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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (14/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 53

Pág. 194011 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de octubre de 2000 Prohíben el uso de fuegos artificiales en el distrito ORDENANZA Nº 79 Miraflores, 4 de octubre del 2000 El Concejo Distrital de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha. CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Informe Nº 229-00/ODC/MM de fecha 22.9.00 de la Oficina de Defensa Civil de esta Municipalidad, las áreas del Circuito de Playas y su parte superior, desde el denominado "Malecón de la Marina" hasta el "Malecón Armendáriz", no son adecua- das para ser utilizadas como zonas de lanzamiento de artículos pirotécnicos, ya que al detonar la onda expansi- va origina el desprendimiento y el consecuente desliza- miento de piedras, las que en su caída pueden ocasionar accidentes automovilísticos, rotura de vidrios en los inmuebles vecinos y ruidos molestos, originando males- tar en el vecindario; Que según el Informe Nº 235-00/ODC/MM de fecha 26.9.00 de la Oficina de Defensa Civil del distrito, el mismo que complementa el Nº 229-00/ODC/MM, la juris- dicción del distrito de Miraflores carece de zonas aparen- tes para el uso de artículos pirotécnicos, debido a que la mayoría de sus parques y áreas abiertas al público no cuenta con las distancias de seguridad establecidas por la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC); Que es función de las Municipalidades establecer y controlar el cumplimiento de las normas de seguridad y promover los servicios públicos necesarios contra incendios, inundaciones y otras catástrofes; En uso de las facultades conferidas en el Artículo 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, por UNANI- MIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- Queda prohibido en el distrito de Miraflores el uso de fuegos artificiales. Artículo Segundo.- Sólo se podrá hacer uso de éstos previa autorización de la Municipalidad de Miraflores, con el informe favorable de la Oficina de Defensa Civil del distrito, cuando se trate de fuegos artificiales que arden en tierra como castillos, vaca loca, cascada de luces y similares, que no generen ruidos molestos. Artículo Tercero.- Para el otorgamiento de la referida autorización municipal será necesaria la presentación de los siguientes requisitos: - Solicitud dirigida al Alcalde. - Licencia expedida por la DICSCAMEC a nombre de la empresa solicitante. - Carné de manipulador de pirotecnia vigente. - Licencia Municipal y de DICSCAMEC del taller o almacén pirotécnico a nombre de la empresa solicitante. - Licencia de importación a nombre de la solicitante, si ésta ofreciera material importado. - Informe de reconocimiento de la zona donde se realizará el espectáculo, emitido por un técnico de la empresa solici- tante, que cuente con carné vigente otorgado por la DICSCA- MEC, incluyendo esquema de localización de los productos pirotécnicos. - Pago de derecho de trámite correspondiente. Artículo Cuarto.- La Oficina de Planificación y Pre- supuesto queda encargada de incorporar al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA, el procedi- miento establecido en el Artículo Tercero de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS BEDOYA DE VIVANCO Alcalde 11748 Modifican el Cuadro de Derechos contenidos en el TUPA de la Munici- palidad ORDENANZA Nº 81 Miraflores, 4 de octubre del 2000 El Concejo Distrital de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha. CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº 77 del 19 de julio del 2000 se aprueba el “Cuadro de Derechos” contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Miraflores; Que al haberse modificado la Ordenanza Nº 76 por la cual se aprueba el TUPA de la Municipalidad, es necesario modificar algunos rubros que contiene el Cuadro de Dere- chos vigente; Estando a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 757 y demás normas concordantes, así como el inciso 3) del Artículo 36º y el Artículo 47º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguien- te: ORDENANZA: Artículo Primero.- Aprobar la modificación de la Orde- nanza Nº 77 que aprueba el Cuadro de Derechos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de Miraflores, en los rubros que se consignan en el Anexo que forma parte constitutiva del presente dispositivo. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier disposi- ción que se oponga a la presente. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS BEDOYA DE VIVANCO Alcalde MODIFICACIÓN EN LOS DERECHOS ESTABLECIDOS EN EL TUPA (ORDENANZA Nº 77) MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES UNIDAD ORGÁNICA: SUBDIRECCIÓN DE OBRAS PRIVADAS APROBADO MODIFICADO N° DENOMINACIÓN DERECHO DERECHO OR- DEL DE DE DEN PROCEDIMIENTO PAGO PAGO 4 LICENCIA DE OBRA PARA para iniciar trámite para iniciar trámite EDIFICACION NUEVA Derecho de trámite S/. 177.00 Para obtener la Para obtener la Licencia Licencia Derecho de licencia Derecho de licencia 1% valor de la obra 1% valor de la obra Monto mínimo S/. 177.00 5 LICENCIA DE OBRA PARA Para iniciar trámite Para iniciar trámite REMODELACION,AMPLIACION , Derecho de trámite