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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (24/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 193261 NORMAS LEGALES Lima, domingo 24 de setiembre de 2000 Vistos, el Expediente Nº 002977-2000-MITINCI presentado por la empresa Compañía Administrado- ra de Restaurantes Machines S.A. solicitando autori- zación para la explotación de máquinas tragamone- das en la Discoteca "La Cabana", ubicada en la aveni- da Ulises Delboy Nº 845; distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima y los Infor- mes Técnico Nº 084-2000-DEJCMT/FA, Financiero Nº 124-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 167-2000-DE- JCMT/CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se reguló la explo- tación de los juegos de casino y máquinas tragamone- das, estableciendo los requisitos y documentos reque- ridos para obtener una autorización para explotar máquinas tragamonedas e indicando como autoridad competente para esta materia a la Dirección Nacio- nal de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacio- nales; Que, de la evaluación de la documentación e informa- ción presentada por la empresa solicitante en el citado expediente se advierte que ha cumplido con las disposi- ciones legales aplicables para obtener la autorización para explotar máquinas tragamonedas; Que, siendo la Dirección Nacional de Turismo la autoridad administrativa competente para otorgar autorizaciones para explotar máquinas tragamonedas en el país, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nº 001-2000-ITINCI y Nº 002-94-JUS; estan- do a lo opinado mediante los Informes Técnico Nº 084- 2000-DEJCMT/FA, Financiero Nº 124-2000-DEJCMT/ LAT y Legal Nº 167-2000-DEJCMT/CFS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa COMPAÑIA ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES MACHI- NES S.A. la explotación de máquinas tragamonedas en la Discoteca "La Cabana", ubicada en la avenida Ulises Delboy Nº 845; distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empresa COMPAÑIA ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES MACHINES S.A. a explotar se- tenta (70) máquinas tragamonedas y trescientas diecinueve (319) memorias de solo lectura, cuyas características aparecen descritas en los Anexos I y II de la presente Resolución, no pudiendo ser traslada- dos a un establecimiento distinto de aquel para el cual están siendo autorizados. Artículo 3º.- Para efectos de la explotación de máqui- nas tragamonedas, téngase presente lo dispuesto por el Artículo 13.2 de la Ley Nº 27153. Artículo 4º.- El plazo de vigencia de la autorización otorgada es desde la entrada en vigencia de la presente Resolución hasta el 31 de diciembre del 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 10910 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 657-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 13 de setiembre del 2000 Vistos, el Expediente Nº 002976-2000-MITINCI presentado por la empresa Compañía Administradora de Restaurantes Machines S.A. solicitando autorización para la explotación de máquinas tragamonedas en la Discoteca "La Cabana", ubicada en la avenida Nicolás de Piérola Nºs. 902-910-914 esquina con Jr. De la Unión Nº 1001; distrito, provincia y departamento de Lima y losInformes Técnico Nº 108-2000-DEJCMT/FA, Financiero Nº 123-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 169-2000-DE- JCMT/CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se reguló la explo- tación de los juegos de casino y máquinas tragamone- das, estableciendo los requisitos y documentos reque- ridos para obtener una autorización para explotar máquinas tragamonedas e indicando como autoridad competente para esta materia a la Dirección Nacio- nal de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacio- nales; Que, de la evaluación de la documentación e informa- ción presentada por la empresa solicitante en el citado expediente se advierte que ha cumplido con las disposi- ciones legales aplicables para obtener la autorización para explotar máquinas tragamonedas; Que, siendo la Dirección Nacional de Turismo la autoridad administrativa competente para otorgar autorizaciones para explotar máquinas tragamonedas en el país, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nº 001-2000-ITINCI y Nº 002-94-JUS; estan- do a lo opinado mediante los Informes Técnico Nº 108- 2000-DEJCMT/FA, Financiero Nº 123-2000-DEJCMT/ LAT y Legal Nº 169-2000-DEJCMT/CFS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa COMPAÑIA ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES MACHI- NES S.A. la explotación de máquinas tragamonedas en la Discoteca "La Cabana", ubicada en la avenida Nicolás de Piérola Nºs. 902-910-914 esquina con Jr. De la Unión Nº 1001; distrito, provincia y departa- mento de Lima. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empresa COMPAÑIA ADMINISTRADORA DE RES- TAURANTES MACHINES S.A. a explotar setenta (70) máquinas tragamonedas y cuatrocientas veintio- cho (428) memorias de solo lectura, cuyas caracterís- ticas aparecen descritas en los Anexos I y II de la presente Resolución, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual están siendo autorizados. Artículo 3º.- Para efectos de la explotación de máqui- nas tragamonedas, téngase presente lo dispuesto por el Artículo 13.2 de la Ley Nº 27153. Artículo 4º.- El plazo de vigencia de la autorización otorgada es desde la entrada en vigencia de la presente Resolución hasta el 31 de diciembre del 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 10911 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 667-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 18 de setiembre del 2000 Vistos, el Expediente Nº 003040-2000-MITINCI presentado por la empresa Dakota Gaming Perú S.A.C. solicitando autorización para la explotación de máqui- nas tragamonedas en el Bingo "Palacio Royal", ubicado en Pizarro Nº 390 esquina con Almagro Nº 500; distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad y los Informes Técnico Nº 157-2000-DEJCMT/HR, Finan- ciero Nº 126-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 170-2000- DEJCMT/CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se reguló la explota- ción de los juegos de casino y máquinas tragamonedas,