NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (16/09/2000)
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Pág. 193002 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de setiembre de 2000 SE RESUELVE: Artículo Unico.- Tener a ELECTRO SUR MEDIO S.A.A. como titular de la Servidumbre de electroducto y de tránsito impuesta originariamente por la Resolución Ministerial Nº 604- 99-EM/VME del 15 de octubre de 1999. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CHAMOT Ministro de Energía y Minas 9561 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 336-2000-EM/VME Lima, 11 de agosto de 2000 VISTO: El Expediente Nº 21066198 organizado por ELEC- TRO SUR MEDIO S.A. sobre Servidumbre de electroducto y de tránsito, y la solicitud de modificación de denominación social como ELECTRO SUR MEDIO S.A.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 605-99-EM/VME del 15 de octubre de 1999, se impuso Servidumbre de electroduc- to y de tránsito a favor de ELECTRO SUR MEDIO S.A. para la Línea de Distribución del Pequeño Sistema Eléctrico de Puquio - I Etapa Eje San Cristóbal; Que, mediante documento con Registro Nº 1277911, ELEC- TRO SUR MEDIO S.A.A. solicita se le tenga como titular de la mencionada Servidumbre, manifestando que por sucesivas Es- crituras Públicas extendidas el 27 de mayo y el 7 de julio de 1998, copia de cuyos Testimonios obran en el Expediente, fue formali- zado el cambio de la denominación social al haber adoptado el régimen de Sociedad Anónima Abierta, quedando como ELEC- TRO SUR MEDIO S.A.A., acto que se encuentra inscrito en el Tomo 15, Fojas 26, Asiento 235 del Registro Mercantil de Ica; Estando a lo dispuesto en el Artículo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en la Primera Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades; Con la opinión favorable del Director General de Electrici- dad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Tener a ELECTRO SUR MEDIO S.A.A. como titular de la Servidumbre de electroducto y de tránsito impuesta originariamente por la Resolución Ministerial Nº 605- 99-EM/VME del 15 de octubre de 1999. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CHAMOT Ministro de Energía y Minas 9560 Otorgan autorización de generación de energía eléctrica para consumo pro- pio a Industrial Pesquera Santa Móni- ca S.A. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 344-2000-EM/VME Lima, 18 de agosto de 2000 Visto el Expediente Nº 33112100 que incluye los documentos con Registro Nº 1289126, sobre otorgamiento de autorización para generación de energía eléctrica de acuerdo con el Artículo 4º del Decreto Ley Nº 25844 presentado por Industrial Pesquera Santa Mónica S.A., persona jurídica inscrita en la Ficha Nº 519 del Registro Mercantil de Piura; CONSIDERANDO: Que, Industrial Pesquera Santa Mónica S.A., ha solicitado, autorización para desarrollar actividades de generación de ener- gía eléctrica para su propio consumo en la central térmica existente Santa Mónica, de propiedad de la solicitante, la que tiene una capacidad instalada de 0,96 MW; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844 y Artículo 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales depresentación;Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable Nº 153-2000-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinión favorable del Director General de Electrici- dad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización por tiempo indefinido, a Industrial Pesquera Santa Mónica S.A., que se identificará con Código Nº 33112100, para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica para su propio consumo, en las instalaciones existentes de la central térmica Santa Mónica, de propiedad de la solicitante, que está ubicada en Tierra Colorada s/n, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, con una capacidad instalada de 0,96 MW. Artículo 2º.- La Empresa autorizada está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad; preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación; así como a remitir la información estadística y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y otras normas legales pertinentes. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CHAMOT Ministro de Energía y Minas 9967 Otorgan autorizaciones a Arcata Ener- gía S.A.A. para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica a Minicentral Hidroeléctrica, sistema eléctrico aislado RESOLUCION MINISTERIAL Nº 354-2000-EM/VME Lima, 1 de setiembre de 2000 Visto, el expediente Nº 31111200, que incluye los documentos con registro Nºs. 1286358, 1287361, 1288249 y 1289245, sobre otorgamiento de autorización para generación de energía eléctrica de acuerdo con el Artículo 4º del Decreto Ley Nº 25844, presentado por ARCATA ENERGIA S.A.A. persona jurídica inscrita en el Asiento 001, Rubro A, de la Ficha 012216 del Registro de Personas Jurídicas, Sociedades Mercantiles de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, ARCATA ENERGIA S.A.A, ha solicitado autorización para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica en las instalaciones existentes de la Central Hidroeléctrica San Ignacio de propiedad de la solicitante, la que tiene una capacidad instalada de 0,65 MW; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844 y el Artículo 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el informe favorable Nº 149-2000-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinión favorable del Director General de Electrici- dad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización por tiempo indefinido a ARCATA ENERGIA S.A.A. que se identificará con Código Nº 31111200, para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica en las instalaciones existentes de la Central Hidroeléc- trica San Ignacio, de propiedad de la empresa solicitante, que operará en el distrito, provincia de Caylloma y departamento de Arequipa, con una capacidad instalada de 0,65 MW. Artículo 2º.- La empresa autorizada está obligada a operar cumpliendolasnormastécnicasydeseguridadpreservandoel