Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2001 (28/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, miercoles 28 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Situacion Policial del Personal de la Policia Nacional del Peru; Que, no obstante ello y MORDAZA de cumplirse el periodo acotado, el indicado Capitan Med. Asimilado con fecha 31.OCT.2000, solicito su pase a la Situacion de Retiro; peticion que debe ser denegada, por haber cometido graves Faltas Contra la Moral, la Disciplina y el Servicio Policial, por haber abandonado definitivamente su habitual puesto de servicio en el Departamento de Pediatria del Hospital Central PNP, desde el 22.DIC.2000, desconociendose su paradero actual; Que, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que inicie las acciones legales pertinentes contra el mencionado servidor, por haber incumplido con su compromiso adquirido, a efectos de que reintegre al Estado el total de los gastos ocasionados por la Especializacion que recibio, incluidos los intereses legales generados a la fecha de reversion; Lo prescrito en el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con lo estipulado por el D.L. Nº 17537 modificado por el D.L. Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Legal de la Direccion de Personal PNP, en el Dictamen Nº 11022001-OAL-DAPO-DIPER-PNP de 30.MAR.2001; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que inicie las acciones legales pertinentes contra el Capitan Med. Asimilado PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de que reintegre al Estado el total de los gastos ocasionados por el Residentado Medico que realizo en la Especialidad de Pediatria, desde el 1.JUN.94 hasta el 31.MAY.97, incluidos los intereses legales generados a la fecha de reversion. Articulo 2º.- Remitir los actuados a dicha Procuraduria, para que accione en el area de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 34867

Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que inicie las acciones legales pertinentes contra la mencionada servidora, por haber incumplido con su compromiso adquirido, a efectos de que reintegre al Estado el total de los gastos ocasionados por la Especializacion que recibio, incluidos los intereses legales generados a la fecha de reversion; Lo prescrito en el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con lo estipulado por el D.L. Nº 17537 modificado por el D.L. Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Legal de la Direccion de Personal PNP, en el Dictamen Nº 25202001-OAL-DAPO-DIRPER/PNP de 7.JUL.2001; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que inicie las acciones legales pertinentes contra la Capitan Med. PNP MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de que reintegre al Estado el total de los gastos ocasionados por el Residentado Medico que realizo en la Especializacion de Pediatria, desde el 1.JUN.96 hasta el 1.JUN.99, incluidos los intereses legales generados a la fecha de reversion. Articulo 2º.- Remitir los actuados a dicha Procuraduria, para que accione en el area de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 34870 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1430-2001-IN/PNP MORDAZA, 19 de noviembre del 2001 Visto, el PARTE Nº 001-2001-HC.PNP.SDEV de 12.MAR.2001 y demas actuados, instruidos contra la Capitan Med. PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA RONCAL, por la comision de graves Faltas Contra la Moral, la Disciplina y el Servicio Policial; CONSIDERANDO:

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1429-2001-IN/PNP MORDAZA, 19 de noviembre del 2001 Visto, el PARTE Nº 005-01-HCPNP.SP de 28.MAY.2001 y demas actuados, instruidos contra la Capitan Med. PNP MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la comision de graves Faltas Contra la Moral, la Disciplina y el Servicio Policial; CONSIDERANDO: Que, la referida Oficial Subalterna de Servicios realizo Residentado Medico en la Especialidad de Pediatria, desde el 1.JUN.96 hasta el 1.JUN.99, cuyos gastos fueron sufragados por el Estado; consecuentemente quedo comprometida en continuar prestando sus servicios profesionales en la Institucion Policial por el doble del tiempo que duro dicha especializacion, conforme a lo prescrito en el Art. 66º del Dec. Leg. Nº 745 - Ley de Situacion Policial del Personal de la Policia Nacional del Peru; Que, no obstante ello y MORDAZA de cumplirse el periodo acotado la indicada Capitan Med. abandono definitivamente su habitual puesto de servicio en el Departamento de Pediatria del Hospital Central PNP, desde el 23.ABR.2001, desconociendose su paradero actual; Que, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del

Que, la referida Oficial Subalterna realizo Residentado Medico en la Especialidad de Dermatologia, desde el 1.JUN.94 hasta el 31.MAY.97, cuyos gastos fueron sufragados por el Estado, consecuentemente quedo comprometida en continuar prestando sus servicios profesionales en la Institucion Policial por el doble del tiempo que duro dicha especializacion, conforme a lo prescrito en el Art. 66º del Dec. Leg. Nº 745 - Ley de Situacion Policial del Personal de la Policia Nacional del Peru; Que, no obstante ello y MORDAZA de cumplirse el periodo acotado, la indicada servidora cometio graves Faltas Contra la Moral, la Disciplina y el Servicio Policial, al haber abandonado su habitual puesto de servicio en el Departamento de Dermatologia del Hospital Central PNP, desde el 9.MAR.2001, desconociendose su paradero actual; Que, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que inicie las acciones legales pertinentes contra la mencionada Capitan Medico, por haber incumplido con su compromiso adquirido, a efectos de que reintegre al Estado el total de los gastos ocasionados por la Especializacion que recibio, incluidos los intereses legales generados a la fecha de reversion; Lo prescrito en el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con lo estipulado por el D.L. Nº 17537 modificado por el D.L. Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Legal de la Direccion de Personal PNP, en el Dictamen Nº 20012001-OAL-DAPO-DIRPER/PNP de 2.JUN.2001;

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