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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (17/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 194072 NORMAS LEGALES Lima, martes 17 de octubre de 2000 segundo de afinidad, y es extensiva sobre quienes ocupen los cargos de confianza a que se refiere el párrafo precedente a la fecha de la convocatoria del concurso correspondiente. f) Otros casos que la Contraloría General determine. Artículo 33º.- En los casos de Concursos Públicos de Méritos declarados desiertos por dos (2) veces consecutivas, las Entida- des podrán solicitar a la Contraloría General, autorización para la contratación de una Sociedad de Auditoría mediante la designación directa, previo concurso; siendo de aplicación en dicho caso, la limitación contenida en el Artículo 16º del presente Reglamento. La contratación directa se sujetará a la supervisión de la Contraloría General y a lo dispuesto en el Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría, bajo responsabilidad del titular de la Entidad, de acuerdo al costo de la auditoría señalada en las Bases. Artículo Segundo.- La vigencia de la presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y publíquese. CARMEN HIGAONNA DE GUERRA Contralora General de la República 11911 COMISIÓN EJECUTIVA DEL MINISTERIO PÚBLICO Convierten fiscalía civil y del menor en provincial mixta de Rioja RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN EJECUTIVA DEL MINISTERIO PÚBLICO Nº 722-2000-MP-CEMP Lima, 16 de octubre del 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, la Resolución Administrativa Nº 1306-CME-PJ, del 12 de octubre del 2000, expedida por la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, crea el Módulo Básico de Justicia de Rioja, ubicado en el distrito de Rioja, provincia de Rioja, departamen- to y Distrito Judicial de San Martín, autorizando su funciona- miento a partir del 16 de octubre del 2000; Que, mediante los Artículos Primero, Segundo y Tercero de la citada resolución administrativa, se reubican en el mencio- nado módulo, el Juzgado Mixto de Rioja y el Juzgado Especia- lizado Penal de Rioja, que comenzarán sus labores con su carga procesal y competencia actual, disponiéndose que estos órganos jurisdiccionales tengan competencia territorial en la provincia de Rioja, departamento de San Martín. Se dispone además, que los procesos de Delitos Especiales, establecidos por disposicio- nes legales, seguirán siendo conocidos por los órganos jurisdic- cionales correspondientes, y que el Juzgado Mixto conocerá los procesos en materia Civil, Laboral y de Familia; Que, para despachar con el Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Rioja, es conveniente convertir la Fiscalía Provincial en lo Civil y del Menor de Rioja, que despacha el doctor Pablo Arévalo Flores, Fiscal Provincial Provisional, con todo su personal, en Fiscalía Provincial Mixta de Rioja, y reubicarla en el precitado módulo; asimismo, resulta conve- niente reubicar en el mencionado módulo, la Fiscalía Provincial Penal de Rioja, que despacha el doctor David Humberto Torres Pérez, con todo su personal, para que despache con el Juzgado Especializado Penal del Módulo Básico de Justicia de Rioja; Que, estando al Acuerdo Nº 8161 adoptado por unanimidad en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y, en uso de las atribuciones que le confiere las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir la Fiscalía Provincial en lo Civil y del Menor de Rioja, que despacha el doctor Pablo Arévalo Flores, Fiscal Provincial Provisional, con todo su personal, en Fiscalía Provincial Mixta de Rioja, y reubicarla en el precitado módulo, asumiendo la competencia territorial y de las materias señaladas en la parte considerativa de la presente resolución.Artículo Segundo.- Reubicar en el Módulo Básico de Justicia de Rioja, a la Fiscalía Provincial Penal de Rioja, que despacha el doctor David Humberto Torres Pérez, con todo su personal, asumiendo la competencia territorial y de las mate- rias señaladas en la parte considerativa de la presente resolu- ción. Artículo Tercero.- Facultar al Fiscal Superior Encargado de Gestión de Gobierno del Distrito Judicial de San Martín, para que adopte las medidas necesarias destinadas al cumpli- miento de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Poner esta resolución en conocimiento del Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministe- rio Público, para que adopte las medidas pertinentes en cuanto al personal médico legal, auxiliar y administrativo de apoyo de la Fiscalía materia de la presente resolución. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente reso- lución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judi- cial, Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Fiscal de la Nación, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Presi- dente de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de San Martín, Fiscal Superior Encargado de la Gestión de Go- bierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicial de San Martín, Oficina de Registro de Fiscales de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, y de los Fiscales mencionados, para los fines pertinen- tes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal de la Nación y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 11925 Convierten fiscalías de prevención del delito en provinciales de familia y mix- ta de El Agustino RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN EJECUTIVA DEL MINISTERIO PÚBLICO Nº 723-2000-MP-CEMP Lima, 16 de octubre del 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, la Resolución Administrativa Nº 1308-CME-PJ, del 12 de octubre del 2000, expedida por la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, crea el Módulo Básico de Justicia de El Agusti- no, ubicado en el distrito de El Agustino, provincia, departa- mento y Distrito Judicial de Lima, autorizando su funciona- miento a partir del 17 de octubre del 2000; Que, mediante los Artículos primero, segundo y tercero de la citada resolución administrativa, se crean en el mencionado módulo, el Juzgado de Familia y el Juzgado Mixto de El Agustino, los que comenzarán sus labores con carga procesal cero, disponiéndose que estos órganos jurisdiccionales tengan competencia territorial en el distrito de El Agustino. Se dispone además, que el Juzgado Especializado de Familia conocerá los procesos en materia Civil y Tutelar. En lo relacionado a los procesos en materia de Infracciones Penales, los infractores calificados con medida de internación, serán remitidos a los Juzgados Especializados correspondientes de la Corte Superior de Justicia de Lima, conociendo sólo de las causas que impli- quen las demás medidas de protección que contempla la ley de la materia. El Juzgado Mixto conocerá las materias de las especialidades Civil, Laboral y Penal. En lo relacionado a los procesos con Reos en Cárcel, serán remitidos previa calificación a los Juzgados Especializado correspondientes de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, para despachar con el Juzgado de Familia del Módulo Básico de Justicia de El Agustino, es conveniente convertir la