; Aprobo la siguiente: ORDENANZA DE LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS, CERTIFICADO DE APTITUD DEL LOCAL Y CERTIFICADO DE CALIDAD DEL NEGOCIO TITULO I DE LA FINALIDAD, OBJETIVOS Y PRINCIPIOS Finalidad Articulo 1° .- La presente Ordenanza aprueba el MORDAZA normativo para la promocion de las actividades economicas y la prestacion de servicios de calidad a los usuarios a traves de la Licencia de Apertura de Establecimiento, el Certificado de Aptitud del Local y el Certificado de Acreditacion de calidad del Negocio en la jurisdiccion del Cercado de Lima.

Articulo 2°.a)Promover el desarrollo de las actividades economicas. b) Fomentar la competitividad de los establecimientos c) Facilitar los tramites de la licencia. d) Mejorar la calidad de los servicios prestados en beneficio de los consumidores. De los Principios Articulo 3°.El otorgamiento de la Licencia de Apertura de Establecimiento y el Certificado de Aptitud del Local se rigen por los principios de simplificacion administrativa, presuncion de veracidad, celeridad, y fiscalizacion posterior senalados en las leyes de simplificacion administrativa. TITULO II DISPOSICIONES GENERALES Definiciones Articulo 4°.- Para efectos de la aplicacion de las disposiciones contenidas en la presente ordenanza, se entiende por: a) ESTABLECIMIENTO.- Inmueble, area independiente de un inmueble o instalacion con caracter permanente en la que se desarrollan actividades comerciales, industriales, Profesionales y/o de servicios, y que debe reunir las condiciones tecnicas requeridas por la normatividad vigente para su ejercicio. b) LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO.- Autorizacion para el funcionamiento de un establecimiento en el que se desarrollan actividades comerciales, industriales o de servicios, que otorga la Municipalidad al haberse cumplido con los requisitos establecidos en la presente Ordenanza. c) CERTIFICADO DE APTITUD DEL LOCAL.- Formulario adquirido en la Municipalidad por el propietario o su representante, en el cual un Arquitecto Colegiado certifica la aptitud del local para los giros comprendidos en el anexo "C" y los inmuebles declarados como monumentos historicos. Para el resto de giros es suficiente la Declaracion Jurada del propietario indicando que el local es apto para desarrollar la actividad economica. d) SISTEMA DE ACREDITACION DE CALIDAD.El conjunto de normas, procedimientos y agentes que intervienen en los procesos de evaluacion y calificacion para la acreditacion de la calidad de los negocios. e) CERTIFICADO DE CALIDAD DEL NEGOCIO. Documento que califica el nivel de calidad del negocio considerando aspectos relativos a sus recursos fisicos y servicio, emitido por la entidad pertinente. f) LICENCIA PROVISIONAL.- La normada por el Titulo VI de la presente Ordenanza. g) LICENCIA TEMPORAL.- La normada en el Titulo VII de esta Ordenanza h) AGENTE ECONOMICO.- Persona natural o juridica que conduzca un negocio o actividad economica o que. tenga una iniciativa para hacerlo. i) SISTEMA DE INFORMACION Y ORIENTACION PARA EL DESARROLLO EMPRESARIAL.- Conjunto de servicios y procedimientos para la orientacion de los agentes economicos, que incluye la integracion de MORDAZA de informacion, base de datos y reportes, vinculados al desarrollo empresarial. De la Obligacion Articulo 5°- Los agentes economicos, incluidas Instituciones Publicas, Politicas, Religiosas y Organismos Internacionales, que realicen actividades de comercio, industria o servicios en un establecimiento requieren contar previamente con la Licencia de Apertura de Establecimiento. Esta se otorgara al conductor del negocio o establecimiento y es de caracter personal e intransferible. Todos los locales que se oferten para desarrollar en ellos actividades economicas deberan contar con un Certificado de Aptitud del Local el cual se expide a solicitud y nombre del propietario, de acuerdo a lo dispuesto en la presente Ordenanza.

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