NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (18/09/2001)
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Pág. 210079 NORMAS LEGALES Lima, martes 18 de setiembre de 2001 WIESE SUDAMERIS, hasta por un monto máximo de veinte millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 20 000 000,00), en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- En tanto el BANCO WIESE SUDAMERIS mantenga su condición de Entidad Calificada y en tanto los valores a emitirse sean valores típicos, la inscripción de los bonos y el registro de los prospectos a utilizar en la oferta pública a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución se entenderá efectuado en la fecha de entrada en vigencia de la misma. En su defecto, la inscripción de los bonos y el registro de los prospectos correspondientes se sujetarán a lo dispuesto en el numeral 2), inciso b), del Artículo 14º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Reso- lución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Artículo 3º.- La oferta pública de los bonos a que se refiere el Artículo 1º deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el Artículo 25º y, de ser el caso, en el Artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONA- SEV Nº 141-98-EF/94.10. La colocación de los bonos a que se refiere la presente Resolución deberá efectuarse en un plazo que no excederá de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores, prorrogables hasta por un período igual a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga, en ningún caso, podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONA- SEV la documentación e información a que se refieren los Artículos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Pública Prima- ria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Reso- lución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Artículo 4º.- La aprobación, el registro y la inscripción a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evalua- ción complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución al BANCO WIESE SUDAMERIS; a Sudamericano Bolsa So- ciedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de representante de los obligacionistas; a la Superintendencia de Banca y Seguros, a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PUGA POMAREDA Gerente General 30719 INDECOPI Aceptan renuncia de miembros de la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios del Indecopi RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 070-2001-INDECOPI/DIR Lima, 17 de setiembre de 2001 CONSIDERANDO: Que los señores Gastón Pacheco Zerga, José Ezeta Carpio, Mariela Guerinoni Romero, María de Pilar Cebre- cos y Mercedes Araoz Fernández han formulado renuncia al cargo de miembro de la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios; Que la citada renuncia ha sido aceptada por el Direc- torio del Indecopi en sesión de fecha 14 de setiembre de 2001; De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por los señores Gastón Pacheco Zerga, José Ezeta Carpio, Mariela Guerinoni Romero, María del Pilar Cebrecos y MercedesAraoz Fernández al cargo de miembro de la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios del Indecopi, dándo- seles las gracias por los importantes servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS SEMINARIO PIZZORNI Presidente del Directorio 31037 Designan miembros de la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios del Indecopi RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 071-2001-INDECOPI/DIR Lima, 17 de setiembre de 2001 CONSIDERANDO: Que el Artículo 18º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del Indecopi, modificado por el Artículo 49º del Decreto Legislativo Nº 807, creó la Comi- sión de Fiscalización de Dumping y Subsidios; Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19º del Decreto Ley Nº 25868, las Comisiones que integran la estructura orgánico funcional del Indecopi, están inte- gradas por seis miembros; Que resulta pertinente efectuar la designación de los miembros que conformen la referida Comisión; Estando al acuerdo adoptado en sesión de Directorio de fecha 14 de setiembre de 2001; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Designar en el cargo de miembro de la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios del Indecopi, a las siguientes personas: - Peter Barclay Piazza. - Alejandro Daly Aramburú. - José Antonio De La Puente León. - Luis Olivares Pflucker. - Jaime Tagle Arróspide; y, - María Trillo Ramos. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS SEMINARIO PIZZORNI Presidente del Directorio 31038 Designan miembros de comisiones ad hoc adscritas a las Comisiones Delega- das de Reestructuración Patrimonial que operan en la Universidad de Lima y Cámara de Comercio y Producción de La Libertad RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 072-2001-INDECOPI/DIR Lima, 17 de setiembre de 2001 CONSIDERANDO: Que por Resolución de Presidencia de Directorio Nº 044- 2001/INDECOPI-DIR, se conformaron las Comisiones Ad Hoc Transitorias encargadas de garantizar la conclusión del trámite de los procedimientos originados durante la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 064-2000, prorrogado por Decreto de Urgencia Nº 116-2000, destinados al desa- rrollo de programas de saneamiento y fortalecimiento pa- trimonial en las empresas;