Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2000 (03/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR"
ANO XVIII - Nº 7254

http://www.editoraperu.com.pe
Pag. 186147

MORDAZA, miercoles 3 de MORDAZA de 2000

DECRETOS DE URGENCIA

ECONOMIA Y FINANZAS

Modifican articulo del TUO de la Ley Autorizan viaje de profesionales del del Sistema Privado de Administra- OSITRAN a MORDAZA, para participar en cion de Fondos de Pensiones curso sobre politicas y evaluacion de proyectos de transporte DECRETO DE URGENCIA
Nº 029-2000 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 25897, se aprobo la Ley de Creacion del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones (AFP); Que, por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones; Que, en el Articulo 25º del mencionado Texto Unico Ordenado, se autorizan las inversiones de los Fondos de Pensiones bajo diversas modalidades, en los porcentajes maximos que establezca el Banco Central de Reserva del Peru y de acuerdo a los criterios de diversificacion que se senalan; Que, no obstante que en el inciso q) del referido Articulo 25º se MORDAZA el universo de instrumentos de inversion emitidos por instituciones extranjeras con que cuentan las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, no se contempla la inversion en valores representativos de derechos sobre acciones en deposito inscritos en Bolsas de Valores emitidos por instituciones extranjeras; Que, con el objeto de evitar el eventual perjuicio que dicha ausencia podria generar sobre los Fondos de Pensiones, es urgente proceder a regular la inversion en el MORDAZA de instrumentos mencionados en el considerando precedente; Que, por su naturaleza, la regulacion de los instrumentos de inversion en los que las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones colocan sus recursos constituye una materia economica y financiera; De conformidad con lo establecido en el numeral 19 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Sustituyase el texto del inciso q) del Articulo 25º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, por el siguiente: "q) Instrumentos financieros emitidos o garantizados por Estados y Bancos Centrales de paises extranjeros; asi como acciones y valores representativos de derechos sobre acciones en deposito inscritos en Bolsas de Valores; instrumentos de deuda, cuotas de participacion de fondos mutuos y operaciones de cobertura de riesgo emitidos por instituciones extranjeras;" Articulo 2º.- El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 4897 RESOLUCION SUPREMA Nº 119-2000-EF MORDAZA, 2 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 159-00-GG-OSITRAN, el Organismo Supervisor de Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico -OSITRAN-, solicita se autorice el viaje de los senores MORDAZA Farromeque MORDAZA, profesional de la Division Tecnica de Infraestructura de Terminales y MORDAZA MORDAZA Yabar, profesional de la Gerencia Legal de dicho Organismo, a la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 4 de MORDAZA al 4 de junio del ano 2000, para que participen en el "Primer Curso Internacional sobre Politicas de Transporte y Preparacion y Evaluacion de Proyectos de Transporte", organizado por el Instituto Latinoamericano y del Caribe de Planificacion Economica y Social -ILPES- con sede en Chile; Que, en consecuencia es necesario expedir la Resolucion Suprema mediante la cual se autorice dichos viajes, cuyos gastos seran cubiertos con el aporte del Fondo de Apoyo Tecnico del Prestamo BID Nº 985/OC-PE, debiendo OSITRAN asumir, unicamente el Impuesto General a las Ventas sobre el valor de los pasajes aereos, asi como el pago de la Tarifa de CORPAC, con cargo a los recursos de su presupuesto correspondiente al ejercicio 2000; De conformidad con lo establecido en los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 011-88-PCM, 135-90-PCM, 03791-PCM y 031-89-EF y en el numeral 1.5.1. de la Directiva Nº 0012000/FONAFE; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA Farromeque MORDAZA, profesional de la Division Tecnica de Infraestructura de Terminales y MORDAZA MORDAZA Yabar, profesional de la Gerencia Legal del Organismo Supervisor de Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN, a la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 4 de MORDAZA al 4 de junio del ano 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, segun se indica, seran cubiertos con recursos del Presupuesto del OSITRAN: Senor MORDAZA Farromeque Quiroz: Pasajes (IGV) : US$ 38,70 Tarifa CORPAC : US$ 25,00 Senor MORDAZA MORDAZA Yabar: Pasajes (IGV) : US$ 38,70 Tarifa CORPAC : US$ 25,00 Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyos viajes se autorizan. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 4899

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