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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2001 (17/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 56

Pág. 202890 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de mayo de 2001 Que, con Informe Nº 16-2001-DRRCC/MDSJL, la Di- visión de Registros Civiles establece la Tarifa Unica y los requisitos indispensables que se deberán adjuntar, asi- mismo la Agencia Municipal de Canto Grande podrá recepcionar la documentación requerida, tomando en cuenta los requisitos indispensables como que los datos de las Libretas Electorales y las Partidas de Nacimiento coincidan; encontrándose el Alcalde conforme a lo dis- puesto por el Artículo 252º del Código Civil vigente, facultado a dispensar la publicación de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los requisitos establecidos en el Artículo 248º del mismo cuerpo legal; Estando a las consideraciones expuestas y con las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Prime- ro de la Resolución de Alcaldía Nº 447 de fecha 6 de abril del 2001, referido a la fecha señalada para llevarse a cabo la Ceremonia del PRIMER MATRIMONIO CIVIL MASI- VO DEL AÑO 2001, la misma que se realizará el día 20 de mayo del presente año a horas 11 a.m., en el Parque Zonal "Ciudad de los Niños" (ex Parque Wiracocha), ubicado en la Av. Próceres de la Independencia cuadra 15 del distrito de San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- Dispensar la publicación de los avisos de ley para el Matrimonio Civil Masivo; realizán- dose una única publicación en el Diario Oficial El Perua- no, indicando en forma genérica qué día, a qué hora y en qué lugar se llevará a cabo el Matrimonio Civil Masivo. Artículo Tercero.- Prorrogar la recepción de los Expedientes Matrimoniales hasta el día viernes 18 de mayo del año en curso. Artículo Cuarto.- Ratificar en todos sus demás ex- tremos la Resolución de Alcaldía Nº 447 de fecha 6 de abril del 2001. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICARDO CHIROQUE PAICO Alcalde 23572 MUNICIPALIDAD DISTRITAL JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios de consul- toría jurídica externa para la Munici- palidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 034-2001-MDJLBYR J.L. Bustamante y Rivero, 2 de mayo de 2001 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de abril del 2001, el Informe Legal referente a la Contratación de Consultoría Jurídica Externa; CONSIDERANDO: Que, aparece del Informe Nº 173-2001-MDJLBYR-AL de Asesoría Legal, los antecedentes técnico legales referen- te a la contratación de consultoría jurídica externa parala Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero; Que, el Estudio Fernández Salguero viene trabajando con esta Municipalidad desde el año 1998 brindando Asesoría de manera permanente y oportuna en materias de derecho administrativo, tributario, civil, comercial, laboral y penal, teniéndose a la fecha resultados favora- bles respecto de su labor; Que, se ha propuesto la contratación del Estudio Fernández Salguero, para el período abril-diciembre 2001, por el monto mensual de S/. 3,500.00 nuevos soles, sustentándose en la confianza de su trabajo, así como es el conocimiento específico de las normas que rigen la labor de los gobiernos locales, dada su experiencia en este campo, brindando asesoramiento tanto al Despacho de Alcaldía, Concejo Municipal, Direcciones y Jefaturas de esta Municipalidad; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en su Artículo 19º inciso h) y el Artículo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, señalan que se encuentran exonerados del Proceso de Selección los Contratos de Locación de Servicios celebrados con personas naturales y/o jurídicas, cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del Locador, ya sea por sus características inherentes, particulares y especiales o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, el Concejo Municipal en atención al informe técnico legal que sustenta el presente y habiéndose eva- luado la labor del estudio Fernández Salguero durante el período de trabajo realizado para esta Municipalidad, considera atendible su aceptación, dándose cumplimien- to a Ley, se exonerará del Proceso de Selección, siendo un contrato cuya naturaleza es de Servicios Personalísimos; Estando a lo expuesto, el Pleno del Concejo Municipal, en uso de las facultades que confiere la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades, y por Unanimidad de sus Miembros; ACUERDAN: Artículo Primero.- Exonérese del Proceso de Selección la Contratación de los Servicios Profesionales del Estudio Jurídi- co James Fernández Salguero, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente. Artículo Segundo.- Contrátese al referido Estudio para que brinde el Asesoramiento Legal indicado en la parte considerativa a la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero. Artículo Tercero.- Remítase el presente Acuerdo y el Informe Técnico Legal que lo sustenta, a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calenda- rio siguientes a la fecha de su aprobación, asimismo publíquese en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez días hábiles de su emisión. Artículo Cuarto.- Encárguese a la Dirección Municipal, Secretaría General, Oficina de Administración, Unidad de Logística y demás áreas el cumplimiento del presente. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL OSORIO RIVEROS Alcalde 23496 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Tratado de Extradición suscrito con los Estados Unidos Mexicanos De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/86, comunica que el referido Tratado, suscrito el 2 de mayo del año 2000, ratificado por Decreto Supremo Nº 017-2001-RE del 5 de marzo del año 2001 y publicado en el Diario Oficial El Peruano al igual que el texto, el 6 de marzo del año 2001, entró en vigencia para ambas partes el 10 de abril del año 2001. 23542