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Pág. 193995 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de octubre de 2000 tica, a fin de asegurar un estándar de calidad acorde a instituciones académicas a nivel universitario de primer nivel, así como las garantías de confidencialidad e imparcia- lidad exigidas por el Reglamento de Agentes de Intermedia- ción. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a la Bolsa de Valores de Lima y a la Asociación de Sociedades Agentes de Bolsa. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS EYZAGUIRRE GUERRERO Presidente 11701 Modifican artículo del Reglamento de Operaciones en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima RESOLUCIÓN CONASEV Nº 074-2000-EF/94.10 Lima, 12 de octubre de 2000 VISTO: El Informe Nº 043-2000-EF/94.45 de fecha 4 de octubre del año en curso, presentado por la Gerencia de Operaciones, con la opinión favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por los Artículos 131º y 146º de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, las bolsas de valores se encuentran facultadas para reglamentar su actividad y la de sus asociados, debiendo contener tales reglamentos los procedimientos operativos para la realización de los mecanismos centralizados de negociación, el registro de las cotizaciones y la divulgación de la información relativa a ellas y a los emisores; sin perjuicio de las facultades de normatividad, supervisión y control otorgadas a esta Comisión Nacional mediante el Artículo 2º inciso a) del Texto Unico Concordado de su Ley Orgánica, Decreto Ley Nº 26126 y el Artículo 7º de la Ley de Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861; Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 132º, incisos b) y c), de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, son funciones de las bolsas de valores fomentar la transacción de valores y proponer a CONASEV la introducción de nuevas facilidades y productos en la negociación bursátil; Que, en atención a las disposiciones anteriores y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 145º de la Ley del Mercado de Valores, la Bolsa de Valores de Lima ha presen- tado a CONASEV para su aprobación, el proyecto de modi- ficación del Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado por Resolución CONASEV Nº 021-99-EF/94.10; Que, asimismo, el Artículo 5º de la Resolución CONA- SEV Nº 021-99-EF/94.10 dispone que el Consejo Directivo de la Bolsa de Valores de Lima deberá dictar las disposiciones complementarias previstas en el Reglamento de Operacio- nes en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, comunicándolas a CONASEV conforme al último párrafo del Artículo 145º de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, salvo aquellas a las que refieren los Artículos 5º, 9º, 18º, 21º y 26º del mismo reglamento, las cuales deberán ser previamente autorizadas por CONASEV para su aplicación; Que, de acuerdo a lo anterior, la Bolsa de Valores de Lima ha cumplido con poner en conocimiento de CONASEV los acuerdos adoptados por su Consejo Directivo en relación con las disposiciones complementarias del Reglamento de Ope- raciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima para la realización de operaciones de reporte y préstamo con acciones y valores representativos de derechos sobre accio- nes; Estando a lo dispuesto por el segundo párrafo del Artícu- lo 7º y el Artículo 145º de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, así como a lo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacional reunido en sesión de fecha 9 de octubre de 2000;calificación y evaluación de representantes de sociedades agentes de bolsa, a que se refieren los Artículos 13º y 14º del Reglamento de Intermediación. Artículo 5º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a la Bolsa de Valores de Lima y a la Asociación de Sociedades Agentes de Bolsa. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ENRIQUE EYZAGUIRRE GUERRERO Presidente 11715 Autorizan a la Asociación de Socieda- des Agentes de Bolsa realizar exáme- nes de calificación y evaluación perió- dica a que se refiere el Reglamento de Agentes de Intermediación RESOLUCIÓN CONASEV Nº 070-2000-EF/94.10 Lima, 6 de octubre de 2000 VISTOS: El Documento Simple Nº 08524/2000 presentado por la Bolsa de Valores de Lima y el Informe Conjunto Nº 003- 2000-EF/94.45/94.55, de fecha 14 de setiembre de 2000, presentado por la Gerencia de Operaciones y la Gerencia de Intermediarios y Fondos, con la opinión favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, la Bolsa de Valores de Lima ha solicitado se autorice a la Asociación de Sociedades Agentes de Bolsa, reconocida mediante Resolución CONASEV Nº 166-98-EF/94.10 como organización gremial que agrupa a los agentes de interme- diación, a fin de que participe de la calificación y evaluación a que se refieren los Artículos 13º y 14º del Reglamento de Agentes de Intermediación, aprobado por Resolución CO- NASEV Nº 843-97-EF/94.10; Que, de conformidad con lo establecido en los Artículos 13º y 14º del Reglamento de Agentes de Intermediación, los exámenes de calificación y evaluación periódica a los repre- sentantes de sociedades agentes de bolsa, pueden ser toma- dos además de la Bolsa de Valores de Lima, por otras instituciones que autorice CONASEV para tal fin; Que, de acuerdo al considerando anterior resulta proce- dente autorizar a la Asociación de Sociedades Agentes de Bolsa para tomar, en nombre de la Bolsa de Valores de Lima, los exámenes a que hacen referencia los Artículos 13º y 14º del Reglamento de Agentes de Intermediación, debiendo acreditar a satisfacción de CONASEV, que cuenta con un sistema de calificación y evaluación periódica, siendo nece- sario que dicho sistema sea objetivo y con uso intensivo de tecnología informática; y, Estando a lo dispuesto por el inciso a) del Artículo 2º del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126, y estando a lo acordado por el Directorio de esta Institución reunido en sesión de fecha 18 de setiembre de 2000; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Asociación de Sociedades Agentes de Bolsa para que en nombre de la Bolsa de Valores de Lima tome los exámenes de calificación y evaluación periódica a que se refieren los Artículos 13º y 14º del Reglamento de Agentes de Intermediación. Artículo 2º.- La autorización a que se refiere el artículo precedente está condicionada a que la Asociación de Socie- dades Agentes de Bolsa acredite, a satisfacción de CONA- SEV, que cuenta con un sistema de calificación y evaluación periódica que permita determinar cabalmente el nivel de conocimientos y competencia necesarios para desarrollar la función de representantes de sociedades agentes de bolsa, siendo necesario que dicho sistema de calificación y evalua- ción sea objetivo y con uso intensivo de tecnología informá-