Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2000 (29/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

Comision de Reestructuracion Patrimonial
Derechos de Tramite (*) S.A. Positivo Comision Ad - Hoc dentro de los 5 dias de Notificada la Resolucion dentro de los 5 dias de notificada la Resolucion Reestructuracion Patrimonial dentro de los 5 dias de Notificada la Resolucion de la Competencia Tribunal de Indecopi Automatico Calificacion Evaluacion Previa S.A. No Negativo Regulado Dependencia Recurso Autoridad donde se inicia de que resuelve el Reconsideracion la Solicitud y la procedimiento Reconsideracion Recurso de Apelacion Autoridad que resuelve la Apelacion Recurso de Revision Autoridad que resuelve la Revision

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Requisitos Formales

2. Fundamentacion que sustente la Impugnacion. Senalando que obligaciones resultan excesivamente onerosas para los Acreedores 3. El recurso debera presentarse dentro de los 3 meses de adoptado el Acuerdo correspondiente o celebrado el Convenio de Saneamiento. 4. Adjuntar MORDAZA de toda la documentacion presentada, a efectos de poner en conocimiento a la otra parte, de ser el caso 5. Adjuntar MORDAZA del Comprobante de Pago de los Derechos de Tramite correspondiente.

Base Legal: Decreto de Urgencia.Nº064-99

17. Procedimiento Transitorio - Impugnacion de Acuerdos de Junta de Acreedores (**)
X Secretaria Tecnica de la Comision Ad - Hoc 0,10 UIT Procede dentro de los 5 dias de Notificada la Resolucion Comision Ad - Hoc 0,10 UIT Procede dentro de los 5 dias de notificada la Resolucion Comisiones Delegadas de Reestructuracion Patrimonial 0,30 UIT Procede dentro de los 5 dias de Notificada la Resolucion Sala de Defensa de la Competencia Tribunal de Indecopi

1. Solicitud dirigida a la Comision Ad - Hoc, consignando datos de identificacion y domicilio. Para el caso 0,10 UIT de Personas Juridicas se debera acreditar, ademas, la Existencia y los Poderes (***) 2. Identificacion del acuerdo que se impugna y fundamentacion que sustenta la Impugnacion. 3. El recurso debera presentarse dentro de los 10 dias habiles posteriores a la Adopcion del Acuerdo a Impugnarse, si el mismo no se encuentra suspendido. Tratandose de un acuerdo suspendido que ha sido ratificado o rectificado, el recurso debera presentarse dentro de los 10 dias habiles siguientes contados a partir del dia siguiente a aquel en que se realice la MORDAZA publicacion del aviso en que se da a conocer la Ratificacion o Rectificacion del Acuerdo. 4. Adjuntar MORDAZA de toda la documentacion presentada, a efectos de comunicar a la otra parte, de ser el caso. 5. Adjuntar MORDAZA del Comprobante de Pago del Derecho de Tramite correspondiente.

Base Legal: Decreto de Urgencia.Nº064-99

18. Procedimiento Transitorio - Traslado de Procedimiento por Sustitucion de Fedatario
0,50 UIT X MORDAZA Fedatario No Contemplado --------------No Contemplado --------------No --------------Contemplado

1. Cargo de la comunicacion dirigida al Fedatario sustituido y a la Comision Ad Hoc, en donde se identifica al MORDAZA Fedatario y se remite MORDAZA del Comprobante de Pago del Derecho de Tramite correspondiente

Base Legal: Decreto de Urgencia.Nº064-99

19. Cesion de Titularidad del Credito Reconocido
0,10 UIT X Secretaria Tecnica de la Comision de Reestructuracion Patrimonial u Oficina Descentralizada No Contemplado Comision de Reestructuracion Patrimonial (Sede Central o Delegada) No Contemplado --------------No --------------Contemplado

NORMAS LEGALES

1. Solicitud consignando datos de identificacion y domicilio. Para el caso de Personas Juridicas se debera acreditar, ademas, la Existencia y los Poderes (***) 2. Identificacion de la Empresa Deudora. 3. Documento que acredite la Cesion del Credito a favor del MORDAZA Titular. 4. Documento que acredite la notificacion de la Cesion del Credito al Deudor, de Acuerdo al Articulo 1215 del Codigo Civil 5. Identificacion del Acreedor Cedente 6. Informar bajo Declaracion Jurada que no mantiene ningun MORDAZA de vinculacion con su deudor, o, en caso contrario, informar de la existencia de vinculacion con este, en cualquiera de los casos a que se refiere el Articulo 5 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Reestructuracion Patrimonial

Base Legal: Codigo Civil

20. Cambio de Orden de Preferencia
0,10 UIT X No --------------Contemplado

1. Solicitud consignando datos de identificacion y domicilio. Para el caso de Personas Juridicas se debera acreditar, ademas, la Existencia y los Poderes (***) 2. Identificacion de la Empresa Deudora. 3. Documento que acredite el MORDAZA Orden de Preferencia Invocado

Base Legal: Decreto Supremo Nº014-99-ITINCI

Secretaria Tecnica 0,10 UIT Comision de 0,10 UIT --------------de la Comision de Procede Reestructuracion Procede Reestructuracion dentro de Patrimonial dentro de Patrimonial los 5 dias (Sede Central o los 5 dias u Oficina de Notificada la Delegada) de Notificada la Descentralizada Resolucion Resolucion

21. Reduccion del Credito Reconocido
0,05 UIT X No --------------Contemplado

1. Solicitud consignando datos de identificacion y domicilio. Para el caso de Personas Juridicas se debera acreditar, ademas, la Existencia y los Poderes (***) 2. Identificacion de la Empresa Deudora 3. Documento que acredite que el Credito Concursal ha sido reducido (Parcial o totalmente cancelado)

Base Legal: Decreto Supremo Nº014-99-ITINCI

Secretaria Tecnica de la Comision de Reestructuracion Patrimonial u Oficina Descentralizada

0,10 UIT Comision de 0,10 UIT --------------Credito Reestructuracion Credito Controvertido Patrimonial Controvertido Procede (Sede Central o Procede dentro de Delegada) dentro de los 5 dias los 5 dias de Notificada la de Notificada la Resolucion Resolucion X Secretaria Tecnica de la Comision de 0,10 UIT Procede Comision de Reestructuracion 0,10 UIT Procede Sala de Defensa

22. Impugnacion de otras Resoluciones Emitidas por la Comision de Reestructuracion Patrimonial o por la Comision Ad - Hoc
0,10 UIT No --------------Contemplado

MORDAZA, jueves 29 de junio de 2000

1. Solicitud consignando datos de identificacion y domicilio. Para el caso de Personas Juridicas se debera acreditar, ademas, la Existencia y los Poderes (***)

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