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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2001 (10/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 206509 NORMAS LEGALES Lima, martes 10 de julio de 2001 UNIDAD ORGANICA : VICE MINISTERIO DE TURISMO - DIRECCION NACIONAL DE TURISMO DENOMINACION DEL DERECHO EVALUACION PREVIA No Dependencia Autoridad Autoridad Nº PROCEDIMIENTO R E Q U I S I T O S DE Con Aplic. Con Aplic. Regu- donde se que que Resuelve PAGO Auto- Silen. Adm. Silen. Adm. lado inicia el aprueba el Recurso mático Positivo Negativo Trámite el Trámite Impugnativo 97 Solicitud de autorización expresa - Solicitud dirigida a la Dirección Nacional de Turismo indicando sus 100% UIT 90 Días Oficina de Director Viceministro y renovación para la explotación de generales de ley y adjuntando: Trámite Nacional de Turismo Juegos de Casino. 1.- Fotocopia simple del Testimonio de la Escritura Pública de Constitución Documentario de TurismoVer notas de pie de pág. (1), (2) Social del solicitante bajo el Régimen de la Ley General de Sociedades y Archivo y (4) así como las modificaciones efectuadas a ésta o a su Estatuto, aún cuando no se hayan inscritos en los Registros Públicos. Base Legal: 2.- Fotocopia simple del documento donde consten las facultades del Ley 27153 Art. 14º, 15º, 18º y 29º representante legal del solicitante y la vigencia del mismo;del 09/07/1999 3.- Fotocopia simple de la ficha registral de los Registros Públicos dondeD.S.001-2000-ITINCI Art. 3º, 4º, se encuentre inscrita la Sociedad;18º, 20º y 24º del 07/01/2000 4.- Listado de los socios y directores del solicitante, así como de todas las personas naturales o jurídicas que participen indirectamente mediante una persona jurídica en el Capital Social del solicitante. Cuando el solicitante o cualquiera de las personas jurídicas indicadas en el párrafo anterior, tenga la naturaleza de una sociedad anónima abierta, sólo se exigirá la relación de aquellos accionistas cuya parti- cipación en el capital de dicha sociedad sea igual o mayor al 2% (dos por ciento);5.- Fotocopia simple de los documentos de identificación oficial de cada uno de los socios y directores del solicitante. En caso de ser alguno de los socios una persona jurídica, deberá presentarse copia de la Escritura Pública de constitución social y estatuto de ésta, incluyendo las modificaciones vigentes, si las hubiere;6.- Declaración Jurada de cada uno de los socios, directores, gerentes, apoderados, personas con funciones ejecutivas o con facultades de decisión del solicitante de la autorización, de no encontrarse incurso en los impedimentos establecidos en el artículo 30º de la Ley 27153.7.- Información general de cada socio, director, gerente, apoderado, per- sona con funciones ejecutivas o con facultades de decisión del soli- citante de acuerdo a los formularios “D” y “E” del D.S.01-2000-ITINCI, y suscrito por cada una de las personas antes indicadas;8.- Relación suscrita por el solicitante de la autorización, señalando el cargo y funciones inherentes a cada uno de los directores, gerentes, apoderados, personas con funciones ejecutivas o con facultades de decisión y personal vinculado directamente a la explotación;9.- Relación detallada de los activos del solicitante y de cada uno de sus socios;10.-Relación de las obligaciones pendientes de pago del solicitante;11.-Relación de personas jurídicas en cuyo capital social participa el solicitante o sus socios;12.-Relación de personas naturales o jurídicas con las que el solicitante o sus socios, han suscrito contratos de colaboración empresarial aspecto de las actividades por las que se solicita Autorización Expre- sa, o con las que tienen cualquier tipo de negocio por el que obtienen ingresos;13-Estados Financieros elaborados con una anterioridad no mayor de 30 días previos a la presentación de la solicitud. Adicionalmente deberá presentar los Estados Financieros de los tres últimos ejercicios fiscales o los que hubiera elaborado de haber sído constituído en fecha posterior. Los Estados Financieros deberán estar suscritos por contador público colegiado;14.-Documentación e información del solicitante así como de sus socios, que se requiera a efectos de llevar a cabo la investigación financiera y de antecedentes, a que se hace referencia en el artículo 15º de la Ley 27153 y artículos 20º de su Reglamento;15.-Declaración Jurada señalando que la ubicación del establecimiento se encuentra a no menos de 150 (ciento cincuenta) metros como mínimo de iglesias, instituciones educativas, cuarteles y hospitales;16.-Fotocopia simple de la constancia otorgada por la Dirección Nacional de Turismo, que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos para hoteles y restaurantes que ostenten la categoría de 4 (cuatro) ó 5 (cinco) estrellas y 5 (cinco) tenedores turísticos, según sea el caso17.-Cuando la sala de juego sea parte del hotel de cuatro o cinco etrellas que ha calificado como monumento histórico se adjuntará adicional- mente la opinión favorable del Instituto Nacional de Cultura de que di- cha actividad no afectará las características del monumento histórico;18.-Fotocopia simple de los documentos que acrediten el derecho de pro- piedad y de ser el caso, de posesión del inmueble en donde pretende explotarse la sala de juegos; la relación existente entre el solicitante y el titular del derecho sobre el inmueble; y el consentimiento expreso del propietario para su explotación en el mismo; Si el propietario del inmueble donde se instalará la sala de juegos es una persona jurídica, deberá presentarse la relación de sus socios y copia simple del poder de su representante legal;19.-Plano perimetral de ubicación de los ambientes físicos en donde se pretenda explotar la sal de juegos, suscrito por arquitecto o ingeniero civil colegiado;20.-Plano de distribución en el que conste la propuesta de distribución de las mesas de juegos de casino, así como de los demás ambientes e instalaciones que formen parte de la sala de juego, principalmente las salas de caja, de conteo, bóveda, instalaciones sanitarias, salidas de emergencia y sala de videos. El plano se preparará a escala e indi - cará claramente los límites del área que ocupa la sala de juego, dentro del establecimiento legalmente apto en donde se instalará; deberá estar suscrito por arquitecto o ingeniero civil colegiado;21.-Fotocopia simple del Informe Técnico emitido por el Instituto Nacional de Defensa Civil indicando que los ambientes físicos, donde se pre- tende explotar la sala de juegos, cumplen con las condiciones de seguridada requeridas; así como, el número máximo de personas que pueden permanecer en estos al mismo tiempo;22.-Documentación fehaciente que acredite la fecha de adquisición y el costo del bien o del derecho para su explotación, respecto a las mesas de juego como fichas, naipes, dados, barajadores y similares;23.-Dos copias simples del reglamento interno de operación de la sala de juego, el que deberá describir las normas para la admisión y control de jugadores, selección y control de personal, calidad del material empleado en los juegos y revisiones periódicas al mismo, sistema contable de caja, medidas de seguridad, cajas fuertes y servicios de guardianía, así como los mecanismos de destrucción o inutilización de los materiales de juego;24.-Fotocopia simple del certificado de inscripción en el Registro Unico de Contribuyentes;25.-Fotocopia simple de la Licencia Municipal de funcionamiento del esta- blecimiento a que hace referencia el artículo 6º de la Ley Nº.27153;26.-La indicación de las modalidades de juegos de casino que se preten-