Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2001 (06/05/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2001

2. La Asamblea General estara compuesta por los representantes de los Miembros del Centro y los representantes de los paises en desarrollo que constan en el Anexo III al presente Acuerdo. La Asamblea General se reunira al menos dos veces al ano para: - evaluar el trabajo del Centro; - elegir a la Junta Directiva; - adoptar reglamentos propuestos por la Junta Directiva; - adoptar el presupuesto anual propuesto por la Junta Directiva; y, - desempenar las funciones que se le encomiendan en otros articulos del presente Acuerdo. La Asamblea General adoptara sus reglas de procedimiento. 3. La Junta Directiva estara compuesta por cuatro miembros, un representante de los paises menos adelantados y un Director Ejecutivo. Las personas que forman parte de la Junta Directiva desempenaran su cargo en su capacidad personal y seran elegidas por sus cualificaciones profesionales en el ambito del derecho de la OMC o de desarrollo y relaciones comerciales internacionales. 4. La Asamblea General nombrara a los miembros de la Junta Directiva y al representante de los paises menos adelantados. El director forma parte de la Junta Directiva ex oficio. El grupo de Miembros que consta en el Anexo I y los tres grupos de Miembros que constan en el Anexo II al presente Acuerdo pueden cada uno proponer un candidato a la Junta Directiva para su designacion por la Asamblea General. Los paises menos adelantados que constan en el Anexo III al presente Acuerdo podran nominar su representante a la Junta Directiva para designacion por la Asamblea General. 5. La Junta Directiva informara a la Asamblea General. La Junta Directiva se reunira con la frecuencia necesaria para: - tomar las decisiones necesarias para que el Centro funcione de manera efectiva y eficiente, de conformidad con el presente Acuerdo; - preparar el presupuesto anual del Centro para aprobacion por la Asamblea General; - examinar las apelaciones presentadas por los Miembros a los que se MORDAZA denegado apoyo en un procedimiento de solucion de diferencias; - supervisar la administracion del fondo fiduciario del Centro; - nombrar a un auditor externo; - nombrar al Director Ejecutivo en consulta con los Miembros; - proponer a la Asamblea General la adopcion de normas sobre: - los procedimientos de la Junta Directiva; - los deberes y condiciones de servicio del Director Ejecutivo, del personal del Centro y de los consultores que contrate el Centro; - la administracion y la politica de inversiones del fondo fiduciario del Centro; - desempenar las funciones que se le asignen de conformidad a otras disposiciones del presente Acuerdo. 6. El Director Ejecutivo presentara informe ante la Junta Directiva y estara invitado a participar en todas sus reuniones. El Director Ejecutivo debera: - administrar las actividades ordinarias del Centro; - contratar, dirigir y despedir al personal del Centro, con arreglo al reglamento del personal adoptado por la Asamblea General; - contratar a consultores y supervisar su labor; - someter a la Junta Directiva y a la Asamblea General, el estado de ingresos y gastos del presupues-

to del ano fiscal anterior, previa auditoria independiente; y, - representar externamente al Centro. Articulo 4 Adopcion de decisiones 1. La Asamblea General adoptara decisiones por consenso. Cuando se considere la adopcion de una propuesta en una reunion de la Asamblea General se considerara adoptada por consenso, siempre y cuando ningun Miembro del Centro o de la Junta Directiva MORDAZA presentado objeciones formales durante la reunion. La presente disposicion sera aplicable tambien, mutatis mutandi, a las decisiones de la Junta Directiva. 2. Cuando el (o la) Presidente de la Asamblea General o de la Junta Directiva determine que no es posible tomar una decision por consenso, el (la) Presidente podra decidir someter el MORDAZA a votacion en la Asamblea General. En ese caso, la Asamblea General tomara una decision por mayoria de cuatro MORDAZA de los Miembros presentes que voten. Cada Miembro tiene derecho a un voto. Durante las reuniones de la Asamblea General, la mayoria simple de los Miembros del Centro constituira el quorum necesario para proceder a una votacion sobre cualquier asunto. 3. En caso de decision acerca de enmiendas, se aplicaran los procedimientos previstos en el apartado 1 del Articulo 11º del presente Acuerdo. Articulo 5 Estructura financiera del Centro 1. Se creara un fondo fiduciario con contribuciones de los Miembros, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del Articulo 6º del presente Acuerdo. 2. El Centro cobrara honorarios por los servicios juridicos prestados, de conformidad con la escala establecida en el Anexo IV al presente Acuerdo. 3. El presupuesto anual del Centro se financiara mediante los reditos obtenidos por el fondo fiduciario, los honorarios cobrados por servicios prestados por el Centro, y las contribuciones voluntarias de los gobiernos, organizaciones internacionales o patrocinadores del sector privado. 4. El Centro tendra un auditor externo. Articulo 6 Derechos y obligaciones de los Miembros 1. Cada MORDAZA Miembro en desarrollo y cada uno de los Miembros con economias en transicion que constan en el Anexo II al presente Acuerdo tienen derecho a recurrir a los servicios que ofrece el Centro, de conformidad con el reglamento adoptado por la Asamblea General, y con arreglo a la escala establecida en el Anexo IV. Cada Miembro tiene derecho a solicitar apoyo durante procedimientos de solucion de diferencias de la OMC en cualquiera de los tres idiomas oficiales de la OMC. 2. Los Miembros que hayan adoptado el presente Acuerdo deberan abonar sin demora una contribucion unica al fondo fiduciario del Centro y/o contribuciones anuales durante los cinco primeros anos de funcionamiento, de conformidad con la escala de contribuciones prevista en los Anexos I y II al presente Acuerdo. Los Miembros que se adhieran al presente Acuerdo haran contribuciones de conformidad con las disposiciones de su instrumento de adhesion. 3. Los Miembros pagaran sin demora los honorarios por servicios prestados por el Centro. 4. Cuando la Junta Directiva determina que algun Miembro no ha cumplido alguna de las obligaciones suscritas en los apartados 2 o 3 del presente articulo, podra decidir privarlo del ejercicio de los derechos que se derivan del apartado 1 del presente articulo. 5. Ninguna parte del presente Acuerdo se interpretara dando a entender que los Miembros asumen mas

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