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Pág. 213514 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de diciembre de 2001 vialidad y de conformidad con el Plano del Sistema Vial correspondiente al distrito de Santiago de Surco, califi- ca a la avenida Alonso de Molina, entre el tramo Panamericana Sur - Calle Nicolás Rodrigo con una sec- ción de 16.70 ml aprobándosele con una sección de 20.08 ml, y en cuanto la calle "C" y calle El Recuerdo propo- nen un ancho de 16.80 ml y 12.94 ml, respectivamente. Finalmente, se indica que los aportes aprobados se mantendrán invariables, habiéndose cancelado los correspondientes a Recreación Pública y Parques Zo- nales; opinándose por la procedencia de la ratificación solicitada; Que, la Comisión Metropolitana de Habilitación Urba- na, mediante Acuerdo Nº 13, tomado en Sesión Nº 09-2001, de fecha 17 de mayo del 2001, recomendó ratificar la Re- solución Nº 862-2000-RASS, de fecha 2 de agosto del 2000, promovido por don ROBERTO SATOSHI MORIZAKI CHI- HARA; Con el visto bueno de la Dirección de Habilitaciones Urbanas y de la Unidad Técnico Legal, con lo recomen- dado por la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Ordenanzas Metropolita- nas Nºs. 133 y 273 del 19 de diciembre de 1997 y 18 de mayo del 2000, respectivamente, Decreto de Alcal- día Nº 055-2000-MML del 11 de julio del 2000, Edicto Metropolitano Nº 021 del 1 de abril de 1985, Reglamento Nacional de Construcciones, Decreto Supremo Nº 02- 94-JUS y Ley Nº 26960; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR la Resolución Nº 862- 2000-RASS, de fecha 2 de agosto del 2000, emitida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco correspon- diente a la Modificación de Proyectos de Habilitación Ur- bana con Construcción Simultánea para Uso Residencial de Baja Densidad "R-2" del terreno de 10,001.00 m2, ubi- cado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y depar- tamento de Lima, promovido por don ROBERTO SATOSHI MORIZAKI CHIHARA. Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR, la presente Re- solución a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco y a la Oficina Registral de Lima y Callao, para los fines pertinentes. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, la misma que estará a cargo de los interesados en un plazo máximo de 30 días de notificada la misma. Comuníquese, regístrese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 35686 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Sustituyen artículo de la Ordenanza Nº 026-MSI, sobre reajuste de montos de arbitrios municipales ORDENANZA Nº 037-MSI San Isidro, 23 de noviembre de 2001 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO; En Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos, las Municipalidades Pro- vinciales son responsables por la gestión de los residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas ac- tividades que generen residuos, similares a éstos, en todo el ámbito de su jurisdicción; y las Municipalidades Distrita-te, distribución y expendio de estos artículos para fines comerciales. Artículo Tercero.- Para la imposición de las sanciones correspondientes por la comisión de las infracciones identificadas con los códigos 01-0401 y 01-0402 de los Cuadros de Sanciones y Escala de Multas de la Ordenan- za Nº 337-MML y el Decreto de Alcaldía Nº 105, la Autori- dad Municipal observará obligatoriamente la precisión he- cha en los Artículos Primero y Segundo de este Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- El presente Decreto entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 35694 Ratifican resolución correspondiente a la modificación de proyectos de habilitación urbana con construcción simultánea para uso residencial de te- rreno ubicado en el distrito de Santia- go de Surco RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 27097 Lima, 4 de septiembre de 2001 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA VISTOS, en copias certificadas el Expediente Nº 4163- 2000-2, mediante el cual la Municipalidad Distrital de San- tiago de Surco solicita la ratificación de la Resolución de Alcaldía Nº 862-2000-RASS, de fecha 2 de agosto del 2000, promovido por don ROBERTO SATOSHI MORIZAKI CHI- HARA y el Oficio Nº 099-2001-DDU-MSS, contenido en el Codificado Nº 12666-2001; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 139-96-MLM-DMDU, de fecha 19 de julio de 1996, se aprueban, de conformidad con el Plano signado con el Nº 064-96-MLM-DGO-DHU, los Proyectos referentes a trazado y lotización, pavimen- tación de calzadas y aceras correspondientes a la Habili- tación Urbana para Uso Residencial de Baja Densidad "R-2" del terreno de 10,001.00 m2, de propiedad del Sr. Roberto Satoshi Morizaki y Sra., constituido por el lote "A" del fundo Pampas de Santa Teresa, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; Que, por Resolución Nº 264-2000-RASS, expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, con fecha 9 de febrero del 2000, se resolvió ampliar el plazo de 18 meses para la Ejecución de Obras de Habilitación Urbana con Construcción Simultánea de acuerdo al Plano Nº 064- 96-MLM-DGO-DHU, aprobado por Resolución Nº 139-96- MLM-DMDU; Que, por Resolución Nº 862-2000-RASS, expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, con fecha 2 de agosto del 2000, se aprueba la modificación del Pro- yecto de Habilitación Urbana con Construcción Simultá- nea para Uso Residencial de Baja Densidad "R-2" de acuer- do al Plano Nº 019-2000-MSS-DDU-SDOPRIV; Que, mediante Ordenanza Nº 077-2001-MML-DMDU- DHU-DRD de fecha 3 de mayo del 2001 se señala que, el Plano de Lotización modificado aprobado por la Munici- palidad Distrital de Santiago de Surco con relación al Plano de Lotización aprobado por la Municipalidad de Lima Metropolitana, difiere sólo en cuanto a las áreas de los lotes A4, A5 y A6 que fueron aprobados antes con 1,344.70 m2, 1302.40 m2 y 1,023.00 m2, siendo modifi- cados con 1,270.70 m2, 1,402.40 m2 y 997.00 m2, res- pectivamente, manteniéndose invariable el diseño urba- no y el área útil; que, en cuanto a la zonificación se ha verificado que se mantiene vigente para Uso Residen- cial de Baja Densidad "R-2"; además con respecto a la