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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (12/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 208644 NORMAS LEGALES Lima, domingo 12 de agosto de 2001 parte del Art. 170º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley Nº 26922 - Marco de Descentraliza- ción; Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; y Resolución Suprema Nº 135-2000-PRES; RESUELVE: Artículo Primero.- Imponer la Sanción Administra- tiva Disciplinaria de DESTITUCION a doña MARIELA OCHOA CHAMBI, servidora contratada en el cargo de Madre Sustituta de la Aldea Infantil "Juan Pablo II" del CTAR CUSCO.Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano con arreglo a las normas legales vigentes, sin perjuicio de su notificación personal y/o transcripción a la procesada y a las dependencias respectivas que corresponda. Regístrese y comuníquese. RONALD PERALTA TAMAYO Presidente Ejecutivo CTAR CUSCO 29116 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Incorporan procedimiento sobre apela- ción en materia de tránsito y transporte urbano en el TUPA de la Municipalidad ORDENANZA Nº 338 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDÍA: POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión de fecha 6 de agosto de 2001, de acuerdo con el Dictamen de la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 091-2001-MML/CEPP; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 330-MML del 29 de junio de 2001, se aprobó el Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA de la Municipalidad Metropolita- na de Lima para el ejercicio 2001; Que, la Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 757 esta- blece que sólo podrá exigirse a los particulares el cumpli- miento de los procedimientos administrativos que consten en el TUPA; Que, de conformidad con el Artículo 22º del citado Decreto Legislativo, en el caso de Gobiernos Locales, toda modificación del TUPA deberá ser aprobada por Ordenan- za;Que, los Artículos 21º y 27º de la Ordenanza Metropo- litana Nº 154-MML establece que el Recurso de Apelación contra la resolución que resuelve Recursos de Reconside- ración contra las papeletas impuestas por infracciones al Reglamento de Tránsito y Transporte Urbano, será re- suelto mediante Resolución de Alcaldía emitida por el Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, es necesario incorporar en el TUPA de la Munici- palidad Metropolitana de Lima el procedimiento de Recur- sos Impugnativos - Apelación en materia de Tránsito y Transporte Urbano; Estando a lo dispuesto por los Artículos 109º y 110º y el numeral 4 del Artículo 134º de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades, ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Incorpórese al Texto Único de Procedi- mientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el procedimiento que se menciona a continuación, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza. • Procedimiento de "Recursos Impugnativos - Apela- ción en materia de Tránsito y Transporte Urbano" de la Secretaría General del Concejo Metropolitano de Lima. Artículo 2º.- Aprobar el derecho contenido en el pro- cedimiento aprobado en la presente Ordenanza. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO : Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los seis días del mes de agosto de dos mil uno. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía SECRETARÍA GENERAL DEL CONCEJO N° DENOMINACION DEL REQUISITOS DERECHO AUTO - CALIFICACION DEPENDENCIA AUTORIDAD PROCEDIMIENTO TRAMITE MATI- PREVIA DONDE SE INICIA QUE EN S/. CO POS. NEG. TRAMITE APRUEBA 1Recursos Impugnativos 1. Designación del funcionario o Dependencia ante quien se 30 30 días Departamento Alcalde dirige hábiles de Reclamos 2. Nombre, documento de Identidad y domicilio del recurrente de Infracciones 1,1 Apelación 3. Identificación de la Resolución Impugnada de Tránsito (en materia de Tránsito y 4. Sustentación del Recurso del Servicio de Transporte Urbano) 5. Firma del Recurrente y su abogado Administración 6. Documentos que acrediten el legítimo interés de la persona Tributaria - SAT que presenta el documento, según el siguiente detalle: * Conductor: Licencia de conducir * Propietario: tarjeta de propiedad del vehículo, contrato de compra venta o cualquier otro documento que acredite la propiedad del mismo. * Tercero interesado: cualquier documento que acredite el legítimo interés. * Poder simple vigente y suficiente que acredite la calidad de representante, de ser el caso. Tratándose de personas jurídicas el Poder deberá ser legalizado. 7. Copia legalizada o fedateada de los documentos probatorios correspondientes. 8. Exhibir y presentar copia simple del siguiente documento: * Original del recibo de agua, luz o teléfono del domicilio señalado por el interesado en el escrito presenta do. 29110