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Pág. 200167 NORMAS LEGALES Lima, domingo 18 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 417-2000 de fecha 19 de setiembre del 2000 se aprobó la Iniciativa Privada presentada por la empresa PUBLIPOST INTERNA- CIONAL S.A. - PUINSA, para la construcción y explotación de un Centro Comercial "El Pueblo Andaluz", a desarrollarse en el terreno de 5,230 m2, de propiedad de la Municipalidad, ubicado entre los jirones La Chalana y El Lindero; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 043-99 de fecha 18 de agosto de 1999 se dispuso la suspensión del trámite y archivamiento definitivo de la Iniciativa Privada "Centro Cultural, Juvenil y de Servicios" a desarrollarse en el terreno mencionado en el considerando precedente, encargándose a la Administración Municipal la elaboración del Expediente Técnico de un Proyecto Integral, en base a un estudio de mercado, evaluación financiera y opinión del vecindario, para su posterior convocatoria a Licitación Pública; Que, la Iniciativa Privada presentada por la empresa PUBLIPOST INTERNACIONAL S.A. - PUINSA no cuenta con los estudios técnicos ni la opinión de los vecinos, exigidos por el Acuerdo de Concejo Nº 043-99; Que, de acuerdo a lo opinado por las Comisiones de Desarrollo Urbano y de Administración, Rentas, Presupues- to e Informática en los Dictámenes mencionados en el exor- dio del presente Acuerdo, es recomendable dejar sin efecto la aprobación otorgada mediante Resolución de Alcaldía Nº 417-2000; Que, asimismo, la Municipalidad de La Molina ha previs- to para el presente año la elaboración del Plan de Desarrollo Integral del distrito, que permitirá, entre otros resultados, identificar los servicios y los requerimientos de infraestruc- tura educativa, salud y recreación del distrito; Que, en mérito a estas y otras consideraciones, con fecha 22 de febrero se ha expedido la Resolución de Alcaldía Nº 120- 2001 que deja sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 417- 2000 mencionada en el primer considerando del presente Acuerdo de Concejo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Único.- RATIFICAR la Resolución de Alcal- día Nº 120-2001 de fecha 22 de febrero del 2001, en consecuencia, disponer el archivamiento definitivo de la Iniciativa Privada presentada por la empresa PUBLI- POST INTERNACIONAL S.A. - PUINSA, para la construc- ción y explotación de un Centro Comercial "El Pueblo Andaluz", a desarrollarse en el terreno de 5,230 m2, de propiedad de la Municipalidad, ubicado entre los jirones La Chalana y El Lindero. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAUL FIGUEROA LEQUIEN Alcalde 20212 Dejan sin efecto resolución que apro- bó iniciativa privada para la construc- ción y explotación de un centro co- mercial en el distrito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 120-2001 La Molina, 22 de febrero de 2001 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA Visto el Expediente Nº 09580-2-2000 promovido por la empresa PUBLIPOST INTERNACIONAL S.A. - PUINSA, mediante el cual presenta una Iniciativa Privada para la Construcción y Explotación de un Centro Comercial La Molina en un área de 5,230 m2, terreno de propiedad de la Municipalidad de La Molina, ubicado entre los jirones La Chalana y el Lindero; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 417-2000 de fecha 19 de setiembre del 2000, se aprobó la iniciativa presentada por la empresa PUBLIPOST INTERNACIONAL S.A. - PUINSA, para los fines y objetivos señalados en el exordio de la presente Resolución;Que, la acotada Resolución de Alcaldía determinó que la Iniciativa Privada se adecua al sistema de derecho de super- ficie, resultando conveniente convocar a una Licitación Pú- blica Especial; Que, de la evaluación efectuada por la Administración Municipal y de las reuniones efectuadas con vecinos repre- sentantes de las urbanizaciones colindantes al terreno mate- ria de la Iniciativa Privada, se infiere la necesidad de traba- jar en un proyecto orientado al desarrollo cultural y recrea- tivo del distrito; Que, la Municipalidad de La Molina ha previsto para el presente año la elaboración del Plan Integral de Desarrollo del distrito que permitirá entre otros identificar los servicios y los requerimientos de infraestructura educativa, en salud y recreación del distrito; Que, la Iniciativa Privada presentada por PUBLIPOST INTERNACIONAL S.A. - PUINSA, ha sido materia del Dictamen Nº 01-2001 de la Comisión de Desarrollo Urbano y del Acta de fecha 7 de febrero del 2001 de la Comisión de Administración, Rentas, Presupuesto e Informática en los que se recomienda dejar sin efecto la aprobación otorgada mediante Resolución de Alcaldía Nº 417-2000; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das por la Ordenanza Nº 098 de la Municipalidad Metropo- litana de Lima y los Artículos 2º y 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 417-2000 de fecha 19 de setiembre del 2000. Artículo Segundo.- DISPONER que la Secretaría Ge- neral notifique la presente Resolución a la empresa PUBLI- POST INTERNACIONAL S.A. para su conocimiento y efec- tos correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAUL FIGUEROA LEQUIEN Alcalde 20210 MUNICIPALIDAD DE LINCE Declaran en situación de urgencia al servicio de limpieza pública ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-2001-MDL Lince, 15 de marzo de 2001 VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el pedido formulado por la administración, sustentado en el Memorándum Nº 136- 2001-DM/MDL de 13 de marzo de 2001; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento del visto, el Director Muni- cipal da cuenta del acuerdo adoptado por el Comité Espe- cial de Adjudicación del Servicio Integral de Limpieza Pública, en el cual se establece que según la normatividad vigente sólo se puede ampliar el contrato suscrito con nuestro proveedor hasta el 19 de marzo y se encuentra programada la adjudicación para el día 27 del mismo mes, en estricto cumplimiento de lo establecido por la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 039-98-PCM; razón por la cual, se requiere que el Concejo autorice la Declaratoria de Urgencia de dicho servicio desde el 19 de marzo hasta la suscripción del nuevo contrato, a fin de no afectar la salubridad del distrito; Que, es necesario asegurar el funcionamiento del Servi- cio de Limpieza Pública (Recolección de residuos sólidos, barrido de calles y recolección de poda, maleza y desmonte); en tanto se concluyan los procesos de selección y contratación que dispone el D.S. Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, vigente a partir del 15 de marzo de 2001; Que, la citada Ley, en su Artículo 21º, faculta a los gobiernos locales a declarar la situación de urgencia cuando la ausencia de un servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio público esencial o de operaciones productivas;