Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2001 (18/03/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

Pag. 200164
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 18 de marzo de 2001

RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 182-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 14 de marzo de 2001 VISTAS, las solicitudes formuladas por la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., para operar una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de Huanuco; y sobre disminucion de potencia de dicha estacion; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 145-98-MTC/15.19 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de marzo de 1998, se concedio a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamento de Huanuco; Que, segun el Articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para operar un servicio de radiocomunicacion autorizado; Que, el Articulo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion y a merito del informe tecnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion podra expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Articulo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendran un plazo MORDAZA de diez (10) anos para los servicios de radiodifusion, renovables a solicitud del interesado; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 023-2001-MTC/15.19.03.2, senala que habiendose efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciones de la referida estacion de radiodifusion en Frecuencia Modulada (FM), se constato que cuenta con el equipamiento necesario y que han sido satisfactorias las pruebas de funcionamiento, por lo que emite su conformidad tecnica para que se le otorgue autorizacion para operar la estacion del servicio de radiodifusion por diez (10) anos, incluyendose la disminucion de potencia de dicha estacion; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 0652001-MTC/15.19.01, senala que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 0145-98MTC/15.19; asi como tambien es procedente autorizar la disminucion de potencia de dicha estacion; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 002-99-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., la operacion de una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de la Planta Retransmisora : : : : : : BC-FM 107.7 MHz. OCT-3R 0.5 KW 256F8E H24

Que, por Resolucion Viceministerial Nº 028-99-MTC/ 15.03, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de enero de 1999, se concedio a la empresa RADIO DIFUSORA Y TELEVISION SINAI E.I.R.LTDA., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamento de Huanuco; Que, segun el Articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para operar un servicio de radiocomunicacion autorizado; Que, el Articulo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion y a merito del informe tecnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion podra expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Articulo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendran un plazo MORDAZA de diez (10) anos para los servicios de radiodifusion, renovables a solicitud del interesado; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 292-2000-MTC/15.19.03.2, concluye que desde el punto de vista tecnico es factible la autorizacion por diez (10) anos, ya que cumple con los requisitos tecnicos para el buen funcionamiento de una estacion en FM, por lo que emite su conformidad tecnica para que se le otorgue autorizacion para operar la estacion del servicio de radiodifusion; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 0732001-MTC/15.19.01, senala que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Viceministerial Nº 02899-MTC/15.03; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 002-99-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos a la empresa RADIO DIFUSORA Y TELEVISION SINAI E.I.R.LTDA., la operacion de una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios de la Planta Transmisora : BC-FM : 90.1 MHz. : OCT-3V : 0.25 KW : 256F8E : H24 : Jr. Abtao Nº 299, distrito, provincia y departamento de Huanuco. Coordenadas: L.O. 76° 14' 13" L.S. 09° 55' 36" Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses otorgado por la Resolucion Viceministerial Nº 028-99-MTC/15.03, por tanto vencera el 9 de enero del ano 2009. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 20163

: Cerro Jactay, distrito, provincia y departamento de Huanuco. Coordenadas: L.O. 76° 16' 1.64" L.S. 09° 54' 49"

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.