NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (24/09/2000)
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Pág. 193264 NORMAS LEGALES Lima, domingo 24 de setiembre de 2000 proceso, dotándolos adicionalmente de características de seguridad derivadas de la transferencia mecanizada de datos, permitir la lectura mecanizada de los mismos y responder en forma eficiente y eficaz la mayor deman- da, lo que finalmente redundará en mayor beneficio para el usuario; Que, la aplicación del Sistema de Emisión Mecani- zada del Carné de Extranjería, permitirá simplificar los procedimientos números 42 y 47 del TUPA DIGEMIN, siendo en consecuencia necesario, modificar el procedi- miento Nº 47 para facilitar el canje de dicho documento; Que, para la puesta en vigencia del Carné de Extran- jería de emisión mecanizada, se requiere establecer el plazo de validez de los actuales Carnés de Extranjería o Carta de Identidad de expedición manual (Libretas color azul); Que, la verificación de la regularidad de la situación migratoria del titular y del correspondiente pago de tasas en el Carné de Extranjería de emisión mecanizada, requiere disponer el uso de hologramas que se colocarán en el Reverso del Carné como constancia de la situación migratoria regular de su titular y del pago en el Banco de la Nación; Que, el Art. 34º del Reglamento de las Disposicio- nes sobre Seguridad Jurídica en materia administra- tiva contenidas en la Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, aprobada por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM del 28.DIC.92 autoriza la modificación de los procedimientos administrativos incluidos en el TUPA, mediante Resolución Ministerial, en los casos que impliquen la reducción o la simplificación de procedimientos o requisitos; De conformidad con el Dec. Leg. Nº 370 - Ley Orgáni- ca del Ministerio del Interior, Ley Nº 26473 de Reestructu- ración de la Dirección de Migraciones y Naturalización, R.M. Nº 829-95-IN-010305000000 que modifica el Regla- mento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, R.D. Nº 065-97-IN-050103010100 del 11.ABR.97, que aprueba el Manual de Organización y Funciones de la DIGEMIN y Decreto Supremo Nº 002-2000-IN del 27.ABR.00 (TUPA - DIGEMIN); Estando a lo propuesto por la Dirección General de Migraciones y Naturalización y a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Dirección Gene- ral de Migraciones y Naturalización la Implementación y Aplicación del Sistema Mecanizado de Emisión del Carné de Extranjería. Artículo Segundo.- La vigencia del actual formato del Carné de Extranjería, vencerá el 31 de julio del 2001, facultándose a la Dirección General de Migraciones y Naturalización, a efectuar en forma programada el canje de dicho documento. Artículo Tercero.- Aprobar las especificaciones téc- nicas del Carné de Extranjería, que se detallan en el Anexo 01 y que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Modificar el Texto Unico de Pro- cedimientos Administrativos de la DIGEMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2000-IN del 27.ABR.2000, en la parte concerniente al requisito Nº 5 del procedi- miento Nº 47 denominado "duplicado del Carné de Ex- tranjería o Tarjeta de Residente Extranjero" el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: "5º.- En caso de canje a Carné de Extranjería de Emisión Mecanizada, o cambio por deterioro o agota- miento de páginas, adjuntar el Carné de Extranjería a reemplazar." Artículo Quinto.- Encargar a la Dirección General de Migraciones y Naturalización, elaborar la Directiva que norme la aplicación del Sistema Mecanizado de Emisión del Carné de Extranjería, así como el Plan de Instrucción para la capacitación del personal. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER CHACON MALAGA Ministro del Interior 10928JUSTICIA Designan Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Huma- nos del Ministerio de Justicia RESOLUCION SUPREMA Nº 199-2000-JUS Lima, 23 de setiembre del 2000 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante la plaza de Secretario Ejecutivo, nivel (F-5), del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia; Que es necesario designar al funcionario que desempe- ñe dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 50º del Decreto Legislativo Nº 560, modificado por Decreto Legisla- tivo Nº 595 y Decretos Leyes Nº 25515, Nº 25957 y Nº 25993; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha, a la doctora CAROLINA LECIÑANA FALCONI como Secretaria Ejecutiva, nivel (F-5), del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia. Artículo 2º.- La presente Resolución será refrenda- da por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 10980 RELACIONES EXTERIORES Nombran Presidente de la Comisión Nacional de Asuntos Antárticos - CONAAN RESOLUCION SUPREMA Nº 458-2000-RE Lima, 22 de setiembre del 2000 Vista la Resolución Suprema Nº 0173-RE, de 25 de marzo del año 2000, que nombró Presidente de la Comi- sión Nacional de Asuntos Antárticos (CONAAN), al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, don Hernán Couturier Mariátegui, Director Nacional de Desarrollo Fronterizo y Límites; Vista asimismo la Resolución Ministerial Nº 0649-RE, de 4 de setiembre del año 2000, que nombra al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, don César Castillo Ramírez, Director Nacional de Desarrollo Fron- terizo y Límites; Siendo necesario nombrar al nuevo Presidente para la Comisión Nacional de Asuntos Antárticos (CONAAN); De conformidad con el Artículo 2º del Decreto Supre- mo Nº 009-83-RE, de 11 de julio de 1983; el Artículo 6º del Reglamento Orgánico de la referida Comisión, aprobada en Sesión Plenaria del 14 de marzo de 1996; y, el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; SE RESUELVE: 1º.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, don Hernán