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Pág. 202313 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de mayo de 2001 Parques y Jardines, a fin que los contribuyentes cumplan oportunamente con sus obligaciones tribu- tarias; Estando a lo dispuesto por el Artículo 109º concordante con el numeral 4) del Artículo 134º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- FIJESE en la suma de S/. 11.00 (Once y 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes, por concepto de derecho de emisión mecanizada de los recibos de pago del Impuesto Predial correspondientes al presente ejercicio 2001. Por cada predio adicional se abonará la suma de S/ . 5.50 (Cinco y 50/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado. Artículo Segundo.- FIJESE en la suma de S/. 7.00 (Siete y 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de los recibos de pago del Impuesto Predial, cuyos predios se encuentran ubicados en los Centros Poblados Rurales, Asentamientos Humanos y Predios Rústicos de la jurisdicción del distrito de Ciene- guilla, correspondientes al presente ejercicio 2001. Asimismo, por cada predio adicional, se abonará la suma de S/. 3.50 (Tres y 50/100 Nuevos Soles) por el derecho ante referido. Artículo Tercero.- FIJESE en la suma de S/. 3.20 (Tres y 20/100 Nuevos Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes por cada predio que se encuen- tre ubicado en el distrito de Cieneguilla, por concepto de derecho de emisión mecanizada de los Recibos de Pago de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardi- nes y Relleno Sanitario, correspondiente al ejercicio 2001. Artículo Cuarto.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL. De conformidad con lo prescrito en el Artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Munici- pal, la obligación de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2001, vence: *PAGO AL CONTADO :15 de abril del 2001 *PAGO FRACCIONADO : - Primera cuota :15 de abril del 2001 - Segunda cuota :31 de mayo del 2001 - Tercera cuota :31 de agosto del 2001 - Cuarta cuota :30 de noviembre del 2001 Artículo Quinto.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y RELLENO SANITARIO. La obligación de pago de las cuotas trimestrales de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2001, vence: - Primera cuota :15 de abril del 2001 - Segunda cuota :31 de mayo del 2001 - Tercera cuota :31 de agosto del 2001 - Cuarta cuota :30 de noviembre del 2001 POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. AMILCAR CARRILLO VELARDE Alcalde 22806 Designan Director Municipal RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 048-2001-A-MDC Cieneguilla, 20 de marzo del 2001EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTOS: El Memorándum Nº 001-2001-A-MDC de fecha 20 de marzo del 2001, expedida por el señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, referente a la designación del nuevo Director Municipal de esta co- muna; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 360-99-A- MDC de fecha 30 de octubre del año 1999, se encargó a don Colver MATHEY GUTIERREZ, servidor administrativo nombrado, en ejercicio del cargo de Jefe de Servicios Comunales de esta comuna, el cargo de Director Municipal de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, a partir del 2 de noviembre del año 1999, hasta la designación del titular de dicho cargo adminis- trativo; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 047-2001- A-MDC de fecha 17 de marzo del 2001, se acepta la Renuncia al cargo de Director Municipal, formulada por el citado servidor administrativo, en consecuencia se da por concluida la encargatura de dicho cargo; Que, por necesidad del servicio debidamente justificada y a fin de garantizar la continuidad de las labores administrativas y de gestión de la Dirección Municipal de la Municipalidad Distrital de Cienegui- lla, se hace necesario designar a un Profesional con experiencia comprobada en la Gestión Municipal y Administrativa, a fin que ocupe el cargo de Jefe de dicha Dirección; Que, se ha procedido a la evaluación del currículum vitae del CPC Enrique Ramón THORNE RIOS, cum- pliendo el indicado profesional con los requerimientos exigidos para el desempeño del cargo antes referido, razón por la cual, se hace necesario su designación en el cargo de confianza de Director Municipal, Nivel F-2 de esta Municipalidad Distrital; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4º y 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público - Decreto Legislati- vo Nº 276; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fe- cha al CPC Enrique Ramón THORNE RIOS en el cargo de Director Municipal, Nivel F-2 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, fijándose en DOS MIL QUI- NIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2,500.00) el monto mensual de su remuneración, debiendo afectar- se a la partida presupuestal correspondiente. Artículo Segundo.- DISPONER que la Jefatura de Personal adopte las acciones administrativas correspon- dientes e inserte en el legajo personal del indicado servidor la presente Resolución. Artículo Tercero.- DISPONER que las Jefaturas de las diferentes oficinas administrativas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, presten las facilidades correspondientes para el desempeño del cargo de Director Municipal del CPC Enrique Ramón THORNE RIOS, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Auditoría Interna de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, queda encargada del seguimiento del cum- plimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. AMILCAR CARRILLO VELARDE Alcalde 22807