TEXTO PAGINA: 54
Pág. 202888 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de mayo de 2001 Disciplinarios, y en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 47º numeral 6) de la Ley Orgánica de Munici- palidades; RESUELVE: Artículo Primero.- Imponer la sanción de DESTI- TUCION a la Srta. SHARON HINTON CUETO por la gravedad de las faltas administrativas establecidas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer, por Secretaría Gene- ral, se remita copia de la presente Resolución a la Presi- dencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinen- tes, así como la publicación respectiva en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría Gene- ral, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolu- ción. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRÓN Alcaldesa 23577 MUNICIPALIDAD DE LINCE Disponen el embanderamiento gene- ral del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2001-MDL Lince, 11 de mayo de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE CONSIDERANDO: Que, el 18 de mayo de 2001, el distrito de Lince celebra el 65º Aniversario de Creación Política; Que, siendo tradición de los vecinos de esta comuna el respeto y participación en los actos cívicos conmemorati- vos de un año más de vida institucional de la Municipali- dad Distrital de Lince, es necesario dar el marco de solemnidad que amerita tan magna fecha; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE DECRETA: Artículo 1º.- DISPONER el embanderamiento gene- ral del distrito de Lince, del 16 al 21 de mayo de 2001 inclusive, incluyéndose en esta disposición todos los pre- dios, sean privados o públicos, de vivienda o comercio. Artículo 2º.- DISPÓNGASE que los predios señala- dos en el artículo precedente deberán ser debidamente presentados, con la limpieza adecuada de los mismos y en la medida de las posibilidades del vecino, se recomienda el pintado. Artículo 3º.- Los vecinos que incumplan el pre- sente Decreto, se harán acreedores a las sanciones establecidas por el Reglamento de Aplicación de San- ciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Lince. Artículo 4º.- ENCARGAR la difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Unidad de Imagen Institucional de la Municipalidad Distrital de Lince. Artículo 5º.- ENCÁRGUESE el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Policía Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WALDO OLIVOS VILLARREAL Alcalde 23525MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Prorrogan la declaración de situación de urgencia del servicio de limpieza pública ACUERDO DE CONCEJO Nº 024 San Juan de Lurigancho, 26 de abril de 2001 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 168-2001-DSC/MSJL del Director de Servi- cios a la Ciudad. CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 013 de fecha 28 de febrero del 2001, se prorrogó la Declaración de Situa- ción de Urgencia del Servicio de Limpieza Pública apro- bada por Acuerdo de Concejo Nº 054 del 22 de diciembre del 2000, por un lapso de (60) sesenta días calendario; plazo que venció el 21 de abril del presente; Que, el Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM señala los casos de exoneración de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, estableciendo que están exoneradas aquellas adquisiciones y contrata- ciones que se realicen inciso c); en situación de Emer- gencia o de Urgencia declaradas de conformidad con la presente ley, asimismo el Artículo 20º del acotado esta- blece las formalidades de los procedimientos no sujetos a Licitación Pública y Concurso Público o Adjudicación Directa; Que, el Artículo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 señala textualmente que se considera Situación de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria e impre- visible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Enti- dad tiene a su cargo. Dicha situación la faculta a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad según sea el caso necesario para llevar a cabo el proceso de selección que correspon- da. Esta norma es concordante con lo establecido por el Artículo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM, que prevé que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneración de los procesos de selección requieren obligatoriamente un informe Técnico - Legal previo, emitido por las áreas técnicas y de asesoría jurídica de la Entidad, el mismo que contendrá la justifi- cación técnica y legal de la adquisición o contratación y de la necesidad de la exoneración y contemplará criterios de economía tales como los costos y la oportunidad; Que, estando al mérito del Informe Técnico Nº 168- 2001-DSC/MSJL de la Dirección de Servicios a la Ciudad y del Informe Nº 498-OAJ-2001-MSJL de la Oficina de Asesoría Jurídica, quienes consideran que se dan los supuestos exigidos por las normas acotadas respecto a la Declaración de Situación de Urgencia del Servicio de Limpieza Pública; Y, en uso de las facultades establecidas en el inciso 15) del Artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con el voto mayoritario del Pleno del Concejo y con la dispensa de la Lectura de Acta; SE ACUERDA: Artículo Primero.- PRORROGAR la Declaración de Situación de Urgencia para el Servicio de Limpieza Públi- ca aprobada por Acuerdo de Concejo Nº 013 de fecha 28 de