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Pág. 204288 NORMAS LEGALES Lima, lunes 11 de junio de 2001 JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia JAIME ZAVALA COSTA Ministro de Trabajo y Promoción Social JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas 25077 P C M Constituyen Comisión Multisectorial de Coordinación para el Desarrollo de los Servicios de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 103-2001-PCM Lima, 7 de junio del 2001 Vista la propuesta formulada por el Ministro de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en los Artícu- los 1º y 2º de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud -Decreto Legislativo Nº 584-, el Ministerio de Salud es el ente rector del Sistema Nacional de Salud, y tiene por finalidad mejorar la situación de salud y el nivel de vida de la población nacional, con el concurso de los componentes del Sistema y la participación activa y responsable de la comunidad; Que el Artículo 4º inciso c) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Sa- lud aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA de 18.Ago.92, señala como funciones generales del Ministerio de Salud, planificar, organizar, coordinar, conducir y evaluar el desarrollo del Sistema; Que es necesario mejorar el acceso de la población al uso de los Servicios de Salud; Que actualmente existen restricciones al acceso a los Servicios de Salud, de parte de amplios sectores de la población; De conformidad con lo previsto en el Artículo 5º del Decreto Ley Nº 21292; SE RESUELVE: 1. Constituir una Comisión Multisectorial de Coordinación para el Desarrollo de los Servicios de Salud, cuyas funciones serán las siguientes: a) Coordinar la planificación de la inversión y el desarrollo de los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud. b) Establecer y efectuar el seguimiento de meca- nismos que faciliten la utilización conjunta de los servicios de salud, por los diversos componentes del Sistema Nacional de Salud. 2. La Comisión Multisectorial será presidida por el Viceministro de Salud, y estará conformada por un representante del Ministerio de Defensa, uno del Ministerio del Interior, uno de ESSALUD y uno de la Asociación de Clínicas Particulares. El Ministro de Salud presidirá el Comité cuando concurra a sus sesiones.3. Por Resolución Ministerial de Salud se aproba- rán las Normas Complementarias para su mejor funcionamiento. 4. La Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, actuará como Secretaría Técnica del Comité. 5. La Comisión Multisectorial podrá contar con la asesoría especializada que le fuere necesaria o conve- niente. 6. La Comisión Multisectorial tendrá una dura- ción de un año contado a partir de la vigencia de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Emb. JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros 25044 JUSTICIA Autorizan a asociación funcionar como centro de conciliación con sede en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 121-2001-JUS Lima, 7 de junio de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 20127 de fecha 18 de diciembre de 2000 de la Asociación Promoto- ra de Conciliación, Arbitraje y Negociación Conti- nua APCAN - ARIES; CONSIDERANDO: Que la Asociación Promotora de Conciliación, Arbitraje y Negociación Continua APCAN - ARIES, es una persona jurídica sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Concilia- ción denominado "APCAN - ARIES Centro de Conci- liación", con sede en la ciudad de Lima; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 16 de mayo de 2001, se ha realizado la constatación respectiva en las instalaciones e infra- estructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 387-2001- DM-STC-SDSCCC de la Secretaría Técnica de Con- ciliación, es pertinente atender la solicitud de la Asociación Promotora de Conciliación, Arbitraje y Negociación Continua APCAN - ARIES; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, su Reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, y Resolu- ción Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Asociación Pro- motora de Conciliación, Arbitraje y Negociación Continua APCAN - ARIES, a funcionar como Cen-