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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2001 (04/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 60

Pág. 202310 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de mayo de 2001 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Autorizan transferencia del Mercado Municipal Nº 03 ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-2001/MDB Breña, 3 de mayo del 2001 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE BREÑA VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo el Dictamen de la Comisión de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26569 se establecieron los mecanismos aplicables para la transferencia de los Puestos y demás establecimientos y/o servicios de los Mercados Públicos de propiedad Municipal; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 8º del Reglamento de la Ley Nº 26569, sustituido por el Art. 4º del D.S. Nº 019-98-PCM, mediante Acuerdo de Concejo Nº 005-2000-CDB se conformó la Comisión Especial de Privatización de Mercados de la Municipa- lidad Distrital de Breña encargada de la ejecución del proceso de transferencia de los Mercados de propiedad de la Municipalidad Distrital de Breña; Que, mediante Informe Nº 001-2001-CEPM, el órga- no señalado precedentemente conforme a lo dispuesto en el Art. 1º del D.S. Nº 002-2000-PRES, Normas Complementarias al Reglamento de Privatización de Mercados, elevó el Diagnóstico de la Situación Físico Legal del Mercado Municipal Nº 03 de Breña, propo- niendo su transferencia por Etapas, atendiendo a las características físicas y legales de la ocupación de las secciones que lo conforman, comprendiendo en su 1a. Etapa a las Tiendas Exteriores toda vez que las mismas reúnen todas las condiciones establecidas por Ley, encontrándose aptas para su transferencia; Que, asimismo a efectos de culminar con el Proceso de Transferencia del Mercado Municipal Nº 03, en su 2a. Etapa, resulta necesario disponer que se emita las disposiciones pertinentes para la regularización del Saneamiento Físico Legal de los Puestos y Stands de dicho inmueble, acorde con su realidad física existente, así como para adecuar la titularidad de sus conductores a la normatividad vigente; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, y de conformi- dad con lo dispuesto por el Artículo 15º de la Ordenanza Nº 097-MML Régimen del Patrimonio Inmobiliario de la Municipalidad Metropolitana de Lima y las Municipalidades Distritales que la integran; ACORDÓ: Artículo Primero.- Autorizar la Transferencia del Mercado Municipal Nº 03 de Breña, la misma que se efectuará en 2 Etapas, comprendiendo en su 1a. Etapa a las Tiendas Exteriores de dicho inmueble. Artículo Segundo.- Autorizar la Transferencia de la 2a. Etapa del Mercado Municipal Nº 03, com- prendido por los Puestos y Stands, una vez que se concluya con su Saneamiento Físico Legal, dispo- niendo al Despacho de Alcaldía expedir las Resolucio- nes pertinentes tendientes a efectuar las modificacio- nes y rectificaciones perimétricas que permitan ade- cuar el número de puestos a su realidad física exis- tente, así como se regularice su conducción conforme a la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Encárguese a la Comisión Espe- cial de Privatización de Mercados el cumplimiento del presente Acuerdo, facultándose al señor Alcalde laventa y suscripción de las respectivas Minutas y Escri- turas Públicas conforme a lo dispuesto en el numeral 17 del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 22875 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Aprueban ordenanza que regula el Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos ORDENANZA Nº 011-2001-MDC Cieneguilla, 10 de abril del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 7 de febrero del año 2001, bajo la Presidencia del señor Alcalde Lic. Amílcar Carrillo Velarde y con la asistencia de los señores Regidores, Zoyla Beatriz Álvarez Santiváñez, Prisca Naida Carhuavilca Hidalgo, Gustavo Pedreros Fitzgerald, Macario Ruiz Barros, y ejerciendo la fun- ción de Secretario General el Dr. Víctor Raúl Dávalos Vásquez, se trató sobre el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales, Limpieza Pública, Parques y Jardines; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y su- primir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y dere- chos municipales; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, aprobado por el Código Tributario, dispone que los Gobiernos Locales, ejercen su función normati- va en materia tributaria a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución; Que, mediante la presente Ordenanza, la Municipa- lidad Distrital de Cieneguilla, establece el nuevo régi- men tributario aplicable a los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos, con el objeto de optimizar la prestación efectiva de los servicios públi- cos, facilitando su administración, financiamiento y uniformizando la normatividad existente con la finali- dad de que su costo se distribuya equitativamente entre los contribuyentes; Que, es necesario adoptar las medidas de carácter administrativo y tributario necesarios, que permitan asegurar la continuidad y el buen funcionamiento de los servicios públicos financiados por los arbitrios mencio- nados Ut Supra; De conformidad con lo prescrito en el Artículo 69º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Muni- cipal, modificado y ampliado por las Leyes Nºs. 26952 y 27082; Estando a lo dispuesto por el Artículo 109º y el numeral 4) del Artículo 134º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, ha dado la siguiente: