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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (22/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 204885 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de junio de 2001 DEFENSA Designan representante ante la Comi- sión Multisectorial encargada de la Formulación de un Plan de Acción Nacional para masificar el uso de Inter- net en el Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 845-DE/SG Lima, 12 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 066-2001-PCM del 7 junio 2001 se aprobaron los "Lineamientos de Políticas Generales para promover la masificación del acceso a Internet en el Perú"; Que, asimismo con el mencionado dispositivo legal se constituyó una Comisión Multisectorial encargada de la Formulación de un Plan de Acción Nacional para masificar el uso de Internet en el Perú, integrada por un representante del Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción en la condición de Presidente, y entre otros, por un representante del Ministerio de Defensa, el que será designado por Resolu- ción Ministerial; Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el conside- rando anterior, resulta necesario designar al repre- sentante del Ministerio de Defensa ante la citada Comi- sión Multisectorial; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 434 "Ley Orgánica del Ministe- rio de Defensa"; y,Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar al señor Mayor General FAP Luis Enrique RAYGADA CACERES, Jefe de la Secretaría de Operaciones Conjuntas del Ministerio de Defensa, como representante del Ministerio de Defensa ante la Comisión Multisectorial encargada de la Formulación de un Plan de Acción Nacional para masificar el uso de Internet en el Perú. Regístrese, publíquese y comuníquese. WALTER LEDESMA REBAZA Ministro de Defensa 25719 ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan venta de inmuebles de pro- piedad del Banco Central de Reserva del Perú y constituyen Junta Especial de Almonedas DECRETO SUPREMO Nº 112-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Banco Central de Reserva del Perú es propie- tario de los inmuebles que aparecen en el cuadro anexo