Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2000 (09/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, lunes 9 de octubre de 2000

NORMAS LEGALES

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Direccion General de Gobierno Interior, eleva el citado expediente a la Comision Ad Hoc, designada por Resolucion Directoral Nº 379-2000-IN-1504, para su evaluacion y pronunciamiento; Que, el actualizado Reglamento de Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2000-IN de 31.MAY.2000 y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 1.JUN.2000, en su Articulo 3º establece, que alcanza a todas las personas juridicas, legalmente constituidas, que realicen este MORDAZA de actividades bajo cualquier modalidad, siempre que el valor total del premio o de los premios o articulos ofrecidos, segun corresponda, exceda del 15% de la UIT; Que, el Articulo 4º del citado Reglamento, senala que la Direccion General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior, es el organo competente a nivel nacional para autorizar, supervisar el desarrollo y controlar la realizacion de las promociones comerciales y rifas con fines sociales; establecer las infracciones e imponer las sanciones pertinentes; Que, la empresa LIGHT S.A., viene realizando promociones comerciales, sin la respectiva autorizacion de la Direccion General de Gobierno Interior, lo cual constituye infraccion al Articulo 22º, inciso a) y demas disposiciones del mencionado Reglamento; Que, en su oportunidad se cursaron a la empresa los Oficios Nºs. 021, 071 y 386-2000-IN-1508 de 18.ENE, 28.FEB. y 13.JUN.2000, respectivamente, mediante los cuales se le comunica que debe adecuarse al cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Reglamento de Promociones Comerciales y Rifas con fines Sociales; Que, mediante cartas de fechas 31.ENE, 10.MAR. y 19.JUN.2000, la citada empresa aduce que viene gestionando las autorizaciones respectivas ante la Direccion Nacional de Turismo (DNT) del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales amparandose en el Articulo 40º del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, sin considerar que es la Direccion General de Gobierno Interior, la entidad competente para autorizar este MORDAZA de eventos; Que, con fines de aclarar e instar al cumplimiento del citado Reglamento de la DGGI-MININTER, con fecha 17.JUL.2000 se emitio el Comunicado Oficial Nº 001-2000-IN-1501, publicado en el Diario Oficial El Peruano y en el diario Expreso, senalando la obligacion que tienen todas las empresas de efectuar Promociones Comerciales, incluyendo dentro de estas a las que se dedican a la explotacion de Juegos de Casino y de Maquinas Tragamonedas, de solicitar la autorizacion de la Direccion General de Gobierno Interior, estableciendo un plazo de quince (15) dias calendario, a partir de su publicacion para que se adecuen al citado Reglamento, a cuyo termino se procederia a imponer las sanciones correspondientes, plazo que se cumplio sin que la citada empresa MORDAZA iniciado las acciones para su regularizacion; habiendose producido una evidente infraccion al Reglamento de Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales; De conformidad con lo establecido en los Articulos 22º y 23º del Reglamento de Promociones Comerciales y Rifas con fines Sociales; y, Estando a lo recomendado por la Comision Ad Hoc de la Direccion General de Gobierno Interior, mediante el Informe Nº 001-2000-IN-1500-CAH/IS del 31 de agosto del 2000, a lo opinado por la Oficina de Asesoria Legal; y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 4º, 24º y 26º del Reglamento de Promociones Comerciales y Rifas con fines Sociales; SE RESUELVE: Articulo 1º.- SANCIONAR con AMONESTACION ESCRITA a la Empresa LIGHT S.A.C., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La citada Empresa debera regularizar e informar en un plazo no mayor de siete (7) dias calendario, a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion, en el Diario Oficial El Peruano, sobre el resultado de las promociones comerciales efectuadas hasta dicha fecha.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LARRABURE MORDAZA Director General de Gobierno Interior 11407

JUSTICIA
Designan representante alterna ante la Comision de Asuntos Indigenas, organo multisectorial dependiente del PROMUDEH
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 281-2000-JUS MORDAZA, 3 de octubre de 2000 Visto el Oficio Nº 0628-2000-PROMUDEH-DM, de la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, se crea la Comision de Asuntos Indigenas como organo multisectorial encargado de promover la mejor articulacion entre las demandas de las comunidades campesinas y nativas y la oferta de servicios por parte del Estado, dependiente del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 264-99-JUS, de fecha 16 de setiembre de 1999, se designo al representante del Sector Justicia ante dicha Comision; Que es necesario designar al representante alterno del Sector Justicia, ante la Comision de Asuntos Indigenas; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 y los Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a la doctora MORDAZA MORDAZA Orrego MORDAZA, abogada de la Direccion Nacional de Justicia, como representante alterna del Sector Justicia, ante la Comision de Asuntos Indigenas, creada por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA autenticada de la presente Resolucion Ministerial, al Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, y a la Comision de Asuntos Indigenas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 11500

RELACIONES EXTERIORES
Oficializan el "Taller Internacional sobre Ecosistemas de Montanas: Una vision de Futuro", a realizarse en la MORDAZA del MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 487-2000-RE MORDAZA, 6 de octubre del 2000

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