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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (24/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 193259 NORMAS LEGALES Lima, domingo 24 de setiembre de 2000 ENERGIA Y MINAS Otorgan autorización de generación de energía eléctrica térmica para consumo propio a LARCO MAR S.A. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 264-2000-EM/VME Lima, 20 de junio de 2000 Visto el Expediente Nº 33108400, que incluye los docu- mentos con Registro Nº 1279176, sobre otorgamiento de autorización para generación de energía eléctrica de acuer- do con el Artículo 4º del Decreto Ley Nº 25844 presentado por LARCO MAR S.A. persona jurídica inscrita en la Ficha Nº 116113 del Registro Mercantil de Lima; CONSIDERANDO: Que, LARCO MAR S.A., ha solicitado autorización para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica para su propio consumo en la Central Térmica existente Larco Mar, de propiedad de la solicitante, la que tiene una capacidad instalada de 1,50 MW ; Que, la petición se halla amparada en las disposi- ciones contenidas en el Artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844 y Artículo 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cum- plido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable Nº 105-2000-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización por tiempo indefi- nido a LARCO MAR S.A. que se identificará con Código Nº 33108400, para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica para su propio consumo, en las instalaciones existentes de la Central Térmica Larco Mar, de propiedad de la empresa solicitante, que operará en el distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, con una capacidad instalada de 1,50 MW. Artículo 2º.- La empresa autorizada está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patri- monio Cultural de la Nación; así como a remitir la informa- ción estadística y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 009-93-EM y otras normas legales pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CHAMOT Ministro de Energía y Minas 7311 MITINCI Aceptan donación destinada al apoyo de actividades sobre generación de talleres de tejidos para artesanos y madres desempleadas en zonas de Lima, Abancay y Ayacucho RESOLUCION MINISTERIAL Nº 127-2000-ITINCI/DM Lima, 22 de setiembre de 2000Visto la Carta del 13 de setiembre del presente año, de la Congregación Madres de la Divina Providencia, sobre la aceptación de una donación; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de Donación, con firma legalizada por el Consulado General del Perú de Frankfort del Meno, la Missions Prokura de la Con- gregación de Padres Benedictinos, con sede en 97359 Munsterschwarzach Abtei, Alemania, efectúa una donación de bienes a favor de la Congregación de las Madres de la Divina Providencia, con domicilio en Abancay, Apurímac, Perú, a fin de que sean utiliza- dos en las actividades sociales que realiza la Congre- gación en la generación de pequeños talleres de teji- dos en diversas zonas de la periferia de Lima, Aban- cay y Ayacucho; Que, según Conocimiento de Embarque Nº HBG 504544 del 2 de agosto de 2000, extendida por CMA- CGM, se consigna que la mercadería donada ha sido enviada en los Contenedores Nºs. 468-138-2 y 737 744- 6, y embarcada en el Puerto Marítimo de Hamburgo con destino al Puerto Marítimo del Callao; Que, la importación de bienes donados a favor de entidades religiosas se encuentran inafectas al Im- puesto General a las Ventas y derechos arancelarios en virtud a lo previsto por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y Decreto Legislativo Nº 809 respectiva- mente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942, Resolución Suprema Nº 508-93-PCM, Decre- to Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Legislativo Nº 719; Con la opinión favorable de la Oficina General de Cooperación Técnica Internacional, contenida en el Informe Nº 07-2000-MITINCI/SG-OGCTI del 18 de setiembre de 2000; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación de bienes efec- tuada por la Congregación de Padres Benedictinos, con sede en Munsterschwarzach, Alemania, a favor de la Congregación de las Madres de la Divina Providencia, con un valor aproximado de DM 101,094.90 (Ciento Un Mil Noventicuatro con 90/ 100 Marcos Alemanes) equivalente a US$ 47,894 (Cuarentisiete mil Ochocientos Noventicuatro Dó- lares Americanos) pero sin valor comercial y con un peso aproximado de 15,111 Kg. Artículo 2º.- Los bienes cuyas características se detallan en el anexo que forma parte de la presente Resolución, serán destinados al apoyo de las activida- des sociales que realiza la Congregación de las Ma- dres de la Divina Providencia en la generación de pequeños talleres de tejidos para artesanos y madres desempleadas en diversas zonas periféricas de Lima, Abancay y Ayacucho. Artículo 3º.- Dejar expresa constancia que queda prohibida la venta o la recepción de dinero como condi- ción para la entrega de los bienes donados. Artículo 4º.- Disponer que la recurrente remita a la Oficina General de Cooperación Técnica Internacional del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, copia del Acta de Entrega o Recepción de la donación recibida de acuerdo a lo prescrito en el numeral 7.7 de la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución Ministerial a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y al Ministerio de Relaciones Exteriores dentro de los plazos estable- cidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO ROMERO DE LA PUENTE Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales