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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (28/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 213146 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de noviembre de 2001 Visto, el Expediente Nº 41415-2001 y demás actua- dos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 162, del 9 de marzo de 1970, se otorgó Cédula de Cesantía a favor de doña Rosa Zenaida Sánchez Chauca; Que, doña Rosa Zenaida Sánchez Chauca solicita adi- cionar su estado civil en la citada Resolución Suprema, de acuerdo con la Partida de Matrimonio, Partida de Defun- ción y el Documento Nacional de Identidad - DNI, donde se consigna el estado civil de viuda, y se aprecia que su nombre es Rosa Zenaida Sánchez Chauca Vda. de Portocarrero; Que, de acuerdo al Artículo 24º del Código Civil, la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agregado al suyo y a conservarlo mientras no contraiga nuevo matrimonio; Que, el Artículo 25º del Código Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripción en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo, el Artículo 26º de la citada norma legal señala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el inciso a) del Artículo 84º del Reglamento de Inscripciones del Regis- tro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Documento Nacional de Identidad debe utilizarse para los casos en que la persona requiera acreditar su identidad; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 154-2001-ME/SG-OA-UPER- AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Suprema Nº 162, del 9 de marzo de 1970, en el sentido que el nombre correcto de la recurrente es Rosa Zenaida Sánchez Chauca Vda. de Portocarrero, quedando subsistentes los demás extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Unidad de Servicios Educativos Nº 02 del Rímac, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República NICOLAS LYNCH GAMERO Ministro de Educación 35336 Autorizan salida temporal del país de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación para ser exhibi- dos en los Países Bajos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 352-2001-ED Lima, 27 de noviembre de 2001 Visto, el Expediente Nº 49786-2001 y el Oficio Nº 715- 2001-INC/DN, cursado por la Directora Nacional del Instituto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO: Que, con Of. RE. (CLT) Nº 2-8-C/396 la Dirección Ejecutiva de la Oficina de Promoción Cultural del Minis- terio de Relaciones Exteriores solicita la autorización de salida temporal del país de cuatro (4) bienes coloniales declarados Patrimonio Cultural de la Nación de propie-dad del señor José Antonio Arróspide del Busto, Emba- jador en el Servicio Diplomático de la República, quien mediante Resolución Suprema Nº 418-2001-RE, de fecha 5 de octubre de 2001, ha sido nombrado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de los Países Bajos (Holanda); Que, mediante Informe Nº 508-2001-INC-DRNPCM - JCP, la Dirección de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Mueble del instituto Nacional de Cultura opina favorablemente por la salida temporal del país de cuatro (4) bienes coloniales integrantes del Patrimonio Cultu- ral de la Nación de propiedad del señor José Antonio Arróspide del Busto; Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 24047 -Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación- estable- ce, que los bienes muebles del Patrimonio Cultural de la Nación no pueden salir del territorio nacional sin auto- rización previa otorgada mediante Resolución Suprema; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura cautelar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, por lo que dicha Institución recomienda autorizar la salida temporal del país de los bienes a que se refiere el segundo consideran- do de la presente Resolución; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560; Ley Nº 24047; Decreto Ley Nº 25762, modifi- cado por la Ley Nº 26510; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la salida temporal del país, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolu- ción y hasta que culminen las funciones del señor José Antonio Arróspide del Busto como Embajador Extraordi- nario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de los Países Bajos (Holanda), de cuatro (4) bienes coloniales integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, para ser exhibidos en el local de la Embajada del Perú en los Países Bajos (Holanda), de acuerdo al siguiente detalle: 1. Virgen con el Niño Siglo XVIII Código Nº V-2.0/E-367/1 2. Virgen de la Candelaria Siglo XVIII Código Nº V-2.0/E-367/2 3. San Jacinto de Polonia Siglos XVII-XVIII Código Nº V-2.0/E-367/3 4. Marco de plata Siglo XVIII Código Nº V-2.7/E-367/4 Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adopta- rá las medidas más adecuadas para verificar las caracte- rísticas, estado de conservación y autenticidad de los bienes culturales a que se contrae la presente Resolución al momento de su retorno al país. Artículo 3º.- Al culminar sus funciones como Embaja- dor Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de los Países Bajos (Holanda), el señor José Anto- nio Arróspide del Busto deberá reingresar al país los bienes culturales a que se refiere la presente Resolución, comunicando tal hecho al Instituto Nacional de Cultura para su respectiva verificación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República NICOLAS LYNCH GAMERO Ministro de Educación 35337 ENERGÍA Y MINAS Reconocen a favor de Luz del Sur S.A.A. diversas servidumbres convenciona- les para la instalación de subestacio- nes de distribución eléctrica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 515-2001-EM/VME Lima, 16 de noviembre de 2001 VISTO: El Expediente Nº 31116601 organizado por Luz del Sur S.A.A., solicitando la imposición de la servi- dumbre de ocupación de bienes de propiedad particular