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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (28/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 213138 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de noviembre de 2001 Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelec- tual - INDECOPI. Artículo 3º.- La presente resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 35326 AGRICULTURA Sustituyen disposición complementa- ria del Reglamento para las Operacio- nes con cargo a los recursos del Fon- do Rotatorio del Sector Agrario RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1235-2001-AG Lima, 23 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1089-2001- AG de fecha 3 de octubre de 2001, se aprobó el Reglamen- to para las Operaciones con cargo a los recursos del Fondo Rotatorio del sector agrario; Que, en atención al desarrollo de la campaña agrícola resulta necesario efectuar modificaciones al indicado reglamento; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 049- 2001-AG y la Resolución Ministerial Nº 1089-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Sustitúyase la segunda disposi- ción complementaria del Reglamento para las Operacio- nes con cargo a los recursos del Fondo Rotatorio del sector agrario por el siguiente texto: "Segunda.- Por excepción, para la campaña agrícola 2001/2002, en los casos en que los Proyectos presentados y/o elaborados no cuenten con operadores, las Direccio- nes Regionales Agrarias asumirán la conducción y administración de los mismos, en la que participarán productores agrarios organizados y seleccionados que no adeuden al Ministerio de Agricultura. Para tal efecto, la Comisión Nacional de Fondos Rotatorios será la instancia encargada de evaluar y aprobar los Proyectos productivos así como el financia- miento correspondiente." Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 35269 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar que participará en curso sobre transplante hepático que se lleva a cabo en Cuba RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 870 DE/EP/CP-JAPE 1e/SAN 1 Lima, 22 de noviembre de 2001Visto, la Hoja de Recomendación Nº 081 HMC-OC/ 05.00 de 13.Set.2001, procedente del Hospital Militar Central; CONSIDERANDO: Que, mediante la Hoja de Recomendación Nº 081 HMC-OC/05.00 de 13.Set.2001, el Sr. General de Ejérci- to Comandante General del Ejército, aprueba la desi- gnación del Sr. Tte. Crl. San. Med. don Camilo Abimael LLERENA LINERS y Sr. Tte. Crl. San. Med. don Hugo Javier ORTIZ BECERRA, para que participen en el Curso de Transplante Hepático a llevarse a cabo en el Centro de Investigación Médico Quirúrgico (CIMEQ) - CUBA del 15 de noviembre al 15 de diciembre del 2001; Que, el Artículo 2º del D.S. Nº 005-87 DE/SG de Dic.87, modificado por el D.S. Nº 034 DE/SG de 21 de junio del 2001, regula los conceptos que debe percibir el personal militar de las Fuerzas Armadas que viaja al extranjero en Misión de Estudios; De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM del 27 de abril del 2001; y, Estando a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General del Ejército, a lo opinado por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y a lo acorda- do con el Ministro de Estado en la Cartera de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Misión de Estu- dios al Sr. Tte. Crl. San. Med. don Camilo Abimael LLERENA LINERS y Sr. Tte. Crl. San. Med. don Hugo Javier ORTIZ BECERRA, para que participen en el Curso de Transplante Hepático a llevarse a cabo en el Centro de Investigación Médico Quirúrgico (CIMEQ) - CUBA del 15 de noviembre al 15 de diciembre del 2001. Artículo 2º.- El señor Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la presente resolución. Artículo 3º.- Los gastos que irrogue la presente Reso- lución por pasajes, gasto de equipaje, impuestos CORPAC, ascendente a la cantidad de SIETE MIL CUATROCIEN- TOS CUARENTA 00/100 DOLARES AMERICANOS ($ 7,440.00), serán sufragados por el Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, de acuerdo al siguiente detalle: PRESUPUESTO OEE IDA RETORNO Pasajes US$ 530.00 US$ 530.00 LIMA - LA HABANA - LIMA 2 Ofls. Sups. ($ 530.00 x 2 = $ 1,060.00) Gastos de Equipaje US$ 265.00 US$ 265.00 Equivalente 50% costo del pasaje Impuestos CORPAC US$ 50.00 Ida ($ 25.00 x 2 = $ 50.00) --------------------------------------------- US$ 845,00 US$ 795,00 SUBTOTAL: US$ 1,640.00 PRESUPUESTO DIPER Remuneración Servicio Exterior de la República Ofl. Sup. mensuales (US$ 2,900.00 x 2) US$ 5,800.00 ---------------------- TOTAL: US$ 7,440.00 Artículo 4º.- No tendrá derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- El Sr. Tte. Crl. San. Med. don Camilo Abimael LLERENA LINERS, presentará la rendición de cuenta documentada de los gastos efectuados de confor- midad a lo establecido en el D.S. Nº 048-2001-PCM del 27 de abril del 2001. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Ministro de Defensa 35279