Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2001 (06/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 6 de junio de 2001

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
FE DE ERRATAS RESOLUCION JEFATURAL Nº 0167-2001-J-OPD/INS Mediante Carta Nº INS-SJ-Nº 0164-2001, el Instituto Nacional de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Jefatural Nº 0167-2001-J-OPD/INS, publicada en nuestra edicion del dia 9 de junio de 2001, en la pagina 203903. Art. 1º de la parte resolutiva DICE: ..., que en 623 folios forma parte de la presente resolucion, ... DEBE DECIR: ..., que en 702 folios forma parte de la presente resolucion, ... 24664

CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACION REGIONAL
Aprueban exonerar de MORDAZA de seleccion la adquisicion de combustible para la continuidad de obras de irrigacion y proyectos del Plan Meriss Inka del CTAR MORDAZA
CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL MORDAZA PRESIDENCIA EJECUTIVA RESOLUCION EJECUTIVA PRESIDENCIAL Nº 270-2001-CTAR CUSCO/PE MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2001 EL PRESIDENTE EJECUTIVO DEL CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL CUSCO; VISTO: El Oficio Nº 193-2001-CTAR-C-PEPMI-DE de fecha 3 de MORDAZA de 2001, por el que la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Plan de Mejoramiento de Riego en la MORDAZA y MORDAZA PLAN MERISS INKA, solicita la aprobacion de exoneracion de procesos de seleccion por situacion de urgencia; CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Especial Plan de Mejoramiento de Riego en la MORDAZA y MORDAZA PLAN MERISS INKA, en su condicion de organismo dependiente de la Direccion Superior del CTAR MORDAZA, conforme al Articulo 29º del Reglamento de Organizacion y Funciones de los Consejos Transitorios de Administracion Regional aprobado por Decreto Supremo Nº 010-98-PRES,

mediante el documento del VISTO, solicita aprobacion de la exoneracion de procesos de seleccion por situacion de urgencia, para la adquisicion de combustible para la continuidad de la ejecucion de las obras de Irrigaciones de Maras y Huancarama, Proyectos de Cachora, MORDAZA MORDAZA, Uchuccarcco y Pampaconga; Que, de acuerdo al inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, procede la exoneracion de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa en las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la Ley; Que, a merito del Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM concordante con los Articulos 108º y 113º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa o inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas. Exoneracion que debe estar sustentada en un informe tecnico legal previo, emitido por las areas tecnica y de asesoria juridica de la entidad, que deben contener la justificacion tecnica y legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion; Que, de la revision de los antecedentes, se tiene que obran en el expediente, los siguientes documentos: Informe Tecnico para Suministro de Combustible para las obras de Irrigaciones de Maras y Huancarama, y Proyectos de Cachora, MORDAZA MORDAZA, Uchuccarcco y Pampaconga, trasuntada en el Memorandum Nº 057/2001-CTAR-C-PEPMI-DT de 5 de MORDAZA de 2001, emitido por el Director Tecnico del PLAN MERISS INKA, Ing. MORDAZA MORDAZA Murillo; el Informe Nº 0442001-PEPMI-CTAR-C-AJ de 5 de MORDAZA de 2001, emitido por el abogado Williams Padovani Dalguerre, Asesor Juridico del PLAN MERISS INKA; y la Resolucion Directoral Nº 024/2001-CTAR-C-PEPMOI-DE de 6 de MORDAZA de 2001, que declara en Situacion de Urgencia, el suministro de combustible por el tiempo que requiera una nueva convocatoria de acuerdo a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por haberse declarado desierto el MORDAZA de seleccion, de los que se establece que se ha cumplido con el requisito establecido por la normatividad vigente para fines de la exoneracion solicitada; Que, conforme a lo establecido por el Articulo 116º del Reglamento, las adquisiciones y contrataciones exoneradas se efectuan mediante el MORDAZA DE ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA, siendo de aplicacion lo dispuesto por el Articulo 105º del mismo dispositivo, y ademas la autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara la dependencia y organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado se establece que las exoneraciones, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego, facultad que a merito del Articulo 114º del Reglamento, se constituye en indelegable, por lo que procede la aprobacion de la Exoneracion al MORDAZA de Seleccion para la adquisicion y contratacion solicitada por la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial PLAN MERISS INKA, debiendo observarse ademas, las formalidades legales establecidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y normas complementarias;

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