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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (29/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 244

TEXTO PAGINA: 159

Pág. 214729 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de diciembre de 2001 8107.20.00 -Cadmio en bruto; polvo: 8107.20.00.10 ---En bolas 12 8107.20.00.90 ---Los demás 12 8107.30.00.00 -Desperdicios y desechos 12 8107.90.00.00 -Los demás 4 81.08 Titanio y sus manufacturas, incluidos los desperdicios y desechos. 8108.20.00.00 -Titanio en bruto; polvo 4 8108.30.00.00 -Desperdicios y desechos 12 8108.90.00.00 -Los demás 4 81.09 Circonio y sus manufacturas, incluidos los desperdicios y desechos. 8109.20.00.00 -Circonio en bruto; polvo 4 8109.30.00.00 -Desperdicios y desechos 12 8109.90.00.00 -Los demás 4 81.10 Antimonio y sus manufacturas, incluidos los desperdicios y desechos. 8110.10.00.00 -Antimonio en bruto; polvo 12 8110.20.00.00 -Desperdicios y desechos 12 8110.90.00.00 -Los demás 4 8111.00 Manganeso y sus manufacturas, incluidos los desperdicios y desechos. -Manganeso en bruto; desperdicios y desechos; polvo: 8111.00.11.00 --Manganeso en bruto; polvo 4 8111.00.12.00 --Desperdicios y desechos 4 8111.00.90.00 -Los demás 4 81.12 Berilio, cromo, germanio, vanadio, galio, hafnio (celtio), indio, niobio (colombio), renio y talio, así como las manufacturas de estos metales, incluidos los desperdicios y desechos. -Berilio: 8112.12.00.00 --En bruto; polvo 4 8112.13.00.00 --Desperdicios y desechos 12 8112.19.00.00 --Los demás 4 -Cromo: 8112.21.00.00 --En bruto; polvo 4 8112.22.00.00 --Desperdicios y desechos 12 8112.29.00.00 --Los demás 4 8112.30 -Germanio: 8112.30.10.00 --En bruto; polvo 4 8112.30.20.00 --Desperdicios y desechos 4 8112.30.90.00 --Los demás 4 8112.40 -Vanadio: 8112.40.10.00 --En bruto; polvo 4 8112.40.20.00 --Desperdicios y desechos 4 8112.40.90.00 --Los demás 4 -Talio: 8112.51.00.00 --En bruto; polvo 12 8112.52.00.00 --Desperdicios y desechos 12 8112.59.00.00 --Los demás 4 -Los demás: 8112.92 --En bruto; desperdicios y desechos; polvo: 8112.92.10.00 ---En bruto; polvo 12 8112.92.20.00 ---Desperdicios y desechos 12 8112.99.00.00 --Los demás 4 8113.00.00.00 Cermet y sus manufacturas, incluidos los desperdicios y desechos. 4 Capítulo 82 Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común; partes de estos artículos, de metal común Notas. 1. Independientemente de las lámparas de soldar, de las fraguas portátiles, de las muelas con bastidor y de los juegos de manicura o pedicuro, así como de los artículos de la partida 82.09, este Capítulo comprende solamente los artículos provistos de una hoja u otra parte operante: a) de metal común; b) de carburo metálico o de cermet; c) de piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas), con soporte de metal común, carburo metálico o cermet; d) de abrasivos con soporte de metal común, siempre que se trate de útiles cuyos dientes, aristas u otras partes cortantes no hayan perdido su función propia por la presencia de polvo abrasivo. 2. Las partes de metal común de los artículos de este Capítulo se clasificarán con los mismos, excepto las partes especialmente citadas y los portaútiles para herramientas de mano de la partida 84.66. Sin embargo, siempre se excluyen de este Capítulo las partes o accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de esta Sección. Se excluyen de este Capítulo, las cabezas, peines, contrapeines, hojas y cuchillas de afeitadoras, cortadoras de pelo o esquiladoras, eléctricas (partida 85.10). 3. Los surtidos formados por uno o varios cuchillos de la partida 82.11 y un número, por lo menos igual, de artículos de la partida 82.15, se clasificarán en esta última partida. Código Designación de la Mercancía A/V 82.01 Layas, palas, azadas, picos, binaderas, horcas de labranza, rastrillos y raederas; hachas, hocinos y herramientas similares con filo; tijeras de podar de cualquier tipo; hoces y guadañas, cuchillos para heno o para paja, cizallas para setos, cuñas y demás herramientas de mano, agrícolas, hortícolas o forestales.Código Designación de la Mercancía A/V