Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2001 (22/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 22 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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DEFENSA
Designan representante ante la Comision Multisectorial encargada de la Formulacion de un Plan de Accion Nacional para masificar el uso de Internet en el Peru
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 845-DE/SG MORDAZA, 12 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 066-2001-PCM del 7 junio 2001 se aprobaron los "Lineamientos de Politicas Generales para promover la masificacion del acceso a Internet en el Peru"; Que, asimismo con el mencionado dispositivo legal se constituyo una Comision Multisectorial encargada de la Formulacion de un Plan de Accion Nacional para masificar el uso de Internet en el Peru, integrada por un representante del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion en la condicion de Presidente, y entre otros, por un representante del Ministerio de Defensa, el que sera designado por Resolucion Ministerial; Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el considerando anterior, resulta necesario designar al representante del Ministerio de Defensa ante la citada Comision Multisectorial; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 434 "Ley Organica del Ministerio de Defensa"; y,

Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Articulo Unico.-DesignaralsenorMayorGeneralFAP MORDAZA MORDAZA RAYGADA MORDAZA, Jefe de la Secretaria de Operaciones Conjuntas del Ministerio de Defensa, como representante del Ministerio de Defensa ante la Comision Multisectorial encargada de la Formulacion de un Plan de Accion Nacional para masificar el uso de Internet en el Peru. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 25719

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan venta de inmuebles de propiedad del Banco Central de Reserva del Peru y constituyen Junta Especial de Almonedas
DECRETO SUPREMO Nº 112-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Banco Central de Reserva del Peru es propietario de los inmuebles que aparecen en el cuadro anexo

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