Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (13/11/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 194934 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de noviembre de 2000 Para estos efectos, comunicarán a la Secretaría General de la ALADI, el cumplimiento de los trámites correspondientes. Artículo 12º.- La Parte que desee desligarse del presente Acuerdo deberá comunicar su decisión a la otra Parte, con sesenta (60) días de anticipación al depósito del respectivo instrumento de denuncia ante la Secretaría General de la ALADI. La Secretaría General de la Asociación será depositaria del presente Acuerdo, del cual enviará copias debidamente auten- ticadas a los Gobiernos signatarios. EN FE DE LO CUAL, los respectivos Plenipotenciarios suscriben el presente Acuerdo en la ciudad de Montevideo, a los veintinueve días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve, en un original. Por el Gobierno de la República Argentina: CARLOS ONIS VIGIL Por el Gobierno de la República del Perú: JOSÉ EDUARDO CHÁVARRI 13015 Remiten al Congreso de la República documentación relativa al "Protocolo para la Represión de Actos Ilícitos Con- tra la Seguridad de las Plataformas Fijas Emplazadas en la Plataforma Continental" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 544-2000-RE Lima, 4 de noviembre del 2000 Remítase al Congreso de la República, la documentación referente a la adhesión del Perú al "Protocolo para la Represión de Actos Ilícitos Contra la Seguridad de las Plataformas Fijas Emplazadas en la Plataforma Conti- nental", adoptado en Roma, República Italiana el 10 de marzo de 1988, para los efectos a que se contraen los Artículos 56º y 102º, inciso 3), de la Constitución Política del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 13019 Delegan facultades a Embajador del Perú en los Estados Unidos de Améri- ca para que suscriba "Contrato de Prés- tamo de la Operación de Endeuda- miento Externo con el Banco Interame- ricano de Desarrollo BID" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 545-2000-RE Lima, 11 de noviembre del 2000 Visto el Memorándum (OCI-OCM) Nº 1139, de 3 de no- viembre de 2000, de la Oficina de Cooperación Internacional; Debiendo suscribirse el "Contrato de Préstamo de la Operación de Endeudamiento Externo con el Banco Interamericano de Desarrollo BID" , hasta por ochenti- siete millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 87'000,000.00), destinado a financiar al "Programa de Desarrollo del Sector Salud - Seguro Materno Infantil", cuya unidad ejecutora será el Ministerio de Salud; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- Delegar en la persona del señor Alfonso Rivero Monsalve, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos de América, las facultades suficientes para suscribir en representación del Gobierno del Perú, el "Contrato de Préstamo de la Operación de Endeudamiento Exter- no con el Banco Interamericano de Desarrollo BID" , hasta por ochentisiete millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 87'000,000.00), destinado a financiar al "Programa de Desarrollo del Sector Salud - Seguro Materno Infantil", cuya unidad ejecutora será el Ministerio de Salud. 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Alfonso Rivero Monsalve, Embajador Extraordinario y Pleni- potenciario del Perú en los Estados Unidos de América. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 13028 PESQUERÍA Aprueban el Formulario de Declara- ción Jurada de Pesca y Pago de Dere- chos de Explotación de Recursos Hi- drobiológicos Pelágicos, correspon- diente a la segunda cuota del año 2000 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 259-2000-PE/DNE Lima, 10 de noviembre de 2000 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 087-2000-PE del 13 de marzo del 2000, se establecen las normas para efectuar el pago de derechos de pesca por concepto de explotación de recursos hidrobiológicos, el mismo que deberán efectuar los armadores de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca para anchoveta y/o sardina y/o jurel y/o caballa e inclusive aquellas embarcaciones que obtuvieron su permiso de pesca al amparo de lo dispuesto por la Ley Nº 26920 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE; Que la citada Resolución Ministerial, dispuso que la Direc- ción Nacional de Extracción establecerá los formatos y la infor- mación que debe contener la declaración jurada para la liquida- ción de los derechos de pesca, el formato de los recibos de pago, los lugares y agentes autorizados para recibir el pago y emitirá las constancias del pago de derechos de las embarcaciones; Que en los Artículos 2º y 3º de la citada Resolución Minis- terial, se dispuso que para efectos del pago de derechos de pesca, éste puede abonarse en forma fraccionada y por el presente año serán liquidados en tres (3) cuotas, cuyas fechas de vencimiento son el 15 de setiembre del 2000, 15 de noviem- bre del 2000 y 15 de enero del 2001, determinándose el monto a pagar por concepto de la segunda cuota conforme los cálculos establecidos en los citados artículos; De conformidad con lo establecido en los Artículos 2º, 3º y 6º de la Resolución Ministerial Nº 087-2000-PE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el Formulario de Declaración Jurada de Pesca y Pago de Derechos de Explotación de Recursos Hidrobiológicos Pelágicos correspondiente a la segunda cuota del año 2000, cuya fecha de vencimiento es el 15 de noviembre del 2000, conforme con lo dispuesto en los Artículos 2º, 3º y 6º de la Resolución Ministerial Nº 087- 2000-PE, el mismo que, en anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extracción (e)