Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2000 (30/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

MORDAZA, viernes 30 de junio de 2000

NORMAS LEGALES

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Determinan reordenamiento especial de MORDAZA denominada "Damero de La Parada"
ORDENANZA Nº 047-MDLV La MORDAZA, 22 de junio de 2000 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de La MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 21 de junio de 2000, Visto; el Dictamen Nº 001-00-CC/MDLV de la Comision de Comercializacion, de fecha 29 de MORDAZA de 2000, con dispensa de aprobacion de acta; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia. Corresponden a los Concejos las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldia las funciones ejecutivas; Que, mediante el numeral 3) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, se establece que los Concejos municipales ejercen atribuciones para dictar normas, modificar, derogar las Ordenanzas y Edictos municipales de su competencia; Que, el Articulo 68º inciso 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, senala que es funcion especifica de la Municipalidad el controlar y regular el comercio ambulatorio; Que, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 015MDLV, se inicio el MORDAZA de formalizacion del comercio ambulatorio del distrito, el mismo que se viene desarrollando de conformidad con un plan piloto, en el cual se establecio que la misma se efectuaria mediante el ingreso de los comerciantes en locales comerciales; Que, habiendo efectuado un analisis de los avances de la formalizacion se ha determinado queesta no ha tenido mayores avances en giros como son los perecibles, por tener caracteristicas diferentes y ser de alguna manera temporales o de periodos menores, siendo necesario la dacion de una MORDAZA que permita regular esta actividad y su formalizacion en etapas, siendo la primera la de reordenamiento para llegar a una efectiva formalizacion; Que, es politica de la actual administracion promover y crear las condiciones para el desarrollo del distrito, encontrandose empenada en la tarea de recuperar, reordenar y relanzar la MORDAZA de La Parada, siendo indispensable para ello la delimitacion de una MORDAZA de aplicacion de esta reglamentacion; Estando a las facultades conferidas por los Articulos 191º y 192º, de la Constitucion Politica del Peru, concordantes con las establecidas en el numeral 3) del Articulo 36º, el Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, ha dado la siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- Determinar como MORDAZA de reordenamiento especial la denominada "Damero de La Parada" el area comprendida entre los jirones y avenidas siguientes: Berma Central de la Av. 28 de MORDAZA, Av. Aviacion, Av. Mexico y Av. San MORDAZA, siendo esta MORDAZA el ambito de aplicacion de la presente. Articulo Segundo.- Autorizar en el ambito de aplicacion de la presente Ordenanza el reordenamiento y ubicacion temporal de los comerciantes de la MORDAZA empa-

dronados por la Municipalidad y de conformidad con las especificaciones tecnicas que se determinen en la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Son objetivos de la presente Ordenanza, denominada Reglamento del Damero de La Parada: a) Reordenar de manera temporal a los comerciantes informales de la MORDAZA como un primer paso para promover su formalizacion y reubicacion. b) Impulsar el bienestar y desarrollo de los comerciantes informales. c) Propiciar la concertacion y unidad de esfuerzos de los agentes publicos y privados de la MORDAZA y la adopcion de compromisos compartidos que contribuyan a concretar la formalizacion de los vendedores informales del Damero de La Parada. d) Preservar y mejorar los espacios publicos y garantizar la seguridad ciudadana en el ambito de su MORDAZA de influencia. e) Propiciar el mejoramiento de la calidad de los servicios, que prestan los comerciantes en la zona. Articulo Cuarto.- Aprobar el Reglamento para los comerciantes reordenados de productos perecibles dentro del ambito determinado por la presente norma. Articulo Quinto.- Suspender por el lapso de un (1) ano la aplicacion de la Ordenanza Nº 015-99-MDLV, para la MORDAZA denominada "Damero de La Parada" y de manera excepcional autorizar provisionalmente en MORDAZA el reordenamiento de los comerciantes de la MORDAZA, ubicados en la via publica en condiciones que establezca la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Facultese al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias pertinentes. Articulo Septimo.- Encargar a la Direccion de Comercializacion y Promocion Empresarial, a la Direccion de Desarrollo MORDAZA, a la Direccion de Seguridad Ciudadana y a la Direccion de Servicios a la MORDAZA el cumplimiento y ejecucion de la presente Ordenanza. Articulo Octavo.- La presente Ordenanza entrara a regir a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BONIFAZ MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO DAMERO DE LA PARADA CAPITULO I TITULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Determinese como MORDAZA de reordenamiento temporal, previo a la formalizacion de comerciantes informales de productos perecibles denominada el "Damero de La Parada", la misma que tendra un uso predominantemente comercial y de servicios, que debera ser regulado de manera exclusiva a fin de facilitar su desarrollo, dar condiciones adecuadas al publico, al comerciante y a la Municipalidad para la recuperacion de la misma. Articulo 2º.- Que, por su condicion de mayor centro comercial de perecibles y de servicios, no solo de MORDAZA, sino del MORDAZA, debera ser objeto de un tratamiento especial permitiendo un reordenamiento temporal.

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