TEXTO PAGINA: 48
Pág. 189398 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de junio de 2000 34 RENOVACION DEL PERMISO DE OPERACIONES FERRO- VIARIAS 35 MODIFICACION DEL PERMI- SO DE OPERACIONES FE- RROVIARIASa)Copia del Registro Unico del Contribuyente (RUC) del solicitante. b)Copia simple de la escritura pública de cons- titución de la persona jurídica y, de ser el caso, copia simple de la escritura pública que con- tenga los estatutos vigentes, ambas con la constancia de su inscripción en los Regis- tros Públicos. Los estatutos deberán contem- plar de manera expresa que el solicitante puede prestar servicios públicos de transpor- te ferroviario de carga y/o pasajeros. c)Declaración jurada en la que se señale ex- presamente la denominación o razón social y domicilio del solicitante, así como nombre y domicilio de su representante legal. Asimis- mo, deberá indicarse la naturaleza y objeto de la (s) operación (es) a realizar. d)Copia de los documentos que acrediten la experiencia del solicitante en la prestación de servicios ferroviarios de carga y/o pasa- jeros, según el tipo de permiso solicitado. Con la finalidad de cumplir con este requisito, el solicitante podrá presentar la información de cualquiera de sus empresas matrices o sub- sidiarias e)Copia de la proforma de cobertura emitida por una compañía de seguros de conformi- dad con lo dispuesto en el D. S. N° 027-99- MTC, la misma que deberá tener un plazo de vigencia equivalente al permiso de ope- ración. -Solicitud presentada antes de la fecha de expiración del Permiso de Operaciones, requi- riendo la renovación de éste. -Copia fotostática de la póliza de seguros vigen- te. A) De transporte de carga a transporte de pa- sajeros o ambos servicios.* Solicitud dirigida al Director General de Cir- culación Terrestre indicando las modificacio- nes requeridas. a)Póliza de seguros que otorga cobertura por daño a los pasajeros de conformidad con lo dispuesto en el D. S. N° 027-99-MTC, la mis- ma que deberá tener un plazo de vigencia equivalente al permiso de operación. Si se prestara ambos servicios se deberá presen- tar una póliza de seguros que otorgue co- bertura a ambos servicios. b)Copia simple de la escritura pública de cons- titución de la persona jurídica y, de ser el caso, copia simple de la escritura pública que con- tenga los estatutos vigentes, ambas con la constancia de su inscripción en los Regis- tros Públicos. Los estatutos deberán contem- plar de manera expresa que el solicitante puede prestar servicios públicos de transpor- te ferroviario de carga y/o pasajeros.*** c)Copia de los documentos que acrediten la experiencia del solicitante en la prestación de servicios ferroviarios de carga y/o pasa- jeros, según el tipo de permiso solicitado. Con la finalidad de cumplir con este requisito, el solicitante (personas jurídicas) podrá presen- tar la información de cualquiera de sus em- presas matrices o subsidiarias. B) De transporte de pasajeros a transporte de carga. Solicitud dirigida al Director General de Cir- culación Terrestre, indicando la modificación requerida. a)Póliza de seguros de conformidad con lo dis- puesto en el D. S. N° 027-99-MTC, la misma que deberá tener un plazo de vigencia equi- valente al permiso de operación. b)Copia simple de la escritura pública de cons- titución de la persona jurídica y, de ser el caso, copia simple de la escritura pública que con- tenga los estatutos vigentes, ambas con la constancia de su inscripción en los Regis- tros Públicos. Los estatutos deberán contem- plar de manera expresa que el solicitante puede prestar servicios públicos de transpor- te ferroviario de carga y/o pasajeros.*** c)Copia de los documentos que acrediten la experiencia del solicitante en la prestación de servicios ferroviarios de carga y/o pasa- jeros, según el tipo de permisos solicitados. Con la finalidad de cumplir con este requisi- to, el solicitante (personas jurídicas) podrá presentar la información de cualquiera de sus empresas matrices o subsidiarias.Gratuito 60 d. Gratuito 15 d.** Gratuito XMesa de Partes de la DGCT Mesa de Partes de la DGCT Mesa de Partes de la DGCTDirector General Director General Director General10% de 1 U.I.T.) Apelación Viceministro de Transportes (Derecho a trámite 10% de 1 U.I.T.) Reconsideración: Director General (Derecho a trámite 10% de 1 U.I.T.) Apelación Viceministro de Transportes (Derecho a trámite 10% de 1 U.I.T.) Reconsideración: Director General (Derecho a trámite 10% de 1 U.I.T.) Apelación Viceministro de Transportes (Derecho a trámite 10% de 1 U.I.T.) Reconsideración: Director General (Derecho a trámite 10% de 1 U.I.T.) Apelación Viceministro de Transportes (Derecho a trámite 10% de 1 U.I.T.)Nº DENOMINACION R E Q U I S I T O S DERECHO CALIFICACION DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD DE DEL DE PAGO AUTO- EVALUACION NO DONDE SE INICIA QUE APRUEBA QUE RESUELVE ORD. PROCEDIMIENTO (U.I.T.) MATICA POST. NEGAT. REGUL. EL TRAMITE EL TRAMITE EL RECURS. IMPUG.