Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2000 (03/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, miercoles 3 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES
SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 4886

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JNE

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Convocan a candidatos proclamado y no proclamado para que asuman cargos de MORDAZA y regidor del Concejo Distrital de Huaripampa Convocan a candidata no proclamada RESOLUCION Nº 609-2000-JNE para que asuma cargo de regidora del MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2000 Concejo Distrital de Sayan VISTOS:
El Oficio Nº 251-99.00-CF/CR, recibido el 10 de febrero del 2000, remitida por el Congresista de la Republica, MORDAZA Velit Nunez, presidente de la Comision de Fiscalizacion del Congreso de la Republica, comunicando que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de Huaripampa, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, tiene condena por delito doloso; El oficio Nº 211-00-JPJ-MMRV/SH, recibido el 27 de MORDAZA del 2000, del Juzgado Especializado en lo Penal de Jauja, remitiendo copias certificadas del MORDAZA penal seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la comision del delito contra la administracion publica, en agravio del Estado y otra; CONSIDERANDO: Que, del estudio de autos aparece que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue condenado a la pena privativa de MORDAZA de dos (2) anos con el caracter de suspendida por el mismo periodo de prueba, fallo expedido por el Juzgado Especializado en lo Penal de Jauja el 13 de MORDAZA de 1999, en el MORDAZA penal seguido en su contra por la comision del delito contra la administracion publica en la modalidad de usurpacion de funciones, en agravio del Estado; posteriormente, la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de MORDAZA el 31 de agosto de 1999, reformo la sentencia imponiendo al citado procesado tres (3) anos de pena privativa de la MORDAZA con el caracter de suspendida por el termino de un (1) ano e integrandola impuso inhabilitacion por el termino de un (1) ano, conforme a los incisos 1) y 2) del Articulo 36º del Codigo Penal, tal como aparece de fojas 23 y 24. Por lo tanto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra incurso en la causal de vacancia establecida por el numeral 3) del Articulo 26º concordante con el numeral 9) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26491; Que, el MORDAZA penal seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es de tramite sumario, habiendo concluido dicho MORDAZA con la resolucion emitida por MORDAZA Sala Especializada en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Junin; Que, ante la existencia probada de una causal de vacancia de un MORDAZA o regidor de concejo, el MORDAZA Nacional de Elecciones debe proceder a declararla, de conformidad con lo dispuesto por el literal u) del Articulo 5º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486; Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 1) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia del MORDAZA es reemplazado por el MORDAZA MORDAZA, que es el primer regidor habil que le sigue en su propia lista; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de Jauja, corresponde asumir el cargo de MORDAZA a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado regidor de la lista independiente "Los Jaris"; y, para completar el numero legal de miembros del citado concejo corresponde asumir el cargo de regidor a MORDAZA MORDAZA Ferrer, candidato no proclamado de la citada lista independiente; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de MORDAZA del concejo distrital Huaripampa, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, correspondiente a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por estar incurso en causal sobreviniente de vacancia al haber sido condenado por delito doloso. Articulo Segundo.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado regidor de la lista independiente "Los Jaris", para que asuma el cargo de MORDAZA del concejo distrital de Huaripampa, quien debera juramentar el cargo que asume ante el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para completar el periodo 1999 - 2002, conforme a ley. Articulo Tercero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA Ferrer candidato no proclamado de la lista independiente "Los Jaris", para que asuma el cargo de regidor del concejo distrital de Huaripampa, quien previamente debera juramentar el cargo que asume ante el MORDAZA del citado concejo, para completar el periodo 1999 - 2002, conforme a ley. Articulo Cuarto.- Otorgar las correspondientes credenciales a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Ferrer. Articulo Quinto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. RESOLUCION Nº 610-2000-JNE MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2000 VISTOS: El Oficio Nº 031-FEDIP-S-99 recibido el 16 de MORDAZA de 1999, del ciudadano MORDAZA Hoces MORDAZA, Presidente del Frente de Defensa de los Intereses del distrito de Sayan, mediante el cual solicita se declare la vacancia del cargo de regidor que ejerce don MORDAZA Nava MORDAZA en el concejo distrital de Sayan, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, por estar incurso en causal sobreviniente de condena por delito doloso; El Oficio Nº 97-466 recibido el 26 de agosto de 1999, del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Primer Juzgado Penal - Huaura, mediante el cual informa que el expediente del encausado MORDAZA Nava MORDAZA se encuentra en la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Huaura desde el 25 de junio de 1999; El Oficio Nº 442-99-MDS-A recibido el 8 de setiembre de 1999, de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de Sayan, por el cual informa que el expediente penal de don MORDAZA Nava MORDAZA se encuentra en la Sala Penal de Huaura, al haber interpuesto recurso impugnatorio de apelacion; El Oficio Nº 055-FEDIP-S-99 recibido el 24 de noviembre de 1999, del ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien solicita se le informe sobre el pedido de vacancia del cargo de regidor de don MORDAZA Nava MORDAZA del concejo distrital de Sayan; El Oficio Nº 01-2000-PSP/CSHA recibido el 13 de enero del 2000, del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Huaura, mediante el cual remite la razon emitida por la Secretaria de la referida Sala Penal; El Oficio Nº 610-99-JLG recibido el 13 de MORDAZA del 2000, de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Juzgado Penal para Procesos en Reserva de Huaura, mediante el cual remite la sentencia condenatoria de don MORDAZA Nava MORDAZA y su confirmatoria; CONSIDERANDO: Que, con los documentos que obran de fojas 2 a 8, se advierte que contra don MORDAZA Nava MORDAZA se reservo el MORDAZA penal por delito contra el patrimonio en la modalidad de danos, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hasta que sea habido; Que, de la documentacion remitida, se aprecia que don MORDAZA Nava MORDAZA fue condenado como autor del delito contra el patrimonio en la modalidad de danos en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a dos anos de pena privativa de la MORDAZA, suspendida por el termino de un ano; fallo dispuesto por la sentencia de fecha 22 de junio de 1999, expedida por el Primer Juzgado Penal de Huaura, corriente de fojas 22 a 25; y, por sentencia de vista del 24 de agosto de 1999 de la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Huaura se confirmo la referida sentencia, segun aparece a fojas 28 y 29; Que, de autos se colige que el regidor MORDAZA Nava MORDAZA se encuentra incurso en la causal de vacancia sobreviniente, al haber sido condenado por delito doloso, previsto en el numeral 3) del Articulo 26º y el numeral 9) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, de conformidad con el numeral 2) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales se incorpora al candidato suplente de la misma lista, correspondiendole asumir el cargo de regidora a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada de la lista independiente "Trabajamos por Sayan"; Que, estando a lo dispuesto en el numeral 1) del Articulo 178º de la Constitucion Politica del Peru, Articulo 5º literal u) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486, que dispone que es funcion de este organo electoral declarar la vacancia del cargo de MORDAZA y regidor, concordante con el literal w) del Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de este organo electoral; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de regidor que desempena don MORDAZA Nava MORDAZA, en el concejo distrital de Sayan, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, por existir en su contra condena por delito doloso. Articulo Segundo.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada de la lista independiente "Trabajamos por Sayan", para que asuma el cargo de regidora del concejo distrital de Sayan, para el periodo 1999-2002, en reemplazo de don MORDAZA Nava Palomares; debiendo otorgarsele la respectiva credencial a la regidora convocada.

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