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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2001 (26/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, lunes 26 de marzo de 2001 AÑO XIX - Nº 7581 Pág. 200407Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS" AGRICULTURA Lista de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola registrados en el mes de febrero del año 2001 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 073-2001-AG-SENASA-DGSV Lima, 22 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricul- tura, ha sido creado el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) encargado de desarrollar y promover la participa- ción de la actividad privada para la ejecución de los planes y programas de prevención, control y erradicación de plagas y enfermedades que inciden con mayor significación socioeconó- mica en la actividad agraria, a su vez es el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme a lo señalado por el Artículo 17º del Regla- mento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), aprobado por Decreto Supremo Nº 24-95-AG, la Dirección General de Sanidad Vegetal tiene, entre otras funciones, la de establecer mecanismos de control, registro y fiscalización de los insumos de uso agrícola tales como semillas y agroquímicos, así como conducir el registro de las empresas productoras y/o comercializadoras de estos insumos; Que, por Decreto Supremo Nº 016-2000-AG, se aprue- ba el Reglamento para el Registro y Control de Plaguici- das Químicos de Uso Agrícola, disponiéndose la apertura del registro correspondiente y la publicación periódica de los registros efectuados; Que, por Memorándum Nº 318-2001-AG-SENASA- DGSV-DIA, de fecha 13 de marzo del 2001, la Dirección de Insumos Agrícolas, ha remitido el listado de Plaguicidas de Uso Agrícola, registrados en el mes de febrero del 2001; Estando a la delegación de facultades conferidas a la Dirección General de Sanidad Vegetal, mediante Resolu- ción Jefatural Nº 167-96-AG-SENASA, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 53º del Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2000- AG, el Decreto Supremo Nº 24-95-AG; y con la visación del Director General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer la publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano de la Lista de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, registrados en el mes de febrero del 2001, por la Dirección General de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Ministerio de Agricultura, cuya relación es la siguiente : NOMBRE INGREDIENTE Nº CLASE PAÍS DE EMPRESA COMERCIAL ACTIVO Reg. ORIGEN GOLAZO 2, 4-D 997 HERBICIDA INDIA POINT DEL PERU 72 SL S.A. THALONEX CHLOROTHALONIL 998 FUNGICIDA ECUADOR CRYSTAL 500 F CHEMICAL DEL PERU S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALICIA DE LA ROSA BRACHOWICZ Directora General Dirección General de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 20509ENERGÍA Y MINAS Aprueban transferencia de autorización de Central Termoeléctrica a favor de Mi- nera Arcata S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 121-2001-EM/VME Lima, 15 de marzo de 2001 VISTO: El Expediente Nº 33020293, organizado por la empresa Minas de Arcata S.A. y la solicitud de transfe- rencia de Autorización de Generación Térmica a favor de Compañía Minera Arcata S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 383-93-EM/ DGE del 31 de diciembre de 1993, se otorgó Autorización a favor de Minas de Arcata S.A. para desarrollar la actividad de Generación en la Central Termoeléctrica de Arcata, localizada en su complejo minero ubicado en la zona de Arcata, del distrito de Cayarani, provincia de Condesuyos del departamento de Arequipa, con una capacidad instalada de 6,68 MW; Que, mediante el documento ingresado bajo el Registro Nº 1279082 con fecha 11 de mayo del 2000, Compañía Minera Arcata S.A. solicita se le tenga como titular de la Autorización de Generación señalada en el considerando que antecede, sustentando su solicitud con la Escritura Pública de Escisión de Sociedad y Fusión por Constitución de Sociedad Anónima, en virtud de la cual Minas de Arcata S.A. se fusiona con los activos, pasivos y cuentas patrimo- niales escindidos de Compañía Minera de Caylloma S.A., constituyéndose la nueva sociedad Compañía Minera Arca- ta S.A., acto que ha quedado inscrito en el Asiento Nº 1 de la Ficha Nº 41132 del Registro de Personas Naturales y Jurídicas del Registro Público de Minería; Que, mediante el documento ingresado bajo el Regis- tro Nº 1282923 con fecha 19 de junio del 2000, Arcata Energía S.A.A., representada por su Gerente General Carlos Ortiz Ugarte, se sustituye en la solicitud mencio- nada en el considerando que antecede y solicita se le tenga como titular de la Autorización de Generación a que se refiere el primer considerando de la presente Resolución, manifestando que por Escritura Pública de Constitución Social extendida el 1 de junio del 2000, Arcata Energía S.A.A. se constituyó mediante el aporte efectuado por Compañía Minera Arcata S.A. del bloque patrimonial conformado por los activos de generación de energía eléctrica, entre los cuales se encuentra la Central Termoeléctrica de Arcata, acto que ha quedado inscrito en el Asiento 001 del Rubro A de la Ficha Nº 012216 del Registro de Personas Jurídicas de Arequipa; Que, atendiendo a lo solicitado, con fecha 4 de agosto del 2000 se expidió la Resolución Ministerial Nº 318- 2000-EM/VME aprobando la transferencia a favor de Arcata Energía S.A.A. de la Autorización referida en el primer considerando de la presente Resolución; Que, mediante el documento ingresado bajo el Regis- tro Nº 1296125 con fecha 2 de octubre del 2000, Compañía Minera Arcata S.A. solicita se rectifique la Resolución Ministerial Nº 318-2000-EM/VME, por haber incurrido en error al considerar, en la solicitud mencionada en el tercer considerando de la presente Resolución, a la Cen- tral Termoeléctrica de Arcata dentro del bloque patrimo- nial que Compañía Minera Arcata S.A. aportó a Arcata Energía S.A.A., toda vez que dicha central no formó parte de dicho aporte, debiendo permanecer dentro del patri- monio de la primera de las nombradas;