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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (07/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 210948 NORMAS LEGALES Lima, domingo 7 de octubre de 2001 V. PERIODO DE EJECUCION El empadronamiento de la población objetivo, corres- pondiente al primer semestre se realizará en el mes de junio y, la actualización del Padrón de Beneficiarios, co- rrespondiente al segundo semestre, se efectuará en el mes de diciembre. VI. PERIODO DE REFERENCIA DE LA INFORMA- CION • El período de referencia de la información será: § I Semestre: al 30 de junio del año en curso. § II Semestre: al 31 de diciembre del año en curso. • Las edades de los niños y los ancianos corresponderá a los años cumplidos en relación al período de referencia para cada semestre. VII. PERIODO DE REMISION DE LA INFORMA- CION Las fechas máximas de remisión de la información al Instituto Nacional de Estadística e Informática son: § I Semestre: Ultimo día del mes de julio del año en curso. § II Semestre: Ultimo día del mes de enero, del año siguiente. VIII. DE LOS FORMATOS DE EMPADRONAMIEN- TO El empadronamiento de la población objetivo del Pro- grama del Vaso de Leche se efectuará usando los formatos que para tal fin diseñe y apruebe el Comité de Administra- ción del Programa del Vaso de Leche, de acuerdo al Art. 2º de la Ley Nº 27470. Los formatos: Doc. PVL.01: Relación de Personas Bene- ficiarias del Programa del Vaso de Leche y el Doc. PVL.02: Resumen del Empadronamiento del Comité Local, aproba- dos por la Resolución Jefatural Nº 245-2001-INEI del 13 de agosto del 2001, pueden ser utilizados por los Comités de Administración del Programa del Vaso de Leche para la ejecución del empadronamiento, si así lo estiman conve- niente o servir de referencia para el diseño o ajuste de sus propios formularios. IX. DE LA POBLACIÓN ANCIANA La edad de la población anciana será definida de acuer- do a las disposiciones municipales, emitidas por cada mu- nicipalidad provincial y distrital, vigentes a la fecha de dación de la presente Norma Técnica. X. DE LA REMISIÓN DE LA INFORMACIÓN AL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFOR- MÁTICA. El formato: Resumen del Empadronamiento Distrital de los Beneficiarios del Programa del Vaso de Leche será remitido al INEI en los plazos establecidos, debidamente visado por el Alcalde Distrital, el representante del Minis- terio de Salud y el representante de la Organización del Programa del Vaso de Leche, adjuntando: 1. Copia legalizada de la Resolución de Alcaldía que aprueba el Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche. 2. Un ejemplar de los formatos utilizados para el empa- dronamiento. 3. Copia legalizada del dispositivo municipal vigente a la fecha que reglamenta la edad de los ancianos. Al INEI deberá remitirse exclusivamente el for- mato Resumen del Empadronamiento Distrital de los Beneficiarios del Programa del Vaso de Leche. Los demás formatos diligenciados deberán ser conser- vados a fin de documentar los gastos del Programa del Vaso de Leche, ante las acciones de supervisión y control de la Contraloría general de la República, de acuerdo a lo establecido por el Art. 9º de la Ley Nº 27470: Ley que Establece las Normas Complementarias para la ejecu- ción del programa del Vaso de Leche. 32308INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Cancelan proceso de concurso públi- co relativo a la contratación del servi- cio de certificador de calidad del Pro- grama de Desayunos Escolares RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0285-2001-J-OPD/INS Lima, 1 de octubre del 2001 Visto el Informe Técnico Nº 043-01-DG-CENAN/INS y el Informe Legal Nº 137-2001-OGAJ/INS; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Jefatural Nº 0209-2001-J-OPD/ INS, de fecha 12 de julio del 2001, se autoriza la convoca- toria a Concurso Público Nº 006-2001-OPD/INS, para la contratación de una persona natural o jurídica que se encargue de brindar el servicio de Certificador de Calidad del Programa de Desayunos Escolares para el Instituto Nacional de Salud, hasta diciembre del 2001; Que, el Comité Especial designado, informa que se ha otorgado la buena pro a la zona centro a la empresa INASSA, declarando desierto a las zonas norte y sur, por lo que de acuerdo al Artículo 32º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado debería realizarse a una segunda convocatoria; Que, se advierte en el informe técnico de visto, que más allá del plazo previsto en las bases del Concurso Público para la ejecución del contrato, el programa de desayunos escolares culminará la distribución de raciones a fines del mes de noviem- bre y la producción de las plantas proveedoras cuya supervisión se concursa, sólo se realizará hasta el mes de octubre; Que, de continuarse el proceso de selección en segunda convocatoria, el mismo tendría un término legal no menor de 20 días hábiles, de lo cual se deduce que para el tiempo de la adjudicación de la Buena Pro, habría ya desaparecido la necesidad de contratar por parte del INS, constituyendo ello un supuesto de fuerza mayor; Que, el Artículo 34º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que la cancelación de un proceso de selección se realiza por causa de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparece la necesidad de contratar; Por tanto, en uso de las atribuciones establecidas en el Art. 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Resolución Mi- nisterial Nº 178-95-SA/DM, y de lo señalado por el Art. 34º de la Ley Nº 26850 (T.U.O.); SE RESUELVE: 1º.- CANCELAR el proceso de Concurso Público Nº 006- 2001-OPD/INS, por las razones expuestas en la parte con- siderativa. 2º.- COMUNICAR la presente decisión a los miembros del Comité Especial correspondiente en el término de un día, a efectos de que procedan conforme a ley. 3º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco días posteriores a su aprobación, así como en aquel diario en donde se hubiese realizado la primera convocatoria. 4º.- REMITIR copia de la presente resolución a las instituciones y órganos de la entidad que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FERNANDO LLANOS ZAVALAGA Jefe 32289 Declaran en situación de urgencia la contratación del servicio de consulto- ría de certificación de calidad en el Programa de Desayunos Escolares RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0286-2001-J-OPD/INS Lima, 1 de octubre del 2001 Visto el Informe Nº 043-01-DG-CENAN/INS y el Infor- me Nº 137-2001-OGAJ/INS;