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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (23/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 57

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 209104 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de agosto de 2001 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energía y Minas 29711 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 148-2001-EM Lima, 22 de agosto de 2001 Visto el Oficio Nº GSG-653-2001, de fecha 10 de agosto de 2001, del Gerente Servicios Generales de la Empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CENTRO- MIN PERU S.A., mediante el cual solicita modificación de la Resolución Suprema Nº 123-2001-EM, de fecha 11 de julio de 2001; CONSIDERANDO: Que, el Directorio de CENTROMIN PERU S.A. en su Sesión Nº 11-2001, de fecha 18 de mayo de 2001, mediante Acuerdo Nº 30-2001, aprobó la donación a favor de la Univer- sidad Nacional de Ingeniería, de la titularidad del Prospecto Minero Sonaste, que comprende la concesión de 400 hectá- reas, ubicado en el paraje Ingenio, distrito de Yanacancha, provincia de Chupaca, departamento de Junín, inscrita en el Asiento 3, Ficha Nº 9134 del Registro Minero de Huancayo; siendo autorizada mediante Resolución Suprema Nº 123- 2001-EM, de fecha 11 de julio de 2001; Que, con fecha 18 de julio de 2001, el Directorio de CENTROMIN PERU S.A. en su Sesión Nº 16-2001, me- diante Acuerdo Nº 45-2001 precisó el Acuerdo de Directorio Nº 30-2001 en el sentido de considerar como valor del derecho minero "Sonaste", la suma total de S/. 1,00 (Un Nuevo Sol) para efectos de la gestión registral y de lo establecido en el Artículo 1625º del Código Civil; Que, en consecuencia es necesario modificar el Artícu- lo 1º de la Resolución Suprema Nº 123-2001-EM; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 804; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el Artículo 1º de la Reso- lución Suprema Nº 123-2001-EM, de fecha 11 de julio de 2001, el que quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 1º.- Autorizar la donación que efectuará la empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CENTRO- MIN PERU S.A., a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería, de la titularidad del Prospecto Minero So- naste, que comprende la concesión de 400 hectáreas, ubicado en el paraje Ingenio, distrito de Yanacancha, provincia de Chupaca, departamento de Junín, inscrita en el Asiento 3, Ficha Nº 9134 del Registro Minero de Huancayo, cuyo valor total ha sido considerado por el Directorio en S/. 1,00 (Un Nuevo Sol)." Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energía y Minas 29712 Autorizan viaje de asesor del IPEN a Colombia y Guatemala, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 149-2001-EM Lima, 22 de agosto de 2001Visto el Oficio Nº 080-01-IPEN/PRES, de fecha 13 de agosto de 2001, del Presidente del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, solicitando autorización de viaje para un Asesor; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, tiene entre sus prioridades establecer y fortalecer con- tactos internacionales que permitan la exportación de los bienes y servicios producidos en el Reactor RP-10 del Centro Nuclear; Que, para tal efecto, es necesario buscar y establecer vínculos comerciales con entidades nacionales e interna- cionales afines que permitan obtener recursos propios para el autosostenimiento del IPEN, por lo que se ha considerado necesario autorizar el viaje del Asesor de la Unidad de Comercialización del IPEN, Econ. Manuel Arteta Hinojosa a la ciudad de Bogotá en Colombia y a la ciudad de Guatemala en Guatemala, del 19 al 25 de agosto de 2001; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Su- premo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Su- premo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del Econ. Manuel Arteta Hinojosa, Asesor de la Unidad de Comercializa- ción del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, a la ciudad de Bogotá en Colombia y a la ciudad de Guate- mala en Guatemala, del 19 al 25 de agosto de 2001, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente Resolución que ascienden a US$ 2 407,00 (Dos Mil Cuatrocientos Siete y 00/100 Dólares Americanos) serán cubiertos por el Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 982,00 Viáticos (US$ 200,00 x 7 días) US$ 1 400,00 Tarifa CORPAC US$ 25,00 ------------ TOTAL US$ 2 407,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denomina- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energía y Minas 29713 MITINCI Disponen publicar y poner en vigencia Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Alcance Parcial de Complementa- ción Económica Nº 39, suscrito con Colombia, Ecuador, Venezuela y Brasil DECRETO SUPREMO Nº 026-2001-ITINCI EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA