NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (18/09/2001)
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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, martes 18 de setiembre de 2001 AÑO XIX - Nº 7758 Pág. 210067Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS" P C M Designan Comisión Encargada de Revi- sar los Ceses Colectivos de la Presiden- cia del Consejo de Ministros estableci- da por la Ley Nº 27487 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 168-2001-PCM Lima, 7 de setiembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27487 publicada el 23 de junio de 2001, se dispuso la conformación de Comisiones Encarga- das de Revisar los Ceses Colectivos en las Entidades del Sector Público derivados de procedimientos de evaluación de personal efectuados al amparo del Decreto Ley Nº 26093 o en procesos de reorganización autorizados por norma legal expresa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2001-TR se estableció que la Comisión Encargada de revisar los Ceses Colectivos de cada entidad estaría integrada por los miem- bros de la Comisión Permanente de Procedimientos Adminis- trativos Disciplinarios prevista en el Artículo 164º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; Que, de conformidad con el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 022-2001-TR, culminada la etapa de elabo- ración del Informe Preliminar a cargo de la citada Comi- sión, los titulares de las entidades designarán como mínimo a dos representantes de los trabajadores afectados o ex trabajadores, de acuerdo a criterios de representatividad, a fin de integrarlos en las Comisiones Especiales; pudiendo asimismo el titular de la entidad recomponer el número y los miembros de la Comisión Especial; Que, habiendo concluido la etapa indicada en el conside- rando precedente, se hace necesario incorporar a dos ex trabajadores a la Comisión encargada de Revisar los Ceses Colectivos de la Presidencia del Consejo de Ministros, y asimismo recomponer el número y miembros de la citada Comisión; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM, y con lo dispuesto por la Ley Nº 27487 y los Decretos Supre- mos Nºs. 021-2001-TR y 022-2001-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la Comisión Encargada de Revisar los Ceses Colectivos de la Presidencia del Consejo de Ministros, establecida por la Ley Nº 27487, la cual estará integrada por las siguientes personas: - Dr. Manuel Darío Cabrera Espinoza-Chueca, Procu- rador Público Adjunto, quien la presidirá; - Eco. Martha Lino Rodríguez, Directora (e) de la Oficina de Asuntos Administrativos; - Dra. Dora Solari Pacheco, Abogada IV de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional; - Lic. Adm. Valeriana Nila Salinas Gallardo, en repre- sentación de los ex trabajadores cesados; y, - Lic. Adm. Rosa Rosario Ruiz Torre. En representación de los ex trabajadores cesados. Artículo 2º.- La Comisión constituida en el artículo precedente, dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles de su instalación, elevará al Despacho Ministerial el Infor- me Final descrito por los Decretos Supremos Nºs. 021-2001- TR y 022-2001-TR, identificando a los trabajadores cesados,el análisis de los procesos y formulará las recomendaciones y sugerencias correspondientes. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Mi- nisterial a la Oficina de Auditoría Interna de la Presidencia del Consejo de Ministros, y notifíquese a los interesados. Regístrese y comuníquese. ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 31068 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban características adiciona- les de primer tramo de la emisión de bonos soberanos a que se refiere el D.U. Nº 106-2001 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 297-2001-EF/75 Lima, 17 de setiembre del 2001 CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 106-2001 se autori- zó la emisión de Bonos Soberanos hasta por la suma de S/. 700 000 000,00 (SETECIENTOS MILLONES Y 00/ 100 NUEVOS SOLES), con el objeto de promover el mercado de capitales peruano; Que, el Artículo 6º del citado Decreto de Urgencia autoriza a la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a determinar las carac- terísticas adicionales de los Bonos Soberanos a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 106-2001, de acuerdo con los procedimientos y demás normas reglamentarias y com- plementarias, que se dicten mediante Resolución Ministe- rial de Economía y Finanzas; Que, el inciso d) del numeral 1º del Reglamento de la Colocación Primaria de Bonos Soberanos, aprobado por Resolución Ministerial Nº 280-2001-EF/75, dispone que las características de los Bonos Soberanos a ser emitidos en cada tramo, deberán aprobarse por Resolución Ministerial de Economía y Finanzas; Que, es necesario aprobar las características adiciona- les de los bonos que serán subastados en el mes de setiem- bre del año en curso; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgen- cia Nº 106-2001 y el Reglamento de Colocación Primaria de los Bonos Soberanos, aprobado por Resolución Ministerial Nº 280-2001-EF/75; SE RESUELVE: Artículo 1º.- El primer tramo del Segundo Programa de Emisión de los Bonos Soberanos a que se refiere el Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 106-2001, será hasta por la suma de S/. 250 000 000,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo 2º.- El primer tramo que se autoriza en el Artículo 1º de la presente norma legal tendrá las siguientes características: Denominación :Bonos Soberanos Setiembre 2003. Plazo :2 años. Monto Total :Hasta S/. 250 000 000,00.