TEXTO PAGINA: 24
Pág. 189054 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de junio de 2000Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que DerechosAuto- Evaluación Previa donde se inicia Recurso de resuelve la Recurso deAutoridad que Formales de TrámitemáticoS.A.S.A. Noel procedimientoReconsideraciónSolicitud y la Apelación resuelve la (* * * * * *) PositivoNegativoRegulado Reconsideración Apelación Base Legal: Decreto Legislativo 823 15. Búsqueda de Información Tecnológica Solicitud en Formato impreso que deberá consignar o adjuntar, según corresponda: 0,063 UIT X Oficina de No Contemplado————- No ————- 1. Datos de Identificación, domicilio y teléfono. Invenciones y Contemplado 2. Campo técnico en le que se desea se efectúe la Búsqueda detallando las características técnicas. Nuevas Tecnologías 3. Figuras, fotografías relacionadas con el objeto de la Búsqueda, de ser el caso. u 4. Motivo de la Búsqueda. Oficina Descentralizada Base Legal: Decreto Legislativo 823 (*)Los Poderes podrán constar en Instrumento Privado y deberán cumplir las siguientes formalidades: A.En el caso de Personas Naturales: la firma deberá ser legalizada por un Notario B.En el caso de Personas Jurídicas: el documento deberá contener las facultades otorgadas al Representante y la Representación con la que actúa el Poderdante y su firma deberá ser autenticada por Notario C.En el caso de Poderes otorgados en el extranjero, éstos deberán contener además Visación Consular. (**)Los gastos que genere la ejecución de la Visita Inspectiva serán de cargo del Solicitante. (***)El pago se realiza por cada Acto Modificatorio (****)Los derechos correspondientes se abonan directamente en El Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA (*****)Deberá presentarse copia de los documentos que acrediten la existencia de la Persona Jurídica, en caso de ser necesario (******)La copia del Comprobante de Pago del Derecho de Trámite, deberá adjuntarse a los requisitos establecidos para cada uno de los procedimientos. Comisión de Protección al Consumidor Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que DerechosAuto- Evaluación Previa donde se inicia Recurso de resuelve la Recurso deAutoridad que Formales de TrámitemáticoS.A.S.A. Noel procedimientoReconsideraciónSolicitud y la Apelación resuelve la (* *) PositivoNegativoRegulado Reconsideración Apelación 1. Denuncia por Infracciones a las Normas sobre Protección al Consumidor Solicitud que deberá consignar lo siguiente: 0,007 UIT X Secretaria No ContempladoComisión de 0,10 UIT Sala de Defensa Técnica de la Protección alProcede dentro de la 1.Nombre o Razón Social, RUC o DNI, de ser el caso, domicilio y teléfono del Denunciante, en caso que la Solicitud fuera Comisión de Consumidor de los 5 días Competencia formulada por una Persona Jurídica debe indicarse los datos generales del Representante. Protección al de notificada la Tribunal de Consumidor Resolución Indecopi 2.Nombre o Razón Social y domicilio del Proveedor del bien o servicio. En el caso que el denunciante ignore el domicilio actual del u Oficina Proveedor, deberá adjuntar una Declaración Jurada señalando que ha agotado las gestiones destinadas a conocer el domicilio del mismo. Descentralizada 3.Resumen de los hechos materia de Denuncia, especificando el bien o servicio por el cual se denuncia. 4.Presentación u ofrecimiento de las pruebas que acrediten la infracción que se Denuncia. 5.Identificación de reincidencia, si se conoce. Documentación que deberá adjuntarse: 1.En su caso, copia de los documentos que acrediten la existencia y representación de la Persona Jurídica Solicitante. 2.En su caso, copia de los Poderes (*) que fueren necesarios. 3.Las pruebas que presente el Denunciante que permitan apreciar la existencia del daño o perjuicio ocasionado por el Proveedor o por el bien o servicio que este haya proveído, o el incumplimiento de las obligaciones a cargo del Proveedor. 4.Copia de la Solicitud y recaudos, según el número de Denunciados. Base Legal: Decreto Ley 25868 Art 23º / Decreto. Leg. 807 Art. 23º y siguientes (*)Los poderes deberán cumplir las siguientes formalidades: A.En el caso de facultades generales: la Representación podrá constar en Carta Poder simple. B.En el caso de facultades especiales (ej. Conciliación, desistimiento, etc.) presentar documento con firma legalizada por Notario o Fedatario. C.En el caso de Poderes otorgados en el extranjero, éstos deberán contener además Visación Consular. (**)La copia del Comprobante de Pago del Derecho de Trámite, deberá adjuntarse a los requisitos establecidos para el procedimiento.