Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2000 (26/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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TITULO IX

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 26 de junio de 2000

DE LA SUPERVISION DEL DESARROLLO Y CALIDAD DE LOS NEGOCIOS Articulo 38°.- La Autoridad Municipal esta facultada para efectuar en forma directa y/o a traves de Instituciones especializadas de prestigio la r supervision y fiscalizacion posterior de la documentacion o informacion proporcionada por los agentes economicos, constatando la veracidad, autenticidad y exactitud de las declaraciones o documentos que sustenten la expedicion de las autorizaciones que aprueba la presente Ordenanza. Competencia Articulo 39º.- La supervision estara a cargo de la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor en coordinacion con la Direccion Municipal de Fiscalizacion y Control y con el Registro Catastral de la Municipalidad Metropolitana de Lima. TITULO X DE LA INTERVENCION DE LOS VECINOS Articulo 40º.- Cuando algun establecimiento cause molestias a los vecinos afectando la tranquilidad publica, estos pueden formular denuncias individual o colectivamente, debidamente fundamentadas. Corresponde al funcionario administrativo bajo responsabilidad correr traslado de la misma al denunciado con la finalidad de que presente su descargo respectivo. Articulo 41º.- La Junta de propietarios de inmuebles sometidos al Regimen de Propiedad Horizontal podran formular denuncia, cuando no se MORDAZA observado el reglamento interno del edificio en la expedicion de la autorizacion municipal respectiva. Corresponde a la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor conocer, tramitar y resolver las denuncias que formulen los interesados. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las solicitudes de Licencia de Apertura de Establecimiento cuyo giro sea el de salon de baile, recreacion y diversion, tales como salsodromos, discotecas, y similares, MORDAZA de juego, etc., y que requieran licencia especial; asi como los de. Colegios, Institutos, Centros Medicos y hoteles, requeriran de un informe tecnico de inspeccion ocular previa, rubricada por un arquitecto colegiado, indicando que el local cumple con las especificaciones tecnicas establecidas en las normas municipales pertinentes. Segunda.- La Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor, declarara en abandono los expedientes para la obtencion del Certificado de Autorizacion Municipal de Funcionamiento y de Licencia de Apertura de establecimiento en concordancia con las normas vigentes. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Modifiquese e incorporese al Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, aprobado por la Ordenanza Nº 219, los procedimientos que forman parte del Anexo "A". Segunda.- Modifiquese e incorporese el Reglamento de Aplicacion de Sanciones ­RAS, las infracciones que forman parte del Anexo "B". Tercera.- Deroguese todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Cuarta.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto, dicte las disposiciones reglamentarias para la aplicacion de la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla En MORDAZA, a los veintitres dias del mes de junio de dos mil. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 7208

Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA
ORDENANZA Nº 283 MORDAZA 21 de junio de 2000 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA EN SESION DEL 21 DE JUNIO DE 2000, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 757 "Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada", establece la obligatoriedad, para todas las entidades de la Administracion Publica, aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM se ha establecido las disposiciones reglamentarias requeridas para el cumplimiento de la obligacion establecida en el Decreto Legislativo Nº 757; Que, los Articulos 32º y 34º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 757, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 094-92-PCM establece que las Municipalidades aprueban el MORDAZA mediante Ordenanzas; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 establece que los TUPAS deben actualizarse anualmente y publicarse en el Diario Oficial El Peruano a mas tardar el 30 de junio de cada ano; Que, la Constitucion Politica del Peru otorga a los Gobiernos Locales potestad tributaria para crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones; Que, el Codigo Tributario y la Ley de Tributacion Municipal aprobados por los Decretos Legislativos No. 816 y 776 respectivamente, establecen que los derechos son tasas que se MORDAZA por la prestacion de un servicio publico administrativo o el uso o el aprovechamiento de bienes publicos; Que, el Articulo 70º del Decreto Legislativo Nº 776 establece que los derechos que se cobren por la tramitacion de procedimientos administrativos, solo seran exigibles al contribuyente cuando consten en el correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA es competente para administrar sus bienes y rentas, que comprenden los frutos y productos de los bienes municipales y los ingresos que perciben por las tarifas que cobran, a titulo de precio por los servicios que presta; Que, mediante la Ordenanza Nº 219/MML del 25 de junio de 1999 la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobo su MORDAZA, con vigencia a partir del 1 de MORDAZA de 1999; Que, durante la vigencia de la Ordenanza Nº 219/ MML se han publicado dispositivos legales que han modificado algunos procedimientos administrativos y servicios, por lo que es necesario actualizar el TUPA; De conformidad con el Articulo 74º. De la Constitucion Politica del Peru, el Articulo 22º del Decreto Legislativo No. 757, el Articulo 34º del Reglamento del Decreto Legislativo No. 757 aprobado con el Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, el Articulo 90º. Del Decreto Legislativo Nº 23853, el Articulo 70º del Decreto Legislativo Nº 776; Aprobo la siguiente: ORDENANZA TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 2000 Articulo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA 2000 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conjuntamente con los derechos y precios contenidos en el mismo y que forman parte de la presente norma. Articulo 2º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 1 de MORDAZA de 2000.

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