Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2000 (14/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, sabado 14 de octubre de 2000

NORMAS LEGALES
POR TANTO:

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Prohiben el uso de fuegos artificiales en el distrito
ORDENANZA Nº 79 Miraflores, 4 de octubre del 2000 El Concejo Distrital de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha. CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Informe Nº 229-00/ODC/MM de fecha 22.9.00 de la Oficina de Defensa Civil de esta Municipalidad, las areas del Circuito de Playas y su parte superior, desde el denominado "Malecon de la Marina" hasta el "Malecon Armendariz", no son adecuadas para ser utilizadas como zonas de lanzamiento de articulos pirotecnicos, ya que al detonar la onda expansiva origina el desprendimiento y el consecuente deslizamiento de piedras, las que en su caida pueden ocasionar accidentes automovilisticos, rotura de vidrios en los inmuebles vecinos y ruidos molestos, originando malestar en el vecindario; Que segun el Informe Nº 235-00/ODC/MM de fecha 26.9.00 de la Oficina de Defensa Civil del distrito, el mismo que complementa el Nº 229-00/ODC/MM, la jurisdiccion del distrito de Miraflores carece de zonas aparentes para el uso de articulos pirotecnicos, debido a que la mayoria de sus parques y areas abiertas al publico no cuenta con las distancias de seguridad establecidas por la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC); Que es funcion de las Municipalidades establecer y controlar el cumplimiento de las normas de seguridad y promover los servicios publicos necesarios contra incendios, inundaciones y otras catastrofes; En uso de las facultades conferidas en el Articulo 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- Queda prohibido en el distrito de Miraflores el uso de fuegos artificiales. Articulo Segundo.- Solo se podra hacer uso de estos previa autorizacion de la Municipalidad de Miraflores, con el informe favorable de la Oficina de Defensa Civil del distrito, cuando se trate de fuegos artificiales que MORDAZA en tierra como castillos, vaca loca, cascada de luces y similares, que no generen ruidos molestos. Articulo Tercero.- Para el otorgamiento de la referida autorizacion municipal sera necesaria la MORDAZA de los siguientes requisitos: - Solicitud dirigida al Alcalde. - Licencia expedida por la DICSCAMEC a nombre de la empresa solicitante. - Carne de manipulador de pirotecnia vigente. - Licencia Municipal y de DICSCAMEC del taller o almacen pirotecnico a nombre de la empresa solicitante. - Licencia de importacion a nombre de la solicitante, si esta ofreciera material importado. - Informe de reconocimiento de la MORDAZA donde se realizara el espectaculo, emitido por un tecnico de la empresa solicitante, que cuente con carne vigente otorgado por la DICSCAMEC, incluyendo esquema de localizacion de los productos pirotecnicos. - Pago de derecho de tramite correspondiente. Articulo Cuarto.- La Oficina de Planificacion y Presupuesto queda encargada de incorporar al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, el procedimiento establecido en el Articulo Tercero de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA BEDOYA DE MORDAZA MORDAZA 11748

Modifican el Cuadro de Derechos contenidos en el MORDAZA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 81 Miraflores, 4 de octubre del 2000 El Concejo Distrital de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha. CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº 77 del 19 de MORDAZA del 2000 se aprueba el "Cuadro de Derechos" contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Miraflores; Que al haberse modificado la Ordenanza Nº 76 por la cual se aprueba el MORDAZA de la Municipalidad, es necesario modificar algunos rubros que contiene el Cuadro de Derechos vigente; Estando a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 757 y demas normas concordantes, asi como el inciso 3) del Articulo 36º y el Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa de lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- Aprobar la modificacion de la Ordenanza Nº 77 que aprueba el Cuadro de Derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad de Miraflores, en los rubros que se consignan en el Anexo que forma parte constitutiva del presente dispositivo. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier disposicion que se oponga a la presente. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA BEDOYA DE MORDAZA MORDAZA
MODIFICACION EN LOS DERECHOS ESTABLECIDOS EN EL MORDAZA (ORDENANZA Nº 77) MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES UNIDAD ORGANICA: SUBDIRECCION DE OBRAS PRIVADAS
APROBADO DERECHO DE PAGO MODIFICADO DERECHO DE PAGO

N° ORDEN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

4

LICENCIA DE OBRA PARA EDIFICACION NUEVA

para iniciar tramite Derecho de tramite S/. 177.00 Para obtener la Licencia Derecho de licencia 1% valor de la obra

para iniciar tramite

Para obtener la Licencia Derecho de licencia 1% valor de la obra Monto minimo S/. 177.00 Para iniciar tramite

5

LICENCIA DE OBRA PARA REMODELACION,AMPLIACION ,

Para iniciar tramite Derecho de tramite

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