Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2001 (10/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, martes 10 de MORDAZA de 2001
Nº DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

NORMAS LEGALES
REQUISITOS

Pag. 206511

DERECHO EVALUACION PREVIA No Dependencia Autoridad Autoridad DE Con Aplic. Con Aplic. Regu- donde se que que Resuelve PAGO Auto- Silen. Adm. Silen. Adm. lado inicia el aprueba el Recurso matico Positivo Negativo Tramite el Tramite Impugnativo

ingresos; 13. Estados Financieros elaborados con una anterioridad no mayor de 30 dias previos a la MORDAZA de la solicitud. Adicionalmente debera presentar los Estados Financieros de los tres ultimos ejercicios fiscales o los que hubiera elaborado de haber sido constituido en fecha posterior. Los Estados Financieros deberan estar suscritos por contador publico colegiado; 14. El solicitante asi como sus socios deberan presentar la informacion que sea requerida a efectos de llevar a cabo la investigacion financiera y de antecedentes a que se hace referencia en el articulo 15 de la Ley Nº27153 y articulo 20 de su Reglamento; 15. Declaracion Jurada senalando que la ubicacion del establecimiento se encuentra a no menos de 150 (ciento cincuenta) metros como minimo de MORDAZA, instituciones educativas, cuarteles y hospitales; 16. Fotocopia simple de la MORDAZA otorgada por la Direccion Nacional de Turismo, que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos para hoteles y restaurantes que ostenten la categoria de 3 (tres), 4 (cuatro) o 5 (cinco) tenedores turisticos, segun sea el caso; 17. Fotocopia simple de los documentos que acrediten el derecho de propiedad y de ser el caso, de posesion del inmueble en donde pretende explotar la sala de juegos; la relacion existente entre el solicitante y el titular del derecho sobre el inmueble; y consentimiento expreso del propietario para su explotacion en el mismo; Si el propietario del inmueble donde se instalara la sala de juegos es una persona juridica, debera presentarse la relacion de sus socios y MORDAZA simple del poder de su representante legal; 18. Plano perimental de ubicacion de los ambientes fisicos en donde se pretenda explotar la sala de juegos, suscrito por arquitecto o ingeniero civil colegiado; 19. Plano de distribucion en el que conste la propuesta de distribucion de las maquinas tragamonedas, asi como de los demas ambientes e instalaciones que formen parte de la sala de juego, principalmente la sala de MORDAZA, de conteo, boveda, instalaciones sanitarias, salidas de emergencia y sala de videos. El plano se preparara a escala e indicara claramente los limites del area que ocupa la sala de juego, dentro del establecimiento legalmente apto en donde se instalara; debera estar suscrito por arquitecto o ingeniero civil colegiado; 20. Fotocopia simple del Informe Tecnico emitido por el Instituto Nacional de Defensa Civil indicando que los ambientes fisicos, donde se pretende explotar la sala de juegos, cumplen con las condiciones de seguridad requeridas; asi como, el numero MORDAZA de personas que pueden permanecer en estos al mismo tiempo; 21. Dos copias simples del reglamento interno de operacion de la sala de juego; 22. Fotocopia simple del certificado de inscripcion en el Registro Unico de Contribuyentes; 23. Fotocopia de la Licencia Municipal de Funcionamiento del establecimiento a que se hace referencia en el articulo 7º de la Ley Nº27153; 24. La indicacion de los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego, indicando ademas el numero de registro que la DNT les MORDAZA asignado; 25. El certificado expedido por el fabricante acreditando el modelo al que corresponde la maquina tragamonedas, asi como su numero de serie y fecha de fabricacion; y, cuando corresponda, el certificado expedido por el fabricante o por las personas autorizadas por la DNT para la reconstruccion de maquinas tragamonedas, acreditando la fecha de reconstruccion de las mismas; 26. Documentacion fehaciente que acredite la fecha de adquisicion y el costo del bien o del derecho para su explotacion, respecto de las maquinas tragamonedas y programas de juego; 27. Diskette de 3.5 de densidad, conteniendo la informacion indicada en el anexo "F", del Decreto Supremo Nº001-2000-ITINCI; 28. MORDAZA de pago por derecho de tramite. 100 Modificacion de la autorizacion expresa para la explotacion de Juegos de Maquinas Tragamonedas a. Incremento de maquinas tragamonedas o programas de juego. b. Reduccion de maquinas tragamonedas o programas de juego c. Reemplazo de maquinas tragamonedas Base Legal: Ley 27153 Art. 14 del 9/7/1999 D.S. 001-2000-ITINCI Art.18º y la MORDAZA de las Disposiciones Complementarias y finales del 7/1/2000 a. Incremento de maquinas tragamonedas o programas de juego 1. Incremento de Maquinas Tragamonedas - Solciitud dirigida a la Direccion Nacional de Turismo 1.1 Una relacion indicando el numero de serie de las maquinas tragamonedas que se van a incrementar . 1.2 Plano de distribucion en el que conste la propuesta de distribucion de las maquinas tragamonedas, asi como de los demas ambientes e instalaciones que formen parte de la sala de juego, principalmente las MORDAZA de MORDAZA, de conteo, boveda, instalaciones sanitarias, salidas de emergencia y sala de videos. El plano se preparara a escala e indicara claramente los limites del area que ocupa la sala de juego, dentro del establecimiento legalmente apto en donde se instalara; debera estar suscrito por arquitecto o ingeniero civil colegiado; 1.3 Fotocopia simple del Informe Tecnico sobre la modificacion efectuada emitido por el Instituto Nacional de Defensa Civil indicando que los ambientes fisicos, donde se pretende explotar la sala de juegos, cumplen con las condiciones de seguridad requeridas; asi como, el numero MORDAZA de personas que pueden permanecer en estos al mismo tiempo; 1.4 La indicacion de los modelos de maqionas tragamonedas a incrementarse, indicando ademas el numero de registro que la DNT les MORDAZA asignado; 1.5 El certificado expedido por el fabricante acreditando el modelo al que corresponde la maquina tragamonedas a incrementarse, asi como su numero de serie y fecha de fabricacion; y, cuando corresponda, el certificado expedido por el fabricante o por las personas autorizadas por la DNT para la reconstruccion de maquinas tragamonedas, acreditando la fecha de reconstruccion de las mismas; 1.6 Documentacion fehaciente que acredite la fecha de adquisicion y el costo del bien o del derecho para su explotacion, respecto a las maquinas tragamonedas a incrementarse; 1.7 Diskette de 3.5 de densidad, conteniendo la informacion indicada en el Anexo "F", del Decreto Supremo Nº001-2000-ITINCI correspondiente a todas las maquinas tragamonedas que se encontraran en la sala de juegos; 1.8 MORDAZA de pago por derecho de tramite. 2. Incremento de Programa de Juegos: - Solicitud dirigida a la Direccion Nacional de Turismo indicando sus generales de ley y adjuntando: 2.1 Una relacion indicando las memorias de solo lectura de los programas de juego que se pretenden incrementar, consignando ademas el numero de registro que la DNT les MORDAZA asignado; 2.2 Documentacion fehaciente que acredite la fecha de adquisicion y el 10,00 %UIT 30 Dias Oficina de Director Tramite Nacional de Documentario Turismo y Archivo Viceministro de Turismo

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