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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2001 (18/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 200164 NORMAS LEGALES Lima, domingo 18 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Viceministerial Nº 028-99-MTC/ 15.03, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de enero de 1999, se concedió a la empresa RADIO DIFUSORA Y TELEVISION SINAI E.I.R.LTDA., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación transmisora del servi- cio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modula- da (FM), en el distrito, provincia y departamento de Huánu- co; Que, según el Artículo 50º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para operar un servicio de radiocomunicación autorizado; Que, el Artículo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la inspección y a mérito del informe técnico respectivo el Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción podrá ex- pedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Artículo 56º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las auto- rizaciones otorgadas tendrán un plazo máximo de diez (10) años para los servicios de radiodifusión, renovables a solici- tud del interesado; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técni- cos si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 292-2000-MTC/15.19.03.2, concluye que desde el punto de vista técnico es factible la autorización por diez (10) años, ya que cumple con los requisitos técnicos para el buen funcionamiento de una estación en FM, por lo que emite su conformidad técnica para que se le otorgue autori- zación para operar la estación del servicio de radiodifusión; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 073- 2001-MTC/15.19.01, señala que es procedente autorizar la operación de la citada estación de radiodifusión por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Viceministerial Nº 028- 99-MTC/15.03; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93- TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 002-99-MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Minis- terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción; y, Con la opinión favorable del Director General de Teleco- municaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años a la empresa RADIO DIFUSORA Y TELEVISION SINAI E.I.R.LTDA., la operación de una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito, provincia y departa- mento de Huánuco, de acuerdo a las siguientes característi- cas técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :90.1 MHz. Indicativo :OCT-3V Potencia :0.25 KW Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios de la Planta Transmisora :Jr. Abtao Nº 299, distrito, provincia y departamento de Huánuco. Coordenadas: L.O. 76° 14' 13" L.S. 09° 55' 36" Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refiere el artículo precedente incluye el período de instalación y prueba de doce (12) meses otorgado por la Resolución Vice- ministerial Nº 028-99-MTC/15.03, por tanto vencerá el 9 de enero del año 2009. La Dirección General de Telecomu- nicaciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 20163RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 182-2001-MTC/15.03 Lima, 14 de marzo de 2001 VISTAS, las solicitudes formuladas por la empresa RA- DIO PANAMERICANA S.A., para operar una estación retransmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito, provin- cia y departamento de Huánuco; y sobre disminución de potencia de dicha estación; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 145-98-MTC/15.19 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de marzo de 1998, se concedió a la empresa RADIO PANAMERI- CANA S.A., autorización y permiso de instalación y prue- ba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación retransmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamento de Huánu- co; Que, según el Artículo 50º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para operar un servicio de radiocomunicación autorizado; Que, el Artículo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la inspección y a mérito del informe técnico respectivo el Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción podrá ex- pedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Artículo 56º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las auto- rizaciones otorgadas tendrán un plazo máximo de diez (10) años para los servicios de radiodifusión, renovables a solici- tud del interesado; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técni- cos si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 023-2001-MTC/15.19.03.2, señala que habiéndose efectuado la inspección técnica a las instalacio- nes de la referida estación de radiodifusión en Frecuencia Modulada (FM), se constató que cuenta con el equipamiento necesario y que han sido satisfactorias las pruebas de funcio- namiento, por lo que emite su conformidad técnica para que se le otorgue autorización para operar la estación del servicio de radiodifusión por diez (10) años, incluyéndose la disminu- ción de potencia de dicha estación; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 065- 2001-MTC/15.19.01, señala que es procedente autorizar la operación de la citada estación de radiodifusión por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Ministerial Nº 0145-98- MTC/15.19; así como también es procedente autorizar la disminución de potencia de dicha estación; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93- TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 002-99-MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Minis- terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción; y, Con la opinión favorable del Director General de Teleco- municaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., la operación de una estación retransmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de Huánuco, de acuer- do a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :107.7 MHz. Indicativo :OCT-3R Potencia :0.5 KW Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de la Planta Retransmisora :Cerro Jactay, distrito, provincia y departamento de Huánuco. Coordenadas: L.O. 76° 16' 1.64" L.S. 09° 54' 49"