Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2001 (06/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2001
Criterios MIEMBRO DE LA OMC Malta Marruecos St. Kitts y Nevis Sta. MORDAZA MORDAZA y Tobago Uruguay CATEGORIA C < 0.15% Belice Bolivia Botswana Bulgaria Camerun Congo Costa Rica Cote d'Ivoire MORDAZA MORDAZA Dominicana, Republica Ecuador El MORDAZA Estonia * Fiji MORDAZA * Ghana Granada Guatemala Guyana Honduras Jamaica MORDAZA Letonia Mongolia Namibia Nicaragua Panama Papua Nueva Guinea MORDAZA Peru Republica Kirguisia San MORDAZA y Granadinas Senegal Sri Lanka Suriname Swazilandia Tunez Zimbabwe Los paises menos adelantados que constan en el Anexo III que hayan aceptado el presente Acuerdo 0.03 0.03 0.04 0.11 0.04 0.04 0.07 0.07 0.04 0.03 0.10 0.09 0.04 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.05 0.03 0.03 0.06 0.05 0.03 0.03 0.03 0.03 0.14 0.05 0.05 0.12 0.03 0.03 0.03 0.09 0.03 0.03 0.14 0.03 % de la 0.05 0.16 0.03 0.03 0.04 0.06

NORMAS LEGALES
Contribucion al fondo fiduciario US$ 100,000 US$ 100,000 US$ 100,000 US$ 100,000 US$ 100,000 US$ 100,000

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bros que constan en la lista del presente Anexo por lo menos una vez cada cinco anos y, de ser necesario, modificara la clasificacion para reflejar cambios que se hayan producido en la participacion en el comercio mundial y en los ingresos per capita de dichos Miembros.
Categoria A Cuota de MORDAZA mundial > = 1,5% o > = 0,15% y < 1,5% o < 0,15% PNB per capita Paises con ingresos elevados Paises con ingresos medios elevados

US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000 US$ 50,000

B C

Las disposiciones del articulo 7 del presente Acuerdo y de su Anexo IV se aplicaran de igual forma a los paises menos adelantados que constan en el Anexo III que no han aceptado el presente Acuerdo, asi como a los paises menos adelantados que constan en el Anexo III que hayan aceptado el Acuerdo. Los Estados y territorios aduaneros distintos que constan en el Anexo II y que no son Miembros del Centro podran solicitar el apoyo del Centro en procedimientos de solucion de diferencias de la OMC, debiendo pagar los honorarios previstos en el Anexo IV del presente Acuerdo. Tal apoyo se otorgara a condicion de que ningun Miembro del Centro este involucrado en el mismo caso, o si cualquier Miembro involucrado en el mismo caso autoriza al Centro a prestar apoyo a tal Estado o territorio aduanero. Todos los demas servicios se prestaran exclusivamente a los Miembros y a los paises menos adelantados. ANEXO III PAISES MENOS ADELANTADOS QUE TIENEN DERECHO A LOS SERVICIOS DEL CENTRO Miembro de la OMC Angola Bangladesh Benin Bhutan * Burkina Faso Burundi Camboya * Cabo MORDAZA * Centroafricana, Republica MORDAZA Congo, Republica Democratica Djibouti Gambia Guinea, Republica de Guinea-Bissau Haiti Lao, Republica Democratica Popular * Lesotho Madagascar Malawi Maldivas Mali Mauritania Mozambique Myanmar Nepal * Niger Rwanda MORDAZA, Islas Samoa * MORDAZA Leone MORDAZA * % de la contribucion a la OMC 0.07 0.09 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03 0.03

A. * En espera de la MORDAZA del instrumento de ratificacion Notas: Si algun Miembro lo considera necesario, podra abonar su contribucion al fondo fiduciario en plazos anuales iguales durante los cuatro anos sucesivos a la entrada en MORDAZA del presente Acuerdo. La clasificacion en Grupos A, B, C en que se han subdividido los paises Miembros en el presente Anexo se MORDAZA en su participacion en el comercio mundial, con una correccion ascendente que refleja sus ingresos per capita tal como se indica en la siguiente tabla. La cuota de participacion en el comercio mundial se determino con base en la participacion en el comercio mundial que la OMC uso para determinar la participacion de sus Miembros en las contribuciones de la OMC. Los ingresos per capita se basan en las estadisticas del Banco Mundial. Teniendo en cuenta estos criterios y MORDAZA estadisticas, la Junta Directiva examinara la clasificacion de los Miem-

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