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Pág. 203087 NORMAS LEGALES Lima, lunes 21 de mayo de 2001 DENOMINACION PAGO CALIFICACION PLAZO DEPENDEN- AUTORIDAD AUTORIDAD N° DEL REQUISITOS DERECHOS EVALUACION EN CIA INICIA QUE QUE PROCEDIMIENTO TRAMITE AUT. POS. NEG. DIAS TRAMITE APRUEBA RESUELVE CALEND. TRAMITE RECURSO propiedad o de posesión sobre el predio. 8.- Pago por derecho de trámite. 0.05 UIT TOTAL 0.05 UIT 47Renovación de autorización o de con- 1.- Solicitud dirigida a la Dirección Nacional de Acuicultura o Dirección X 15 Of. Adm. Doc. DNA DIREPE cesión para desarrollar la actividad de Regional de Pesquería correspondiente, de acuerdo a la Resolu - MIPE o Direc- DIREPE DNA acuicultura. ción a renovar,según Formato N° 21. ción Reg. o DVM 2.- Personas Naturales: Copia simple de documento de identidad. Subregional Personas Jurídicas: Copia simple de la escritura de Constitución de Pesquería Social inscrita en el Registro correspondiente. 3.- Pago por derecho de trámite. (Subsistencia exonerado). TOTAL Mayor escala: 010 UIT Menor escala: 0.05 UIT 0.15 UIT 4.- Copia simple del documento que acredite la representación legal, de ser el caso. 5.- Copia simple del documento de identidad del representante legal, de ser el caso. 6.- Pago por servicio de inspección técnica de la DNA o Dirección Regional de Pesquería (1) 0.05 UIT 48Concesión especial para desarrollar 1.- Solicitud dirigida a la Dirección Nacional de Acuicultura según X 30 Of. Adm. Doc. DNA DIREPE actividades de acuicultura en áreas Formato N° 14. del MIPE o DIREPE DNA naturales protegidas no declaradas 2.- Personas Naturales: Copia simple de documento de identidad. Dirección Reg. DVM intangibles, con Certificado Ambiental Personas Jurídicas: Copia simple de la escritura de Constitución o Subregional de la DIA (*). Social inscrita en el Registro correspondiente. de Pesquería 3.- Copia simple del documento que acredite la representación legal, de ser el caso. 4.- Copia simple del documento de identidad del representante legal, de ser el caso. 5.- Memoria descriptiva o Plan de Manejo del proyecto según Formato N° 22. 6.- Copia simple de la Escritura Pública de Constitución Social inscrita en el Registro correspondiente. 7.- Formulario de verificación vigente. 8.- Pago por derecho de trámite. 0.10 UIT 9.- Pago por servicios de Inspección Técnica a efectuarse por la TOTAL Dirección Nacional de Acuicultura, o Dirección Regional de 0.15 UIT Pesquería, de acuerdo a su jurisdicción. (1) 0.05 UIT 10.- Copia simple del documento que acfredite la conformidad del INRENA. 49Certificación para la importación de 1.- Solicitud dirigida a la Dirección Nacional de Acuicultura o Dirección X 8 Of. Adm. Doc DNA DIREPE nauplios, post-larvas y reproductores Regional de Pesquería correspondiente, adjuntando el Formato del MIPE o DIREPE DNA de langostinos (Penaeus spp.); Artemia, Nº 23, la misma que se presentará 8 días antes de la fecha de Dirección Reg. DVM poliquetos y otros invertebrados en importación. o Subregional cualquier estadío biológico y forma de 2.- Personas Naturales: Copia simple de documento de identidad. de Pesquería presentación con fines de acuicultura Personas Jurídicas: Copia simple de la escritura de Constitución Social inscrita en el Registro correspondiente 3.- Copia simple del documento que acredite la representación legal, de ser el caso. 4.- Copia simple del documento de identidad del representante legal, de ser el caso. 5.- Declaración jurada, comprometiéndose a alcanzar dentro de los seis (6) días de presentada la solicitud, el Certificado Sanitario y/o Patológico, emitido por la Entidad Oficial del país de origen, el mismo que consignará que los especímenes o productos materia de la importación se encuentran libres de agentes patógenos cau - santes de las enfermedades denominadas de la Mancha Blanca (WSSV) y de la Cabeza Amarilla (YHV), especificando que en las pruebas realizadas y los resultados obtenidos se ha utilizado prioritariamente la técnica de la PCR (Reacción en cadena de la Polimerasa), en el primer caso. 6.- Declaración jurada, comprometiéndose a alcanzar dentro de los seis (6) días de presentada la solicitud, el Certificado Sanitario y/o Patológico, emitido por la Autoridad Competente o laboratorios autorizados por el Ministerio de Pesquería, donde se señale que con el uso de la técnica de la PCR, para el caso de la “Mancha Blanca”, se ha determinado que los especímenes, productos o subproductos de las especies de crustaceos u otros, se encuentran libres de agentes causantes de las llamadas enfermedades “Mancha Blanca” y de la “Cabeza Amarilla” 7.- Pago por derecho de trámite. 0.05 UIT 8.- Pago por servicios de Inspección Técnica a efectuarse por la TOTAL Dirección Nacional de Acuicultura, o Dirección Regional de 0.10 UIT Pesquería, de acuerdo a su jurisdicción (1). 0.05 UIT 50Certificación para la importación o in- 1.- Solicitud dirigida a la Dirección Nacional de Acuicultura o Dirección X 15 Of. Adm. Doc. DNA DIREPE troducción de especies con fines de Regional de Pesquería correspondiente, adjuntando el Formato del MIPE o DIREPE DNA acuicultura, con Certificado Ambiental N° 23, la misma que se presentará 15 días antes de la fecha de Dirección Reg. DVM del EIA (sólo para el caso de introduc- importación. o Subregional ción de especies). 2.- Personas Naturales: Copia simple de documento de identidad. de Pesquería Personas Jurídicas: Copia simple de la escritura de Constitución Social inscrita en el Registro correspondiente. 3.- Declaración jurada, comprometiéndose a alcanzar dentro de los diez (10) días de presentada la solicitud, el Certificado Sanitario y/o Patológico, emitido por la Entidad Oficial del país de origen. 4.- Copia simple del documento que acredite la representación legal, de ser el caso. 5.- Copia simple del documento de identidad del representante legal, de ser el caso. 6.- Pago por derecho de trámite. 0.05 UIT 7.- Pago por servicios de Inspección Técnica a efectuarse por la TOTAL Dirección Nacional de Acuicultura o Dirección Regional de 0.10 UIT Pesquería, de acuerdo a su jurisdicción (1). 0.05 UIT NOTAS: DIA : DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL EIA: ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PAMA: PROGRAMA DE ADECUACION Y MANEJO AMBIENTAL CTAR CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL (1) MONTO APLICABLE A LIMA-CALLAO POR DIA/INSPECTOR, SI LA INSPECCION SE EFECTUARA FUERA DE LIMA Y CALLAO, EL INTERESADO DEBERA ADEMAS SUFRAGAR LOS GASTOS DE TRASLADO. SI SE EFECTUARA, DOMINGO O FERIADO SE INCREMENTARA EN UN 50% (*) Sujeto a la aprobación del Reglamento de “Administración y Manejo de las Concesiones Especiales en la R.N.P. UNIDAD ORGANICA : DIRECCION NACIONAL DE MEDIO AMBIENTE 51Certificación de los estudios ambien- tales y Constancia de Verificación de: a. Estudio de Impacto Ambiental (EIA) 1.- Solicitud dirigida a la Dirección Nacional de Medio Ambiente X 45 Of.de Admin. DINAMA DINAMA de las actividades pesqueras, acuícolas 2.- Personas Naturales: Copia simple de documento de identidad. Documentaria y de investigación (1) (nivel industrial, Personas Jurídicas: Copia simple de la escritura de Constitución MIPE DVM mayor escala, poblamiento, introduc- Social inscrita en el Registro correspondiente.