NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (26/09/2000)
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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, martes 26 de setiembre de 2000 AÑO XVIII - Nº 7400 Pág. 193287Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" AGRICULTURA Prorrogan alcances del D.S. Nº 004- 99-AG sobre reserva de aguas a favor del Proyecto Especial "Majes" del INADE DECRETO SUPREMO Nº 055-2000-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 004-99-AG de fecha 13 de enero de 1999, se prorrogó hasta el 13 de agosto del año 2000, los alcances del Decreto Supremo Nº 005-97-AG, a favor del Proyecto Especial Majes del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, para atender el Proyecto de Desarrollo Integral Majes; y que comprende las reservas de las cuencas siguientes: a) Cuenca Alta del río "Colca" desde la toma de captación, en la localidad de Tuti aguas arriba hasta la zona de la cuenca reservada para el Sistema Regulado del río Chili, con un área de cuenca húmeda aprovechable de 3,360 km2. b) Cuenca del río "Apurímac", desde sus nacientes hasta el reservorio proyectado de Angostura, ubicado en el distrito y provincia de Caylloma, departamento de Arequipa. c) Cuenca del río "Siguas", desde sus nacientes hasta la toma de captación en la localidad de Pitay, respetándose los usos establecidos en los asentamientos de San Juan de Siguas y de Santa Rita de Siguas que se fijan en 3.5 m3/seg. en época de estiaje y 5.0 m3/seg. en época de avenida. Así como también se reservan para el mencionado Proyecto las aguas sobrantes de la Cuenta Alta del río Molloco o Huaruro, con un área de cuenca húmeda aprovechable de 890 km2. respetándose los 6,000 lts/seg. de las aguas del citado río, solicitado por la Compañía Minera del Madrigal S.A. con fines energéticos y demás usos establecidos; Que, por medio del Oficio Nº 502-2000-AUTODEMA-INADE- 8501-81, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial "Majes" del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, manifiesta que encon- trándose en proceso de habilitación los asentamientos agrícolas y superficies de desarrollo del Proyecto Majes, se requiere asegurar la disponibilidad de los recursos hídricos reservados, por el que solicita la prórroga por dos (2) años más, de los alcances del Decreto Supremo Nº 004-99-AG; De conformidad con lo dispuesto por el inciso a) del Artículo 10º del Reglamento de los Títulos I, II y III del Decreto Ley Nº 17752 - Ley General de Aguas, aprobado por Decreto Supremo Nº 261-69-AP del 12 de diciembre de 1969, las reservas de agua que establezca el Estado tendrán vigencia durante dos (2) años, renovables, cuando existan razones técnicas o planes específicos que así lo justifiquen; y, En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Prorrógase, hasta el 13 de agosto del año 2002, los alcances del Decreto Supremo Nº 004-99-AG, a favor del Proyecto Especial "Majes"del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE. Artículo 2º.- La Administración Técnica del Distrito de Riego Colca-Siguas-Chivay de la Dirección Regional Agraria Arequipa, queda encargada de velar por el cumplimiento del presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de setiembre del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República JOSE CHLIMPER ACKERMAN Ministro de Agricultura 11008Aprueban transferencia de máquina a la Central de Comedores Autogestio- narios y Club de Madres de José Car- los Mariátegui, distrito de Villa María del Triunfo RESOLUCION SUPREMA Nº 092-2000-AG Lima, 25 de setiembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, en el marco legal del Decreto Ley Nº 25711, del Decreto Supremo Nº 67-94-EF y de la Resolución Ministerial Nº 141-94- EF/75, el Ministerio de Agricultura y la Empresa China National Constructional & Agricultural Machinery Import & Export Corporation de la República Popular China celebraron el contrato de Compra - Venta Nº 94-AMPE 201/001 para la adquisición de tractores, maquinaria, implementos de uso agrícola y equipos por un monto de US$ 34'767,313.00 (Treinticuatro Millones Setecien- tos Sesentisiete Mil Trescientos Trece y 00/100 Dólares America- nos). Que, dicho contrato de Compra - Venta ha sido aprobado por Resolución Ministerial Nº 0505-94-AG. Que, los bienes indicados en el primer considerando fueron destinados al equipamiento y mecanización del sector agrícola en las zonas más deprimidas del Perú, tal como lo dispone la acotada Resolución Ministerial Nº 141-94-EF/75, a través de transferen- cias y donaciones a favor de entidades públicas y privadas, acción que es necesario regularizar. De conformidad con el Artículo 3º, numeral 3 del Decreto Legislativo Nº 560 y Artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 804. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar en vía de regularización, la transfe- rencia efectuada por el Ministerio de Agricultura a la Central de Comedores Autogestionario y Club de Madres de José Carlos Mariátegui-Villa María del Triunfo-Lima, de 1 Máquina para preparar fideos, Modelo: MT-75 con motor eléctrico incorporado de 3HP 1730 R.P.M., Chasis Nº 1346, Motor Nº 2411, por un valor de Tres Mil Setentiséis y 00/06 Nuevos Soles (S/. 3,076.06). Artículo 2º.- Dar de baja de los Registros Patrimoniales y Contables del Pliego 013-Ministerio de Agricultura el bien a que contrae el artículo anterior. Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JOSE CHLIMPER ACKERMAN Ministro de Agricultura 11009 ECONOMIA Y FINANZAS Nombran miembros del Directorio de EGESUR S.A. RESOLUCION SUPREMA Nº 286-2000-EF Lima, 25 de setiembre del 2000