Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2000 (24/09/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

Pag. 193262

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 24 de setiembre de 2000

estableciendo los requisitos y documentos requeridos para obtener una autorizacion para explotar maquinas tragamonedas e indicando como autoridad competente para esta materia a la Direccion Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion presentada por la empresa solicitante en el citado expediente se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para obtener la autorizacion para explotar maquinas tragamonedas; Que, siendo la Direccion Nacional de Turismo la autoridad administrativa competente para otorgar autorizaciones para explotar maquinas tragamonedas en el MORDAZA, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nº 001-2000-ITINCI y Nº 002-94-JUS; estando a lo opinado mediante los Informes Tecnico Nº 1572000-DEJCMT/HR, Financiero Nº 126-2000-DEJCMT/ LAT y Legal Nº 170-2000-DEJCMT/CFS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa MORDAZA GAMING PERU S.A.C. la explotacion de maquinas tragamonedas en el Bingo "Palacio Royal", ubicado en MORDAZA Nº 390 esquina con Almagro Nº 500; distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa MORDAZA GAMING PERU S.A.C a explotar noventicinco (95) maquinas tragamonedas y cuatrocientas treinticuatro (434) memorias de solo lectura, cuyas caracteristicas aparecen descritas en los Anexos I y II de la presente Resolucion, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual estan siendo autorizados. Articulo 3º.- Para efectos de la explotacion de maquinas tragamonedas, tengase presente lo dispuesto por el Articulo 13.2 de la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada es desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion hasta el 31 de diciembre del 2002. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 10913 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 668-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 18 de setiembre del 2000 Vistos, el Expediente Nº 003036-2000-MITINCI presentado por la empresa MORDAZA Gaming Peru S.A.C. solicitando autorizacion para la explotacion de maquinas tragamonedas en la Discoteca "Palacio Royal", ubicada en San MORDAZA Nºs. 773-779-781; distrito, provincia y departamento de Tacna y los Informes Tecnico Nº 154-2000-DEJCMT/EB, Financiero Nº 134-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 1712000-DEJCMT/CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendo los requisitos y documentos requeridos para obtener una autorizacion para explotar maquinas tragamonedas e indicando como autoridad competente para esta materia a la Direccion Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion presentada por la empresa solicitante en el citado expediente se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para obtener la autorizacion para explotar maquinas tragamonedas;

Que, siendo la Direccion Nacional de Turismo la autoridad administrativa competente para otorgar autorizaciones para explotar maquinas tragamonedas en el MORDAZA, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nº 001-2000-ITINCI y Nº 002-94-JUS; estando a lo opinado mediante los Informes Tecnico Nº 1542000-DEJCMT/EB, Financiero Nº 134-2000-DEJCMT/ LAT y Legal Nº 171-2000-DEJCMT/CFS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa MORDAZA GAMING PERU S.A.C. la explotacion de maquinas tragamonedas en la Discoteca "Palacio Royal", ubicada en San MORDAZA Nºs. 773-779-781, distrito, provincia y departamento de Tacna. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa MORDAZA GAMING PERU S.A.C a explotar setentinueve (79) maquinas tragamonedas y trescientos cincuentitres (353) memorias de solo lectura, cuyas caracteristicas aparecen descritas en los Anexos I y II de la presente Resolucion, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual estan siendo autorizados. Articulo 3º.- Para efectos de la explotacion de maquinas tragamonedas, tengase presente lo dispuesto por el Articulo 13.2 de la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada es desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion hasta el 31 de diciembre del 2002. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 10914

Inscriben a Recreativos Turisticos MORDAZA Peru S.A. en el Registro de personas juridicas autorizadas para reconstruir maquinas tragamonedas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 666-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 18 de setiembre del 2000 Vistos, el Expediente Nº 007323-2000-MITINCI presentado por la empresa RECREATIVOS TURISTICOS MORDAZA PERU S.A. solicitando su inscripcion en el registro de personas juridicas autorizadas para reconstruir maquinas tragamonedas y el Informe Nº 173-2000DE-JCMT/CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, cuyo Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI establece en el Articulo 17º la informacion y documentacion que debe presentarse para la inscripcion en el registro de personas juridicas autorizadas para reconstruir maquinas tragamonedas; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion presentada por la empresa RECREATIVOS TURISTICOS MORDAZA PERU S.A. en el Expediente Nº 0073232000-MITINCI se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables; Que, siendo la Direccion Nacional de Turismo la autoridad administrativa competente para autorizar la inscripcion en el registro de personas juridicas autorizadas para reconstruir maquinas tragamonedas, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y estando a lo opinado mediante el Informe Nº 173-2000-DE-JCMT/CFS;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.